En muchas familias, las relaciones de un miembro de la pareja con sus suegros pueden ser complicadas. Si es tu caso y se planteara la situación, por ejemplo, de tener que vivir con tu suegra, es normal que te cuestiones, en primer lugar, si tienes la obligación legal de hacerlo. ¿Conoces la respuesta? No te pierdas este artículo en el que abordamos las principales cuestiones legales que podrían surgir relacionadas con la convivencia con el/la suegro/a.
Vivir con la suegra: qué dice la ley al respecto.
1.- Obligación de prestar alimentos, art. 143 CC
En España existe la obligación legal de prestar alimentos entre familiares, y en este precepto se contempla todo aquello imprescindible para atender las necesidades básicas (alimentación, habitación, vestido…). Por tanto, bajo este artículo también se contempla la obligación de acoger en tu casa a un familiar.
Entonces, sí existe una obligación legal y moral de prestarse asistencia entre parientes, pero se incluye solo a los familiares ascendientes/descendientes, por lo que este artículo no contempla a los suegros. Por ello, y ciñéndonos al artículo 143 del Código Civil, no tendrías una obligación legal de darle cobijo y tener que vivir con tu suegra. No obstante, tu pareja sí estaría obligado a prestarle alimento porque se trata de su madre.
Por otro lado, cabe destacar que esta obligación de prestar alimento requiere que exista una necesidad “para subsistir” por parte de quien lo solicita. Por ejemplo, podría ser una situación de dependencia o una necesidad económica. Y además quien los otorga debe tener capacidad para hacerse cargo de ello.
Por tanto, en relación con este artículo no se desprende que tengas una obligación legal de acoger a tu suegra en casa ya que no debes prestarle alimentos en virtud del art. 143 CC, pero en cuanto a tu cónyuge sí podría tener esa obligación.
2.- Deberes matrimoniales, art. 68 CC
En nuestro ordenamiento, también se concibe como uno de los deberes del matrimonio el contribuir a las responsabilidades domésticas y en especial “al cuidado y atención de ascendientes y descendientes y otras personas dependientes a cargo”.
Por tanto, de esto último se desprende que, como cónyuge sí tienes una obligación de contribuir al cuidado de los ascendientes de tu cónyuge, como deber en tu matrimonio.
Aunque debemos destacar que esto es una obligación de carácter moral y un deber para los cónyuges, pero la realidad es que no conlleva ninguna consecuencia jurídica sobre tu matrimonio si lo incumples.
Por ello, podría desprenderse también que no se recoge aquí una obligación legal de socorrer o dar habitación a tus suegros.
Conclusión: ¿estoy obligado a vivir con mi suegra?
La realidad es que en nuestro ordenamiento no se recoge ninguna previsión legal por la que pudieras verte forzado a aceptar la situación de vivir con tu suegra.
No obstante, cada caso es distinto. Nuestra recomendación es que, en primer lugar, hables con tu pareja ya que pasar a convivir con la madre de uno de los dos es una decisión delicada. Comunica a tu cónyuge tus preocupaciones, y recuerda que, desde el punto de vista legal, no estás obligado/a a aceptar una situación con la que no te encuentras cómodo/a.
En caso de que esta situación pueda dar lugar a un conflicto familiar, es importante asesorarte legalmente por un equipo especializado de abogados de derecho de familia en Madrid como el nuestro.
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