Son habituales las consultas que llegan al despacho sobre el uso del domicilio familiar cuando los hijos son mayores de edad.
Existen dos tipos de situaciones
- Cuando se adjudicó su uso cuando los niños eran todavía menores
- En el momento cuando los progenitores se separan o divorcian siendo éstos mayores de edad, pero dependientes económicamente.
El artículo 39.3 de nuestra Constitución Española impone a los padres el deber de prestar asistencia de todo orden a los hijos habidos dentro o fuera del matrimonio, durante su minoría de edad y en los demás casos en que legalmente proceda.
Asimismo, el párrafo 1º del artículo 96 del Código Civil (CC) atribuye el uso de la vivienda familiar a los hijos menores de edad, y, de manera refleja o derivada, al progenitor en cuya compañía queden.
ENTONCES, ¿QUÉ OCURRE CON EL DOMICILIO FAMILIAR CUANDO LOS HIJOS SON MAYORES DE EDAD?
Al alcanzar la mayoría de edad el tratamiento legal que se da a unos hijos y a otros, es claramente diferente. A diferencia de lo que ocurre con los hijos menores, la pensión de alimentos a favor de los mayores comprende el derecho de habitación, y ha de fijarse conforme a lo dispuesto en los artículos 142 y siguientes del CC que regulan los alimentos entre parientes.
La pensión de alimentos a hijos mayores de edad admite su satisfacción de dos maneras distintas: bien incluyendo a la hora de cuantificarla la cantidad indispensable para habitación o bien, recibiendo y manteniendo en su propia casa al que tiene derecho a ellos.
La Sentencia del Tribunal Supremo de 5 de septiembre de 2011
Ésta fija como doctrina jurisprudencial:
“que la atribución del uso de la vivienda familiar en el caso de existir hijos mayores de edad ha de hacerse a tenor del párrafo 3º del art. 96 del Código Civil que permite adjudicarlo por el tiempo que prudencialmente se fije a favor del cónyuge, cuando las circunstancias lo hicieren aconsejable y su interés fuera el más necesitado de protección”.
En definitiva, ningún hijo mayor de edad tiene derecho a obtener parte de la pensión de alimentos que precise mediante la atribución del uso de la vivienda familiar con exclusión del progenitor con el que no haya elegido convivir.
¿Qué significa esto?
En dicha tesitura, la atribución del uso de la vivienda familiar ha de hacerse al margen de lo dicho sobre la pensión de alimentos que reciba el hijo o los hijos mayores y, por tanto, única y exclusivamente valorando qué progenitor es el interés más necesitado de protección, si es que lo hubiese.
El uso de la vivienda familiar con hijos mayores de edad es independiente de la pensión de alimentos
Aspecto distinto es la obligación de ambos progenitores de abonar una pensión de alimentos a favor de los hijos mayores de edad y/o sufragar sus estudios académicos para continuar apoyándoles hasta que terminen su formación y sean económicamente independientes.
El Tribunal Supremo lo que hace es equiparar las situaciones de hijos mayores de edad a las de “no tener hijos“.
Acordando que en estos casos, la atribución del uso de la vivienda se concederá a quien tenga un interés más necesitado de protección pero durante el tiempo que prudencialmente se fije. (Sentencia del Tribunal Supremo de 21 de diciembre de 2016. Recurso nº 151/2016).
EN CONCLUSIÓN:
- Si estás en un proceso de divorcio o separación, y existen hijos mayores de edad, se podrá llegar a atribuir el domicilio familiar al progenitor que represente el interés más necesitado de protección, atendiendo a sus circunstancias personales y económicas, y por tiempo limitado dependiendo del caso concreto.
- Un segundo escenario sería que los hijos menores alcanzasen la mayoría de edad con posterioridad a establecerse las primeras medidas paterno-filiales definitivas (contenidas en el convenio regulador o la sentencia). En este caso, el progenitor no custodio podrá solicitar mediante un procedimiento de modificación de medidas la extinción del derecho de uso del domicilio familiar, ello atendiendo al cambio de las circunstancias al alcanzar los hijos la mayoría de edad.
Ponte en contacto con nosotros si necesitas unos abogados derecho de familia en Madrid.
Delia Rodríguez Rodríguez
Socia Directora Vestalia Asociados
Abogada de Familia
Buenas tardes Vastalia mi caso estoy divorciado y tengo una hija acaba de cumplir 18 . A parte tengo un bebe de 1 año y otra de 4 años . Mi ex tiene el uso de la vivienda . Tengo derecho a reclamar mi piso privativo? Esta a mi nombre solo lo compre antes del matrimonio . Otra cosa mi ex ha empadronado a su madre y su hermano para regularizar sus papeles . Tiene derecho ?
Estimado Isma,
Respecto de tu primera pregunta, en relación a la posibilidad de vender el piso, deberemos estar a lo acordado en el Convenio Regulador o en la sentencia donde se fijan las paternofiliales en cuanto a la extinción del derecho de uso de la vivienda familiar. Si no hay nada establecido respecto de la extinción del derecho de uso deberás solicitar que se extinga el mismo por haber alcanzado tu hija la mayoría de edad a través de un procedimiento de modificación de medidas.
Respecto de tu segunda pregunta, necesitaríamos tener más información respecto de las circunstancias concretas para darte una respuesta conforme a derecho.
De este modo, nuestro equipo jurídico queda a tu disposición para agendar una primera consulta y poder analizar de manera personalizada tu situación particular y darte una respuesta que se ajuste a tus circunstancias concretas.
Un saludo.
Buenas tardes, mi hijo es mayor de edad, tiene 22 años y vive en otra ciudad a 60 kilometros , porque está estudiando en la universidad pública psicología.
Este es el tercer año, yo le doy la pensión qué me paga su padre y este hasta ahora nunca me ha ayudado a sus estudios.
Tendría la obligación de ayudarme a pagarle el alojamiento?
Gracias
Estimada Rocío,
Antes de poder darte una respuesta deberíamos analizar el Convenio Regulador o Sentencia donde se estipulen las medidas paternofiliales y la contribución a los gastos de educación.
Habitualmente, ante este tipo de situaciones, con anterioridad al traslado efectivo del hijo en común, las partes acuerdan modificar la pensión de alimentos o, en su caso, suspenderla acordando un porcentaje para el pago de los gastos de manutención y traslados.
De este modo, nuestro equipo jurídico queda a tu disposición para agendar una primera consulta en la que ofrecerte un diagnóstico jurídico que se corresponda con tu caso particular.
Hola, necesito ayuda: mi pareja y yo llevamos 15 años separados legalmente y con una hija que en 6 meses será mayor de edad. La parte de la casa que me correspondia se lo di a mi hija a cambio de ella quedarsela. Y asi lo hicimos. Mi hija no estudia, no trabaja, es una nini. Y no quiero que se quede a vivir conmigo cuando cumpla 18 años ( la niña se quiere venir conmigo cuando sea mayor de edad).
Puedo negarme a que se venga a vivir conmigo? Tengo que seguir pagando la manutencion integra ( decir que he vuelto a ser padre hace unos meses y ando muuy justo de dinero) ? Espero que me ayudeis o me informeis. Gracias
Estimado Andrea,
Existe la obligación de alimentos entre parientes, ya sea acogiéndolos en tu propio domicilio o abonando una pensión de alimentos.
Si bien es un caso complejo, es por ello por lo que te recomendamos concertar una cita con nuestro equipo jurídico especializado donde podrán asesorarte con total claridad.
Saludos.
Tras la separación de una pareja de hecho teníamos una segunda resistencia comprada al 50% tras la separación el se ha ido a vivir a casa de sus padres, yo tenia mi casa donde vivo y el préndete irse a vivir a esta última vivienda dice que tiene derecho puedo impedírselo ?
Gracias
Estimada Carmen,
Te recomendamos liquidar el bien, pues commo copropietario puede hacer uso de un inmueble de su propiedad.
Un saludo
Holaaaa, me acabo de enterar que mi ex, ha empadronado a nuestro hijo en su casa sin mi permiso, el niño tiene 18 años y vive con la abuela, la custodia la tengo yo, y ahora me entero que me quiere denunciar, y hacerme de pagarla a ella 240€ y todos los atrasos desde el mes de enero que fue cuando el niño se fue con los abuelos, es legal empadronarte en otra cas sin mi consentimiento?? Y encima no vive con ella, ella dijo de pasarme la manuntencion en cuanto hizo los 18
Estimada Marta,
El caso que nos comentas es complejo y necesitaríamos estudiarlo con más detalle. Si bien, respondiéndote a tú pregunta sobre la legalidad del empadronamiento, este si es posible, ya que tú hijo tiene la capacidad legal para empadronarse por sí mismo donde crea conveniente.
Quedamos a tu disposición para agendar una primera consulta en la que poder valorar la situación que nos comentas y ofrecerte un diagnóstico jurídico personalizado.
Un saludo.
Buenas,tengo dos hijas menores que en un par de años serán mayores de edad,me gustaría saber si la vivienda donde viven ellas y su madre(no estábamos casados) al ser mayor de edad podría solicitar que pasara a mi,ya que esa vivienda es de mi propiedad.
gracias, espero respuesta.
Estimado Ignacio,
Antes de poder darte una respuesta deberíamos analizar el Convenio Regulador o Sentencia donde se estipulen las medidas paternofiliales donde se atribuye el uso de la vivienda familiar.
Si en estos documentos nada se dice sobre la extinción del uso del domicilio familiar, deberás instar su extinción por el cumplimiento de la mayoría de edad de tus hijas a través de un procedimiento de modificación de medidas.
En todo caso, para darte una respuesta acorde a tu caso concreto necesitaríamos más datos, es por ello, que nuestro equipo jurídico se queda a tu disposición para agendar una primera consulta y así poder otorgarte una respuesta acorde a derecho.
Un saludo.
Soy divorciada hace 11años tengo a mi hijo de 19 años discapacitado viviendo conmigo en la casa familiar y que aún estoy pagando una hipoteca a medias con mi ex.
Tengo pareja y solo viene a casa los fines de semana y mi ex me amenaza con tomar medidas.
Se considera fines de semana convivir conmigo o no?. Gracias.
Estimada Consuelo,
La convivencia se entiende como el uso de la vivienda por ambos de manera continuada. En el caso que nos planteas solo sería fines de semana, sin embargo, numerosas sentencias estiman que se perdería el concepto de vivienda familiar.
Debido a los matices que puede adquirir esta situación, te recomendamos concertar una primera reunión con nuestro equipo jurídico que te podrá ayudar a solventar esta cuestión.
Buenas tardes, soy mayor de edad y vivo con mi madre. Mi padre me reclama mi dirección actual. Me puedo negar a dársela. Gracias
Estimada Nuria,
En la mayoría de las circunstancias, al ser mayor de edad no tienes la obligación legal de informar a tus padres sobre tú lugar de residencia o proporcionarles esta información si no desea hacerlo.
Sin embargo, hay que tener en cuenta otros factores relacionados con tú situación específica, siendo necesario conocerlos para poder ofrecerte una respuesta adecuada a tú situación.
Nuestro equipo jurídico queda a tú disposición para agendar una primera consulta donde poder ofrecerte un diagnóstico jurídico personalizado y completo.
Un saludo.
Hola, le comentó me divorcio hace poco tenemos la custodia compartida cada, 15 días va uno a la casa de los dos y esta con los hijos que tienen 18 y 23 años uno aún estudia y no tienen ingresos el se quería quedar con la casa, y darme a mi mi parte pero ahora dice que no puede, los niños no se quieren mover yo ahora tengo otra pareja y conoce a mis hijos pero no puede entrar en casa porque en el Convenio se dijo que no entraría mis ninguna pareja cosa de el, yo no puedo alquilar nada por 15 días ganó 1.200 al mes y pagamos a medias los gastos de la casa y los niños, me dice que, si vendemos la casa, donde se Irán los niños yono tengo otra casa y el no le interesa porque esta en casa de la madre que luego será para el y hay tampoco caben los niños, aparte los niños necesitan mucho de mi cada, día me llaman pidiéndome cosas yo soy la que hace más cosas allí cuando llegó el me dice que me, alquile algo con mi nueva pareja y que la casa quedé para los hijos, pero así se quedaría el allí, puedo pedirle que me deje estar allí con mi pareja hasta que los niños se independicen y yo pagar los gastos, no creo que quiera pero no se que hacer así no puedo tener yo una relación de pareja puedo cambiar la custodia? Que sea solo para mi, aconsejarme, gracias
Estimada Carmen,
De acuerdo con lo que nos comentas, indicarte que necesitaríamos conocer el contenido del Convenio Regulador que firmasteis a fin de poder analizarlo, así como vuestro contexto familiar actual, para darte una respuesta fundada en derecho.
Nuestro equipo jurídico queda a tu disposición.
Un saludo.
Buenas tardes, estoy en proceso de divorcio, tengo una hija de 22 años estudiando 1o.de carrera y una de 17 años, en Julio 2023, cumplira 18. Mi marido tiene una casa que es donde hemos vivido siempre es grande y hemos estado comodos, 3 habitaciones, dos baños, etc… y yo tengo un apartamento pequeño 1 baño y 2hab. simples, en la misma ciudad. Mi pregunta es, si mis hijas pueden seguir viviendo en donde han vivido siempre, en casa de el padre, durante cuanto tiempo, porque paso pena de que puedan tardar en encontrar trabajo despues de acabar los edtudios y no quisiera se quedaran donde ir. Tambien preguntar, si mis hijas se quedan con el, si yo tendre que pasarle pension alimenticia por ambas, que entiendo que si. Tambien decir, si esto lo decide el Juez o es de mutuo acuerdo. Muchas gracias.
Estimada Cati,
De acuerdo con lo que nos comentas, necesitaríamos conocer tu contexto familiar concreto, además de en qué punto se encuentra el procedimiento de divorcio y cuáles son las actuaciones que se han llevado a cabo hasta el momento para poder ofrecerte un diagnóstico adecuado a tu situación.
Nuestro equipo jurídico queda a tu disposición para agendar una primera consulta.
Un saludo.
Hola, mi consulta es:
Mi ex mujer actualmente vive en el piso donde convivíamos. Tengo 2 hijos, uno vive con su pareja y otro con 22 años, estudiando fuera de Valencia en piso de alquiler, y cuando viene en vacaciones va a un piso vacio que tiene un amigo suyo. Actualmente estoy en paro, he querido hablar con mi ex mujer sobre el tema de vender el piso, ya que puedo tener problemas de pagar el alquiler del piso donde actualmente vivo. Podemos vender el piso?
Muchas gracias
Estimado Jose,
Antes de dar una respuesta a tu consulta deberíamos consultar lo estipulado en el Convenio Regulador o Sentencia donde se estipularon las medidas paternofiliales.
Nuestro equipo se pone en contacto contigo.
Hola buenos días, estoy divorciado desde el año 2018, y por entonces uno de los hijos era menor de edad, ahora ya ha cumplido los 18 años, mi consulta es si se puede vender el piso, aunque el niño no es independiente económicamente, gracias
Estimado Miguel Ángel,
Deberemos estar a lo acordado en el Convenio Regulador o en la sentencia de divorcio en cuanto a la extinción del derecho de uso de la vivienda familiar. En caso de que no se establezca nada al respecto, deberás solicitar la extinción del derecho de uso del domicilio familiar por haber alcanzado tu hijo la mayoría de edad en un procedimiento de modificación de medidas.
Un saludo.
Hola mis padres se separaron hace 4 años i mi padre se quedó con el piso en el que vive con 2 hermanos mío una menor de edad i otro mayor de edad la cosa es que ni Ami ni mi a otro hermano nos deja entrar mi madre dice que eso no tiene por qué ser así ya que el piso también es de ella i paga la mitad de la hipoteca pero él fue quien se quedó en casa por qué mi hermana es menor eso lo puede hacer? No dejarnos entrar a la casa familiar cuando también es de nuestra madre? Gracias
Estimada Sheila,
El caso que nos comentas es complejo y necesitaríamos analizar el convenio regulador o sentencia en el que se determinaron las medidas paternofiliales en relación con el menor para poder ofreceros una respuesta ajustada a derecho.
Podéis poneros en contacto con nuestro equipo jurídico para agendar una primera reunión.
Quedamos a vuestra disposición. Un saludo.
Hola, tengo 63 años vivo en una vivienda de alquiler social con derecho a compra y subrogada cuando me divorcie.
El tema es que mi hijo mayor se fue ya pero el pequeño que tiene 39 sigue aún en mi casa y con trabajo le digo que se vaya y dice que no, pero además se trae a la novia todos los fines de semana que en ocasiones se alargan, además ella es mayor que el y no trabaja me están chuleando y no me dejan vivir tranquila. Que puedo hacer??
Estimada Maribel,
Lamentamos profundamente la situación que estás atravesando. En el caso que nos comentas, tu hijo al ser mayor de edad y económicamente independiente, en principio, no tienes obligación de seguir manteniéndole en tu domicilio.
Nuestro equipo jurídico queda a tu disposición para agendar una primera consulta en la que ofrecerte un diagnóstico jurídico completo tras conocer tu contexto familiar en profundidad.
Un saludo.
Buenos días,
mi marido se fue de casa en Septiembre del 2018 sin previo aviso dejándome a mi y mis dos hijos en la casa y diciendo que asumía todos los gastos.
uno de mis hijos era menor de edad.
A los 6 meses me puso una demanda de divorcio con medidas preventivas.
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Salió el auto de medidas provisionales y fueron muy favorables a mi favor y estamos pendiente en unos días de juicio definitivo.
Ahora ya mis dos hijos son mayores de edad .
mi Ex es el que gana mucho dinero, yo trabajo, soy autónomo mi sueldo limpio es de 780 euros, frente al suyo que son unos 7000 euros7mensuales.
La demanda que presento, se hacia cargo de todos los gastos ordinarios y extraordinarios de sus hijos y solicito que cuando cumplieran la mayoría de edad no se adjudicara la casa.
El juez dictamino en provisionales que el asumiera todos los gastos tanto ordinarios y extraordinarios de sus hijos y siguiera pagando la hipoteca y los gastos de suministros de la casa como había venido haciendo hasta ahora y como aportaba y se ofrecía en su demanda hasta el Juicio definitivo.
La demanda era engañosa pq lo que quería era controlar el todo y anularme a mi como persona y madre, yo con 750 euros no puedo dar de comer a mis hijos y pagar los gastos de suministro de la casa, tampoco puedo pagar la mitad de la hipoteca…
Nuestro nivel de vida es alto y entiendo que hay que adaptarse pero no se puede pasar a una vida completamente distinta, ya que el tienes sus obligaciones legales.
El juez dicto que yo tenia la custodia y era yo con mis hijos quien debía de administrar y fijo pensión de alimentos en función de los gastos que el detallaba y como el habia dicho que siguiera asumiendo los gastos de hipoteca y suministros de la casa y que teniendo en cuenta lo que yo ganaba, se me adjudicara 400 euros a modo de pensión compensatoria a la espera de la sentencia definitiva de Divorcio.
El fiscal entonces también nos dio la razón y pidió para el menor el 25% de su sueldo para el menor que eran 1750 euros, adjudicacion de la casa y que pagara el padre el 70 % de los gastos del suministro de la vivienda y el 100% de los gastos extraordinarios que se ocasionaran en la vivienda.
Mi pregunta es , ahora que mis hijos son mayores de edad dependientes aun, puedo solicitar la casa hasta la disolución de gananciales por ser yo la que tengo una situación de desamparo y que se fije la pensión de alimentos en función de los ingresos de mi ex?
Tengo entendido que en el caso que el Juez dictaminara una sentencia muy desfavorable a la que tengo ahora, al producirse el cambio a la mayoría de edad de mis hijos, tendría que recurrir a la Audiencia.
Mi pregunta es , hasta que la Audiencia se pronuncie, seguiría con el auto de medidas provisiones y tendría que pagar yo la mitad de la hipoteca, Ibi y seguro de la casa o primaria la nueva sentencia de divorcio aunque se recurra?
Estamos en régimen de gananciales, ahora llega el juicio definitivo.
Puedo solicitar la vivienda hasta la disolución de gananciales en el J
Juicio de Divorcio por ser yo la que estoy mas desprotegida y tengo derecho a Amparo?
El quiere a toda costa sacarme del chalet y quedarse el a vivir en el.
Yo no puedo con mi sueldo pagar esos importes y tampoco alquilar un piso y pagar los gastos.
Otra cosa será cuando yo reciba mi parte de gananciales y pueda organizar mi vida sabiendo con lo que cuento y lo que tengo.
Gracias.
Estimada Silvia
No podemos entrar a valorar tu caso concreto sin previo estudio de la documental. Recomendamos solicitar una consulta con nuestro equipo de abogados de familia. Nos pondremos en contacto contigo para facilitarte la gestión. Un saludo
Me divorcie hace 4 años y el juez en la sentencia de divorcio dijo que el uso y disfrute de la vivienda familiar no era ni para uno ni para el otro puesto que la vivienda es en precario pero el sigue viviendo en ella y con su exposa e hijos mayores de ella mientras yo pago un alquiler de una habitación con una paga no contributiva (tengo 63 años) puedo hacer efectiva la sentencia del juez y como lo haría.
Estimado Vicent
Puedes solicitar una primera consulta, y te explicamos cómo proceder.
Saludos cordiales,
Estoy divorciada desde 2014 y en la sentencia figura que deberíamos irnos de la vivienda familiar cuando mi hija cumpla los 18 años,no tengo trabajo y no tenemos donde irnos y mi hija va a cursar un grado medio y luego el superior en la localidad donde residimos y no nos gustaría irnos tenemos aquí toda nuestra vida,amistades,primos y primas por pare de padre ya que su padre también vive aquí.Puedo pedir una modificación de medidas en cuanto a la vivienda familiar para poder quedarnos y así mi hija poder cursar aquí los estudios y yo apoyarla como siempre.Estamos aquí en la vivienda las 2 solas y mi hija y yo queremos que tenga una buena formación y también al lado de sus amigas y compañeras mejor.Espero que me pueda ayudar se lo agradecería mucho.Gracias y un saludo.
Estimada Ana, solicita una modificación de medidas. Lo mejor es que nos pidas una primera consulta. Saludos cordiales
Mi mujer me ha puesto un demanda de divorcio, en la que pide le concedan la vivienda familiar por un año, en años alternativos, hasta la liquidación de gananciales. Pide el primer turno.
Mis hijos son mayores de edad (21 y 18 años), están estudiando y quieren vivir con migo.
Disponemos de otra vivienda en gananciales que está alquilada y una tercera de la que ella es propietaria en un 75%. Ella ha estado viviendo en esta última desde octubre a febrero.
Yo estoy cobrando el paro y este termina en febrero de este año.
Mi único ingreso recurrente es el 50% del alquiler de la vivienda alquilada (650€) los ingresos de ella ascienden a 4.950€ al mes.
También disponemos de cuentas bancarias con un saldo de 135.000€. Mi proyecto era vivir del 50% del saldo de esta cuenta, hasta que liquidemos todo.
En la demanda ella pide que no se fije pensión de alimentos y que sea el padre con quien viven en cada momento quien se responsabilice de sus gastos.
En la contestación a la demanda estoy pidiendo el uso de la vivienda familiar, para mi hasta la liquidación de gananciales y que se fije una pensión de alimentos para mis hijos, a la que aportemos proporcionalmente a nuestros ingresos.
Creen que mi petición tiene probabilidad de que sea la aceptada por el juez.
Gracias
Estimado Francisco,
Sin conocer el asunto, y sin un estudio previo, no podemos evaluar la viabilidad de tu petición. Si quieres una segunda opinión profesional, puedes solicitar una cita presencial o por videollamada con nuestros abogados. Saludos cordiales
Hola cuando me separe mi ex marido se quedo en la casa con mi hijo menos de edad, hoy ya tiene 23 años y quiero vender el piso. Ya bien sea a el o a terceras personas.
Hola Yolanda,
Te enviamos un email.
Saludos,
Mis hijas eran menores cuando me divorcié. El domicilio familiar era el mio. Ahora estudian fuera y se han empadrondo con su padre. Una es de 21 y 24 años respectivamente. Para pedir una beca han de poner el domicilio de empadronamiento o el mio aunque ya no esten en casa?. Ya son mayores de edad y los padres sufragamos sus gastos y yo no percibo la pensión de alimentos de mutuo acuerdo pero sin cambiar nada en el juzgado. Gracias.
Estimada Claudia,
Lo más práctico es que formules esta cuestión en el centro de estudios donde van a solicitar la beca para evitar problemas. Entendemos que no hay problema en poner el domicilio donde siguen empadronadas.
Un cordial saludo
Soy un hombre de 55 años casado desde el año 88 y con una hija de 18 años. Desde que con la crisis financiera en 2009 perdi mi trabajo en el cual estuve fijo durante 24 años. Ahora trabajo temporalmente si me llaman de alguna empresa, y suele ser haciendo sustituciones por algunos meses nada mas. Mi sueldo es de no mas de 1.000 euros. Mi mujer también trabaja , pero ella si que tiene un contrato indefinido. No dispongo mas que de mi casa que es el hogar de la unidad familiar, mi mujer, mi hija y yo. Ahora mi mujer no hace mas que amenazarme con que me da un año de plazo para que me vaya de casa. Puede hacer eso? Yo jamás me he planteado ni le he hablado a ella de divorcio porque no quiero eso. Por favor me pueden orientar que puedo hacer, he intentado hablar con ella de todo esto cientos de veces y solucionarlo para no llegar a esa situación tan drástica, pero ella no me escucha y lo único que sigue diciéndome es que en un año me tengo que ir de casa, y yo no tengo donde ir. Y con un trabajo tan precario como tengo me encuentro desamparado, les pido por favor una orientación de su parte. Estoy desesperado y perdido con todo esto.
Atentamente, les saluda Juan Jose Martinez
Estimado Juan José,
Te enviamos un email. Saludos,
Buenas,
Mi situación es la siguiente , mi marido se quiere separar , tenemos un hijo en común de 22 años y no es independiente económicamente ya que está en la universidad.
Tenemos un piso a medias del que todavía quedan pagar 11 años de hipoteca .
él quiere irse a Italia ( que es su tierra ) a rehacer su vida , y para ello lo que quiere es vender el piso . Yo no quiero venderlo ya que no tengo necesidad de venderlo y me rompería muchas cosas a mí y a mi hijo , además no es lo mismo buscarme otro piso en Barcelona que ( en su caso) un piso en un pueblo de Italia …
Además la hipoteca ( que es de 30 años) la he pagado mayoritariamente yo ya que el ha sido en muchas ocasiones insolvente ( no ha trabajado durante unos cuantos años) , pero al margen de esto (que es un «arma» que no me gustaría usar lo que a mí más me interesaría saber es si me puede obligar a vender , mi hijo claramente se quedaría conmigo ya que en él no está en condiciones de mantenerlo , ni aquí ( cobra un sueldo de 700 eur) ni en Italia ya que de momento estaría sin trabajo y además mi hijo no se iría a vivir fuera de Barcelona ya que como he dicho antes esa estudiando todavía … lo que más ,e interesa saber es si me puede si me puede obligar a vender , yo le he ofrecido devolverle el 50% de lo que llevamos pagado de hipoteca y acabar de pagar yo sola la hipoteca y quedarme con el piso pero él dice que este piso ahora vale mucho más …
Podéis iluminarme para saber si estoy obligada a vender??
Muchas gracias por vuestra atención .. voy un poco perdida la verdad .
Estimada Marta. Escríbenos a info@vestaliaasociados.es saludos
Mi nombre es Maria me divorcie siendo mis hijas menores de edad, mi ex me cedio la custodia de los niños no quiso compartirla y me cedieron a mi el uso de la casa que tambien es mia hasta que la menor de las niñas cumpliera 24 años y ya liquidariamos bienes.
Ahora he comprado un piso con mi actual pareja que estamos habilitando y yo irme alli mientras mis hijas estudian porque es fuera de la ciudad y los fines de semana regresan a su domicilio habitual y yo con ellas.
Mi.pregunta es ….me puedo empadronar por motivos de hipoteca y demas en la nueva vivienda aunque siga cuidando de mis hijas y haciendo en el domicilio antiguo cuando ellas no estudian?
Estimada María,
La atribución de la vivienda en supuestos de divorcio se realiza a favor de aquellas personas más necesitadas de protección, en este caso, tus hijas. A pesar de lo anterior, habrá que estar a lo dispuesto en el Convenio Regulador o resolución judicial que lo acordase.
Nuestro equipo jurídico se pondrá en contacto contigo para agendar una reunión en la que tratar tu contexto familiar actual y poder asesorarte, un saludo.
Buenos días. Mi problema es el siguiente tengo un hijo de 32 años .se fue de casa hace como 6 años la convivencia con el no es buena y ahora quiere volver me puedo legalmente negar .El aha trabajado desde que se fue pero no puede afrontar económicamente el pagar una vivienda y el averse comprado un coche y ahora quiere volver a casa y tengo miedo de que esto ocurra y que mi vida se convierta en un infierno ..esperando vuestra respuesta muchas gracias un saludo
stimado José.
En artículo 143 del Código Civil recoge la obligación de alimentos entre parientes, que puede hacerse efectiva o bien a través del acogimiento en el domicilio o a través de una pensión. Nuestro equipo jurídico queda a tu entera disposición para asesorarte acerca de si en vuestro caso procedería dicho derecho o no tras conocer más en profundidad tus circunstancias personales. Para agendar una primera reunión puedes contactarnos a través del número de teléfono 638 04 33 45 o, si lo prefiere, a través de nuestro e- mail info@vestaliaasociados.es
Saludos.