Violencia de género o violencia intrafamiliar: ¿cuál es la diferencia y qué ley aplica en cada caso?

Violencia de género - Vestalia Abogados

En los titulares de las noticias y en las conversaciones cotidianas escuchamos, en muchos casos, hablar de violencia de género y de violencia intrafamiliar de forma indistinta. Sin embargo, detrás de esas expresiones hay realidades legalmente diferentes que afectan de manera profunda a la vida de miles de personas. Distinguirlas no es solo una cuestión de terminología, sino un paso esencial para comprender la raíz del problema y cómo enfrentarlo. Por ello, hoy te ayudamos a aclarar estos conceptos y sus implicaciones jurídicas.

Diferencia clave entre violencia de género y violencia intrafamiliar

La violencia de género, tal y como recoge la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género, es la violencia que, como manifestación de la discriminación, la situación de desigualdad y las relaciones de poder de los hombres sobre las mujeres, se ejerce sobre estas por parte de quienes sean o hayan sido sus cónyuges o de quienes estén o hayan estado ligados a ellas por relaciones similares de afectividad, aún sin convivencia, tal y como reza el artículo 1 del texto legal de dicha ley.

Sin embargo, hablamos de violencia intrafamiliar o doméstica cuando esta es ejercida por uno o varios miembros de la familia sobre otro u otros miembros y mediante actos de violencia física o psicológica: descendientes, ascendientes o hermanos por naturaleza, adopción o afinidad, propios o del cónyuge o conviviente o sobre los menores o personas con discapacidad que con él convivan, o sobre persona amparada en cualquier otra relación por la que se encuentre integrada en el núcleo de su convivencia familiar, entre otros supuestos, como bien indica el artículo 173.2 del  Código Penal.

Con esta aclaración no podemos más que derribar aquellos muros de quienes, sorprendentemente, incluso hoy en día, siguen manifestando que la violencia de género no existe. Esto es así, puesto que el componente discriminatorio clave de la violencia de género nace por el simple hecho de ser mujeres.

Sin embargo, la violencia intrafamiliar nace de la existencia de un conflicto y la voluntad de hacerle daño a otro, ya sea de un padre a sus hijos, de unos hijos a sus abuelos, incluso entre hermanos o primos.

La primera tiene una ley específica para abordar los casos en los que se ejerce violencia contra las mujeres (LOVG), mientras que el segundo tipo de violencia se legisla a partir del código penal.

¿Cómo se ejercen estos tipos de violencia?

En Vestalia Abogados de Familia e Infancia, tras una holgada trayectoria profesional que avala nuestra experiencia en este campo, hemos podido comprobar a lo largo de los años los distintos tipos de violencia que existen cuando se dan en el ámbito del hogar / entorno familiar, entre los que se encuentran:

    • Violencia sexual
    • Violencia física
    • Violencia económica
    • Acoso
    • Violencia psicológica

 > Según los datos recogidos por el INE en el año 2024, el número de mujeres víctimas de violencia de género disminuyó un 5,2% hasta 34.684. La tasa de mujeres víctimas de violencia de género fue de 1,6 por cada 1.000 mujeres de 14 y más años.

 > Por otro lado, el número de víctimas de violencia doméstica o intrafamiliar también disminuyó un 2,9%.

El Observatorio estatal de Violencia Sobre la Mujer recaba datos oficiales desde el 1 de enero 2003 y, en este sentido, a fecha 10 de noviembre de 2025, recoge la estadística en relación a la violencia de género con resultado de muerte:

    • 331 víctimas mortales por violencia de género desde el 1 de enero de 2003 a manos de su pareja o exparejas.
    • 65 menores de edad víctimas mortales por violencia de género desde el 1 de enero de 2013 que son hijas e hijos víctimas mortales por violencia en pareja o expareja contra su madre.

 

No cabe duda de que absolutamente todo tipo de violencia que se ejerza frente a otro es igual de perseguible, pero se hará de diferente modo si se trata de un caso de violencia de género o de uno de violencia intrafamiliar. Por ello, al contar con un tratamiento diferente, así como con diversas particularidades a nivel procedimental, el acompañamiento de un despacho de abogados experto que elabore una estrategia clara para protegerte es crucial en estos casos.

En nuestra firma, contamos con un Departamento de Penal Familiar integrado por rigurosos profesionales, que estarán encantados de escucharte y ayudarte en este duro proceso, además de acompañarte con empatía y cercanía al tratarse de unas circunstancias especialmente graves y vulnerables. Cuenta con nuestro equipo de abogados expertos en violencia de género y de abogados especialistas en violencia intrafamiliar en Madrid.

En Vestalia nos enorgullecemos de contar con un equipo jurídico que se define por principios profesionales de honestidad, alta especialización y vocación.

Nuestros profesionales cuentan con una sólida formación y experiencia en derecho de familia, infancia y sucesiones, tanto a nivel nacional como internacional, lo que nos permite abordar cada caso familiar con eficacia, sensibilidad y soluciones personalizadas.

Podemos ayudarte y asesorarte desde el principio. Porque creemos que tener toda la información y sentirte acompañado por especialistas con muchos años de experiencia en casos como el tuyo, puede facilitarte mucho el proceso.

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