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«Un padre no es el que da la vida, eso sería demasiado fácil, un padre es el que da el amor»

Denis Lord

 

La Custodia Compartida no es premio ni es castigo para los padres y madres. ¡no sois los protagonistas de esta historia! Son los niños, los grandes olvidados en los procesos de separación y divorcio contenciosos.

Después de todas las barbaridades que vivimos junto a nuestros clientes tras las paredes de los Juzgados, este tipo de mensajes del Tribunal Supremo son un soplo de aire fresco para quienes luchamos, con la ley y el corazón, día a día por el interés de los niños.

Efectivamente existe un cambio notable a nivel social y jurisprudencial fundado en estudios psicológicos que aconsejan que la custodia compartida se considere como el sistema más razonable en interés del menor ( sentencias 390/2015, de 26 de junio, rec. 469/2014 y 758/2013, de 25 de noviembre, rec. 2637/2012). Esta, al menos, es la teoría.

Asimismo, el Alto Tribunal indica que para modificar las medidas paternofiliales, y valorar las nuevas necesidades de los hijos, no es necesario que exista un cambio «sustancial», pero sí cierto. Por lo tanto, un cambio de domicilio (a otro más cercano a la casa de la madre y del colegio) o un nuevo puesto laboral que permita al padre contar con mayor flexibilidad, podrían ser una ventana abierta para solicitar la custodia compartida de los retoños.

Sin embargo, la realidad de nuestro día a día como abogados de familia nos desvela una realidad muy diferente: acceder judicialmente a la custodia compartida continua siendo un camino no siempre carente de obstáculos y sinsabores. En ocasiones, una auténtica batalla campal en la que algunos no dudan en utilizar todas las artimañas y artificios que están a su alcance, a cualquier precio.

Imagino que cuando llegará el día en el que acceder a la custodia compartida no sea lo excepcional;  tampoco un motivo para escuchar llorar de emoción a tu cliente al otro lado del teléfono mientras te agradece que le has cambiado su vida. Ese ansiado día, habremos conseguido que de verdad la custodia compartida se considere el sistema más aconsejable para los niños.

Así el Tribunal Supremo se ha manifestado en su sentencia 554/2017, de 17 de octubre señalando que «la custodia compartida no es un premio ni un castigo a los progenitores sino el sistema normalmente más adecuado, y que se adopta siempre que sea el compatible con el interés del menor, sin que ello suponga, necesariamente, recompensa o reproche».

Más claro el agua, aquí los únicos que ganan o pierden son ellos: vuestros hijos.

DELIA MARÍA RODRÍGUEZ

Socia Directora