Hoy vamos a tratar un tema de mucha actualidad, sobre todo por los tiempos de crisis económica que venimos atravesando, los cuales empujan a muchas familias a la triste necesidad de acudir, en última instancia, a los tribunales para solicitar la reducción de la cuantía de la pensión de alimentos a favor de los hijos.

¿CÓMO PUEDO LLEVAR ACABO DICHO PROCEDIMIENTO DE MODIFICACIÓN DE MEDIDAS PATERNO-FILIALES?

Reducción de la cuantía de la pensión de alimentosLa reducción de la pensión de alimentos a favor de los hijos se solicita mediante el procedimiento de modificación de medidas, siendo preceptivo abogado y procurador. Se inicia con la interposición de la demanda del progenitor interesado ante el Juzgado que haya conocido del procedimiento principal.

¿QUÉ REQUISITOS SERÍAN NECESARIOS PARA SOLICITAR UNA REDUCCIÓN DE LA PENSIÓN DE ALIMENTOS?

 

            Los requisitos que tienen que darse para que la demanda sobre modificación de mediadas tenga éxito son:

  • Se tiene que producir un cambio sustancial en las condiciones personales y económicas del progenitor, por ejemplo, por quedarse desempleado o verse reducidos sustancialmente sus ingresos y recursos.
  • Es importante que dicho cambio no sea provocado por el progenitor, sino que se trate de situaciones sobrevenidas. Esta petición es totalmente legítima, ya que la pensión de alimentos tiene que ser proporcional a los ingresos de quien los da y de quien los recibe.
  • Que sea un cambio que el progenitor no pudiera prever y que se considera que le afecte de un modo permanente, no se refiere a una situación esporádica. Por ejemplo, un progenitor afectado por un ERE podría pedir una modificación de medidas para reducir la cuantía de la pensión de alimentos.
  • Tiene que referirse a hechos objetivos y que el progenitor ha de probar, no basta con alegarlos.

 

La aplicación de este tipo de medidas se entiende lo más apropiado, aplicando el juicio de proporcionalidad.

¿EN QUÉ CONSISTE ESTE JUICIO DE PROPORCIONALIDAD A LA HORA DE FIJAR O MODIFICAR LA PENSIÓN DE ALIMENTOS?

 

El Alto tribunal entiende que, ante una situación de dificultad económica o un cambio relevante en las circunstancias del progenitor, habrá que examinar el caso concreto adecuando la cuantía de alimentos al caudal o medios de quien los da y a las necesidades de quien las recibe.

Tal es así que, en la última sentencia acorde a este Servicio jurídico Vestaliatema, el Supremo rebaja la pensión de alimentos de un padre a su hijo por demostrar problemas económicos y porque a su vez el padre ha sido de nuevo padre de dos hijos. Cabe decir que la doctrina jurisprudencial en relación al nacimiento de nuevos hijos entiende que no supone causa por si sola para dar lugar a la modificación de las pensiones establecidas a favor de los hijos sino será preciso conocer si la capacidad patrimonial del alimentante es insuficiente para hacer frente a la obligación ya existente.

En definitiva, supone realizar un juicio comparativo entre las circunstancias que existían en el momento de la separación/divorcio y las que existen en el momento de la solicitud de la modificación de las medidas, adecuando la pensión a las nuevas circunstancias correspondiendo al solicitante probar los nuevos hechos que motivan su petición.