Uno de los temas más habituales que llegan a nuestro despacho es el de cómo reclamar las pensiones de alimentos impagadas, total o parcialmente, por parte del progenitor no custodio.
Y de forma aún más frecuente, la reclamación de gastos extraordinarios no sufragados al 50% por ambos progenitores.
Hoy vamos a abordar el primero de ellos:
El impago de la pensión de alimentos.
¿A TRAVÉS DE QUÉ PROCESO PUEDO RECLAMAR LAS PENSIONES DE ALIMENTOS IMPAGADAS POR EL OTRO PROGENITOR?
Si el progenitor no custodio no cumple sus obligaciones de pago de la pensiones de alimentos, total o parcialmente, el otro progenitor podrá reclamar las cantidades no abonadas, más los intereses devengados.
Ello se hará mediante abogado y procurador a través de un procedimiento de ejecución forzosa de la Sentencia por impago de pensiones de alimentos.
El plazo son 5 años desde que se produjo el impago de la pensión de alimentos.
¿QUÉ DOCUMENTOS TENGO QUE APORTAR A MI ABOGADO DE FAMILIA PARA RECLAMAR LAS PENSIONES DE ALIMENTOS IMPAGADAS?
Para acreditar nuestra postura aportaremos la sentencia que pretendemos ejecutar, dónde se contienen las medidas paterno-filiales que están siendo incumplidas, en este caso el impago de la pensión de alimentos por parte del progenitor no custodio.
Certificado del banco con los movimientos
También debemos adjuntar un certificado del banco con nuestros movimientos bancarios para justificar que el otro progenitor no ha abonado la cuantía estipulada como pensión de alimentos, total o parcialmente, señalando en el documento los meses en los que no ha habido aportación.
Transferencias bancarias o recibí
Por este motivo es muy importante que las pensiones de alimentos, así como cualquier otro gasto de los menores, se abone mediante transferencia bancaria o, si es en efectivo, se solicite un recibí al otro progenitor del pago de estos conceptos.
Cuadro documental de impagos
Asimismo, facilitaremos al Juez en nuestra demanda un cuadro donde expondremos año por año, mes por mes, los impagos de la pensión de alimentos (con sus actualizaciones de IPC), y los intereses devengados, siendo calculado esto por el abogado de familia.
¿SI EL OTRO PROGENITOR NO TIENE INGRESOS, SE LE PUEDE EXIGIR EL PAGO DE LAS PENSIONES DE ALIMENTOS?
La sentencia de medidas definitivas, o el auto de medidas provisionales, son títulos ejecutivos.
Por más que el progenitor obligado al pago de la pensión de alimentos no tenga ingresos, por haber quedado desempleado, por ejemplo, la deuda seguirá acumulándose.
En este caso, el progenitor no custodio deberá interponer una modificación de las medidas alegando esta nueva situación de precariedad económica y solicitar una rebaja de la pensión.
¿CUÁNDO ES DELITO NO ABONAR LAS PENSIONES DE ALIMENTOS DE LOS HIJOS?
El artículo 227 de nuestro Código Penal dice que:
” El que dejare de pagar durante dos meses consecutivos o cuatro meses no consecutivos cualquier tipo de prestación económica en favor de su cónyuge o sus hijos, establecida en convenio judicialmente aprobado o resolución judicial en los supuestos de separación legal, divorcio, declaración de nulidad del matrimonio, proceso de filiación, o proceso de alimentos a favor de sus hijos, será castigado con la PENA de PRISIÓN DE TRES MESES a UN AÑO o MULTA de 6 a 24 meses“.
No obstante, el impago de las pensiones de alimentos únicamente constituirá delito si existe una voluntad de impago, es decir, que el progenitor no abone la pensión de alimentos teniendo posibilidades de hacerlo. Por ello, en caso de pasar a peor fortuna, es importante ser rápido y presentar, como decíamos, la correspondiente modificación de medidas para solicitar la rebaja de la pensión de alimentos.
Por último, señalar que, como es natural y lógico, el cuidado de nuestros menores es lo más importante y que únicamente se rebajará la pensión de alimentos cuando exista un cambio sustancial acreditado y, en todo caso, se podría llegar a suspender la obligación de pago de la pensión de alimentos únicamente en casos de extrema precariedad por parte del progenitor no custodio.
¿CUÁNDO PODRÉ COBRAR TRAS RECLAMAR LAS PENSIONES DE ALIMENTOS IMPAGADAS?
No podemos darte un periodo concreto. Para hacerte una idea deberás conocer el proceso que sigue tras reclamar las pensiones de alimentos impagadas.
El proceso después de la reclamación
Tras la interposición de la demanda, el/la Juez dictará Auto Despachando Ejecución por la cantidad reclamada y se notificará al demandado quien tendrá que contestar a la misma, oponiéndose alegando los motivos tasados por la ley, los cuales son bastante restrictivos.
El Ministerio Fiscal también emitirá informe al respecto. Tras la posible oposición del demandado, se interpondrá la pertinente impugnación a su oposición, rebatiendo sus argumentos.
En estos procesos no suele celebrarse juicio, salvo que una de las partes lo solicite o Su Señoría estime pertinente la vista para aclarar algunos extremos.
Una vez pasado este trámite, el/la Juez valorará ambas posturas y resolverá lo que estime conveniente, pudiéndose recurrir su resolución ante la Audiencia Provincial competente.
En caso de resolver estimando la pretensión formulada, el obligado al pago tendrá que abonar la cuantía reclamada; en caso de no hacerlo voluntariamente, se procederá al embargo de su nómina y, en su caso, de sus bienes.
Casos en donde el deudor es «insolvente»
El principal problema que nos encontramos en estos casos se da cuando el progenitor deudor es «aparentemente» insolvente, bien porque percibe ingresos en «B», bien porque sus bienes están a nombre de terceros.
En este caso, habrá que estar muy pendiente de actualizar la averiguación patrimonial cada cierto tiempo, así como de descubrir y denunciar posibles alzamientos de bienes (ocultar bienes para evitar pagar a los acreedores), lo cual constituye un delito en nuestro sistema jurídico.
SOLUCIONES EXTRAJUDICIALES ANTE UN IMPAGO DE PENSIONES DE ALIMENTOS
Cualquier procedimiento judicial es largo y costoso. Por ello nuestro equipo siempre intenta encontrar soluciones extrajudiciales que permitan mayor celeridad y satisfacción a nuestros clientes.
En muchas ocasiones, el progenitor no custodio no abona las pensiones de alimentos porque simplemente no puede, por haber quedado desempleado o haber fracasado su negocio, estando realmente en la ruina.
En casos de impago de pensiones de alimentos resulta útil, siempre que la otra parte colabore, pactar un acuerdo de reconocimiento y devolución de deuda mediante el cual ambos progenitores establecen condiciones de pago de las pensiones de alimentos atrasadas.
Esperamos que este artículo haya sido de vuestro interés y nos ponemos a vuestra disposición para resolver cualquier duda sobre como reclamar las pensiones de alimentos impagadas. Si prefieres leer más sobre este tipo de pensión escribimos hace tiempo algunas curiosidades sobre la pensión de alimentos en este blog.
No te preocupes si no eres de Madrid, también atendemos en otras provincias.
Delia Rodríguez Rodríguez
Socia Directora Vestalia Asociados
Abogada de Familia
Buenos días redactamos convenio 25/11/16 y a partir de ese día mi ex se fue de casa y la sentencia salió 02/05/17 ingresando primera manutención el 01/06/17, quisiera saber cuantas manutenciónes me debe mi ex así como cuantos meses puedo reclamarle el 50% de guardería, a partir del 01/06/17 hasta la fecha ha cumplido con todos los pagos.
Espero su respuesta, gracias
Hola Lorena, podrás reclamar desde la firma del convenio regulador, aunque hay tendencias jurisprudenciales que indicarían que desde que la sentencia se notifica. La guardería dependerá de si está incluida, o no, en la pensión de alimentos (por lo general sí está incluida, salvo que se diga otra cosa expresamente). Te recomendamos solicitar una consulta legal previa.
Saludos
Buenos días. Les presento un caso un poco complicado, pero voy a ser breve. El padre de mi hijo huyó de España y dejarme plantada con una serie de documentacion sin resolver. Es decir mi hijo ha estado sin SS, certificado de nacimiento..dni..etc. Se celebró un juicio aquí en España con lo cual me concedieron la custodia y patria potestad, el no ha estado en el juicio, ya no estaba en España. Mientras estando fuera cobro el paro de aquí durante 2 años y jamás pago la mensualidad de su hijo, es más ya pasaron 10 años. Y a mi su huida me supuso un problema en resolver toda la documentacion de mi hijo…os digo seriamente años y mucho dinero a través de consulado. Me gustaría saber cómo y donde debo presentar una denuncia por incumplimientos de ese hombre. Se podría pagar los 10 años de atras? Muchas gracias d antemano.
Estimada Andrea
Podrías reclamar los últimos 5 años únicamente desde el dictado de la sentencia. Para mayor información, solicita una consulta con nuestro equipo. Un afectuoso saludo
¿Cuando prescribe el plazo para reclamar el impago de pensión de alimentos, desde la fecha de la sentencia o desde que se produjo el impago de la pensión?
La fecha de la sentencia es del 24/02/2015 y notificada el 26/02/2015
Y el plazo para reclamar los gastos extraordinarios?
Gracias de antemano y saludos
Estimada María José
Como ya te indicamos por tlf. el plazo de 5 años comienza a contar desde la fecha del impago.
Saludos,
Mi ex tiene una orden de alejamiento hacia mi, lleva 1 año sin ver ni llamar a nuestro hijo, y desde q nos separamos en abril del 2018 sin pasarme ni un solo euro de pension. En mayo del.2019 me demanda por guardia y custodia, no pide medidas provisionales y el juicio aún no se ha hecho por lo tanto no hay sentencia, mi pregunta es… me tendrá q abonar los atrasos desde que el interpone la dencuncia por guardia y custodia? O no existe esa posibilidad?
Gracias
Hola Cristina
Sí, pero tu abogado deberá pedirlo expresamente. Si necesitas una consulta más extensa puedes solicitarla en info@vestaliaasociados.es
Un cordial saludo
El padre de mi hijo no ha pasado en 6 años la pensión, dice por k no ha tenido trabajo, pero hace dos semanas le puse otra denuncia por impago de pensión ya que a día de hoy está trabajando asegurado. (Teniendo sentencia firme de todo un proceso de muchos meses). Mi pregunta es, estamos citados por separado yo para ratificar mi denuncia y una semana más tarde el (está citado). Que pasa después de k el juez escuché a las dos partes? Tendrá que pagar todo lo adeudado del tirón, o pagará todos los meses una cantidad? Puede ir a prision?
Hola INmaculada,
Entendemos que tienes abogado y él/ella será quien mejor pueda asesorarte ya que conoce el proceso. Podemos indicarte que si se corrobora que hay delito (es decir, que pudiendo pagar, no lo hace), puede conllevar pena de prisión.
La reclamación de la cantidad adeudada podrá serle embargada de sus cuentas o retribuciones. Un cordial saludo
Hola Inmaculada,
Lo mejor es que el abogado que te lleva el caso te asesore, ya que nosotros no tenemos suficientes datos. Si has denunciado por un delito de impago de pensiones, sí podría ir a la cárcel. La cuantía a reclamar podrá ser embargada a plazos si no paga. Te animamos a solicitar una consulta si deseas una segunda opinión. Saludos cordiales,
Hola buenas tardes el padre de mi hija me debe 2 meses no consecutivos del año 2018 y el ipc de hace 5 años que en el ultimo jucio se quedo en una cantidad,el me paso durante 1 año pero luego ya no me pago. El es militar activo( soldado) . Al no ser consecutivos no puedo reclamar esa manutención.
Estimada Patricia,
Hay que reclamar vía civil con abogado y procurador. Si estás interesada puedes solicitar cita con nuestro equipo. Saludos,
Acavero07@gmail.com
les cuento que mi hija tuvo una relacion de la cual nacio mi nieto al padre tubimos que demandarlo por abandono de hogar y posteriormente por alimentos el juez dictamino que pagara 300.00.mensuales los cuales pagaba haciendo un monton de trampas y el pago era completamente irregular hasta que dejo de pagar esto fue cuando mi niño tenia entre 10 O 12 años no mrecuerdo hoy mi niño tiene 21 años la pregunta es se puede hacer algo para que este miserable cumpla con su pago ha mi hijo esta en el extranjero con mucho sacrificio su mama y la familia materna lo enviamos para que estudie el se encuentra con su madre.
Estimado Alejandro,
Para poder ayudarte deberás solicitar una primera consulta legal vía email o telefonicamente.
Cordiales saludos,
Buenos días; esta faltando al pago de la manuntención de este mes de Agosto, la pension alimenticia es de 350 €, y el padre me dice que no va a pagarlos porque este mes el niño no tiene guardería con lo cuál no va abonar la pensión alimenticia, dicho sea los 350 € en sentencia son unica y exclusivamente de alimentos, no se especifica nada de guardería.. si yo dejase de trabajar y lo sacase de la guarderia que pretenderia dejar de abonar la pension por esta razon.. es de locos.. necesito saber si puedo denunciar ante la policia la falta de pago de un solo mes.. porque ya me dice que solo va a faltar a este pago por esa cuestión.
Hola mi expareja nos debe 12.000€ de atrasos de manutención por años atrás k dejo de pagarla . Una vez conseguido que le empezarían a embargar a dejado de trabajar.
Estimada Adriana,
Puedes solicitar las pensiones atrasadas únicamente de los últimos cinco años, y necesitarás abogado y procurador.
Si estás interesada puedes solicitar una consulta con nuestro equipo.
Un cordial saludo,
Tengo un hermano q ahora es mayor de edad pero cuando mis padres se divorciaron el tenia 17 y hasta los 27 no trabajo mi padre nunca le pasó nada mi pregunta es q si se puede reclamar estás mantenciones atrasadas
Gracias
Estimada Verónica,
Te contestamos por correo. Si nunca se acordaron pensiones de alimentos judicialmente, no podéis reclamar nada. Si sí se acordaron, podríais reclamar los últimos cinco años.
Saludos cordiales,
Tengo un hijo de 7 años ,hace 5 años y medio me fui a mi país Ecuador ,trabajé en lo que pude lavando coches apenas me alcanzaba para medio subsistir. ,me fui teniendo mala relación con la madre de mi hijo ( no somos casados) al darme cuenta que ahí no podía enviar dinero a mi hijo y que con la madre de mi hijo se mantenía la mala relación y por ende no me dejaba tener ningún contacto con mi hijo,, empecé a guardar dinero como podía para pagarme el billete de regreso la cual me ha llevado mucho tiempo en vista del trabajo que tenía,, ahora quiero verlo e intentar conseguir trabajo y hacerme cargo de él con custodia compartida,dígame que debo hacer ….gracias
Estimado Santiago,
Te enviamos un email. Un cordial saludo,
Que hacer si has pagado ya a un abogado para reclamar una ejecucion por impago de alimentos y este hace caso omiso a llamadas y mensajes, me deben tres mensualidades de manutencion y los atrasos por subidas del ipc, mas gastos extraordinarios, puedo yo hacer algo por mi cuenta pues ya no dispongo de mas dinero para contratar a otro abogado,gracias un saludo
Estimada Elena,
Si has contratado un abogado éste tiene la obligación de informarte, siempre puedes acudir al colegio de abogados de tu zona y poner en conocimiento de ellos esta situación. No puedes reclamar sin abogado, quizá puedas tener derecho a la justicia gratuita dependiendo de tus ingresos.
Saludos,
Buenos días mi nombre es Ana María y quisiera saber que quiere decir con soluciones extrajudiciales al ser el proceso largo y costoso ya que en mi caso el padre se declara insolvente aunque se sabe que trabaja parte en dinero B.Gracias y un saludo
Estimada Ana,
En estos casos lo mejor es invertir en un detective privado para acreditar las ganancias en dinero ‘B’. Si necesitas una consulta más exhaustiva pudes solicitarla en info@vestaliaasociados.es
Saludos cordiales
Quisiera orientación sobre el pago de una pensión alimenticia
Estimada Diana,
Te hemos enviado un correo electrónico. Saludos cordiales,