Sep 18, 2025 | Familia, General

¿Puedo elegir el nombre de mi hijo o hija libremente?

Elegir el nombre de hijo o hija - Vestalia Abogados

Conocer la próxima llegada al mundo de un hijo o hija es, sin lugar a duda, uno de los momentos más ilusionantes de cualquier persona. Pero también es cierto que, en más de una ocasión, esta ilusión se ha tornado pronto en quebradero de cabeza por tener que tomar la primera gran decisión relativa a su vida: ¿cómo se va a llamar?

Si allá por los 2 000, el conocido cantante de Coldplay, Chris Martin, y la que por entonces era su pareja, la actriz Gwyneth Paltrow, llamaron a su hija “Apple”, así es, “manzana”, recientemente, han sido los padres de una localidad de Córdoba, en Colombia, los que en honor a la IA han mostrado su deseo de llamar a su bebé “Chat Yipiti” ante la Registraduría Nacional del Estado Civil.

La cuestión que puede surgir al conocer casos como los que hemos citado es: ¿puedo elegir el nombre de mi hijo o hija libremente? ¿Qué límites existen en nuestro país a la hora de escoger el nombre de nuestros hijos? Pues hoy te lo vamos a contar en este nuevo post.

¿Qué dice la ley en relación a elegir el nombre de un hijo o hija?

La respuesta la encontramos en el artículo 51 de la Ley 20/2011 de 21 de julio, del Registro Civil, así como en el artículo 192 del Reglamento de la Ley del Registro Civil.

Si bien prima el principio de elección libre del nombre propio, quedará sujeto en todo caso a las siguientes limitaciones:

    • No podrán consignarse más de dos nombres simples o uno compuesto, y cuando se impongan dos nombres simples, estos se unirán por un guion y ambos se escribirán con mayúscula inicial.
    • No podrán imponerse nombres que sean contrarios a la dignidad de la persona, ni los que hagan confusa la identificación. A efectos de determinar si la identificación resulta confusa, no se otorgará relevancia a la correspondencia del nombre con el sexo o la identidad sexual de la persona. Con ello, sería posible llamarse “Daniel o Daniela”, pero no “Marto” como masculino de “Marta”. Sin embargo, sí que existen numerosas personas que, atendiendo a distinto género, ostentan el nombre de “Noa”
    • No podrá imponerse el nombre que ostente uno de sus hermanos o hermanas con idénticos apellidos, a no ser que hubiera fallecido. Tampoco sería posible llamar a los hermanos igual en diferente idioma, como puede ser “Catherine” y “Catalina” o “Natalia” y “Nathalie”.
    • Tampoco se podrá hacer uso de nombres propios que perjudiquen objetivamente a la persona por sí o que en combinación con los apellidos resultasen contrarios al decoro. Con ello, no sería posible inscribir el nombre de una niña como “Dolores Fuertes” o a un niño como “Satanás”.
    • Será posible la sustitución del nombre propio por su equivalente onomástico en cualquiera de las lenguas españolas, pero en el caso de no ser notorio, se deberá acreditar por los medios oportunos dicha equivalencia así como la correcta grafía del nombre. Sirva de ejemplo “Jorge” en castellano y “Jordi” en catalán.

Como ves, lo que dice la ley se basa en el sentido común y en algo por lo que abogamos desde Vestalia Abogados de Familia e Infancia: preservar en todo momento el derecho al honor y a la dignidad de los menores. Y, aunque parezca inverosímil, la elección de algo que parece sencillo como es el nombre puede conllevar consecuencias muy dolorosas para los hijos e hijas cuando estén en edades comprendidas entre la niñez y la adolescencia.

¿Es posible cambiarse el nombre elegido por los padres?

Sí. Cualquier persona mayor de edad o bajo su representación legal podrá hacerlo mediante un procedimiento registral donde el Encargado del Registro Civil autorizará dicho cambio previa declaración del interesado, que deberá probar el uso habitual del nuevo nombre, es decir, que sea de dominio público y recurrente frente a terceros,  siempre y cuando concurran las demás circunstancias exigidas en nuestra normativa.

Los motivos son diversos, pero es evidente que, en numerosos casos, una mala decisión por parte de los padres a la hora de elegir el nombre de su hijo o hija suele estar detrás.

 

No dudes en ponerte en contacto con nuestro equipo de abogados de Derecho de Familia en Madrid si tienes dudas relacionadas con este tema, ya sea la elección del nombre de tus hijos,  un cambio en el orden de los apellidos, así como cualquier cuestión que tenga que ver con la inscripción en el Registro Civil.

En Vestalia nos enorgullecemos de contar con un equipo jurídico que se define por principios profesionales de honestidad, alta especialización y vocación.

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