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Por primera vez el Tribunal Supremo admite que la custodia compartida pueda consistir en un reparto no igualitario de tiempos de convivencia con los hijos en común, y así lo refleja en su Sentencia de 13 de noviembre de 2018.

Hasta la fecha, al hablar de guarda y custodia compartida, el Tribunal Supremo se había decantado por el reparto de periodos iguales, por semanas completas, entre progenitores.

En su Sentencia , el Alto Tribunal confirma la sentencia del juzgado que acordó la custodia compartida que consistía en que los hijos vivirán con la madre entre semana y los fines de semana con el padre.

La Sentencia argumentaba que ya en sede de medidas provisionales se hicieron constar los peculiares horarios de los progenitores, pues el padre trabajaba hasta tarde de lunes a viernes y la madre trabajaba todos los fines de semana en un bar.

La clave está en que este sistema ya se había acordado de facto entre los progenitores, precisamente por sus horarios laborales, abordando de forma natural y práctica esta situación mediante un sistema de repartos basado en lo anteriormente expuesto.

En el informe psicosocial consta que este sistema de reparto de tiempos con los hijos venía desarrollándose con éxito y, además, no disgustaba a las hijas en común.

En el presente caso, como debería ser siempre, se ha atendido a las especiales circunstancias familiares y a las situación laboral y personal de ambos progenitores, partiendo de la base de que de facto venían organizándose sin problemas con este sistema de guarda y custodia compartida por tiempos no exactamente igualitarios.

También se garantizó la idoneidad de este sistema de custodia compartida ·atípico» al recabar la opinión de los profesionales del Equipo Técnico, así como se escuchó la opinión de la hija mayor.

No obstante, esta letrada entiende que en un futuro, si cambiaran las condiciones laborales de ambos progenitores, se podría barajar (de mutuo acuerdo, preferiblemente) un cambio del régimen de estancias por semanas completas a fin de que la progenitora materna también pudiese disfrutar de ese tiempo de ocio con las menores.

En definitiva, se trata de analizar cada contexto familiar y buscar, entre todas las partes, soluciones realistas que garanticen las relaciones familiares de la mejor forma posible.

Cada familia, un mundo. Y los hijos, lo primero.

Delia Rodríguez

Socia Directora-Abogada de Familia