
En este post vamos a analizar si es fácil o no obtener el régimen de custodia compartida.
Desde el año 2013, el Tribunal Supremo considera esta modalidad de custodia el régimen normal y deseable para los hijos menores comunes de una pareja. Desde este momento, han sido innumerables las Sentencias que reiteran esta doctrina.
Ahora bien, ¿en qué consiste concretamente el régimen de custodia compartida?
¿Qué es el régimen de custodia compartida?
Esta modalidad se caracteriza porque los progenitores ejercen de manera conjunta y en igualdad de condiciones tanto la patria potestad de sus hijos, como la guarda y custodia. Esto se traduce en que ambos pasan tiempos equivalentes con los hijos en común y que las decisiones tanto trascendentales como del día a día las toman entre ambos por igual.
Al respecto de la organización, se establece un régimen de estancias, que generalmente se fija por semanas alternas de lunes a lunes, o de viernes a viernes, pero que puede ser adaptado al modelo familiar concreto y a las edades de los niños.
En edades muy tempranas, es habitual el establecimiento de una visita del otro progenitor entre semana, con o sin pernocta, y en edades más cercanas a la mayoría de edad, estas estancias semanales pueden alargarse hasta quincenalmente.
En el ámbito económico, esto se traduce en que ambos progenitores contribuyen en su periodo de custodia a los gastos de los hijos en común, de manera que no es obligatorio el establecimiento de una pensión de alimentos.
Sin embargo, esto no significa que por defecto no haya pensión de alimentos en la custodia compartida, pues si existe desequilibrio económico entre las partes es posible que se establezca.
Otro modo de contribuir equitativamente a los gastos de los hijos en común es el establecimiento de un porcentaje más alto a la hora de abonar ciertos gastos como los educativos, o los extraordinarios.
En relación a la vivienda familiar, la norma general es que en custodia compartida no se atribuya el uso y disfrute a ninguno de los progenitores, liberando la misma para su venta. Sin embargo, al igual que ocurre con la pensión de alimentos, si existe desequilibrio entre las partes o uno de los progenitores está más necesitado de protección, se podrá acordar un uso y disfrute temporal a favor de dicho progenitor.
¿Es fácil conseguir la custodia compartida de tus hijos?
Esta es una respuesta que no podemos darte, pues dependerá de las condiciones concretas de cada familia, y el cumplimiento de los requisitos que exige el Tribunal Supremo para su establecimiento, los cuales te explicamos en el siguiente enlace.
Si todavía no tienes claro qué régimen de custodia es el adecuado para tu familia o si cumples los requisitos para el establecimiento de la custodia compartida, puedes concertar una cita con nuestras abogadas especialistas en derecho de familia, que te asesorarán sobre tu contexto familiar concreto.

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