¿Se puede cuantificar el dolor o el sufrimiento de una persona? Ciertamente es muy difícil poder poner una cifra a un hecho tan trágico como la ocultación del fallecimiento de un hijo, si bien este daño moral sufrido debe ser reconocido y compensado, según determina nuestro Derecho.
En el presente caso sobre derecho de información en las relaciones familiares, una madre reclama al padre una indemnización por daños morales, como consecuencia de haberle ocultado el trágico fallecimiento de un hijo mayor de edad. La ocultación la excluyó del proceso de honras fúnebres e investigaciones dada la muestre por suicidio, hecho
La Juzgadora, titular de un Juzgado de primera instancia de Badalona, ante tales hechos sumamente atroces, señala que no puede dejar de calificarse la conducta del demandado de culposa -incluso dolosa– pues, como se ha dejado dicho, a nadie se le escapa que forzosamente se le tuvo que representar, en cualquier momento, la posibilidad de causar daño con su conducta omisiva a la madre del hijo mayor de edad que llamaremos ficticiamente, Pedro.
El padre «no solo no informa de la desaparición del hijo en un primer momento, del hallazgo del cadáver y posterior incineración sino que también oculta a la fuerza policial actuante en las diligencias penales abiertas que la madre no había sido informada de los trágicos acontecimientos».
La oposición del padre se sustenta en la mayoría de edad del hijo y en la ausencia de la obligación de informar ante falta de relación entre hijo y madre.
RESPONSABILIDAD CIVIL POR FALTA DE INFORMACIÓN: El art. 1902 del CC. contiene un mandato general de actuar diligentemente frente a bienes jurídicamente protegidos, que incluye los intereses humanos como la integridad psíquica (moral) individual y la familia.
Constituye un principio general en materia de responsabilidad civil, tanto contractual como extracontractual, la necesidad de que en su estructura concurran los siguientes elementos: el personal; una actividad positiva u omisiva; la producción de un resultado perjudicial para alguien; una relación de causalidad entre la acción desarrollada y la consecuencia producida.
No cabe dudar de que el demandado era consciente de que su conducta omisiva causaría daño a la madre, fuera o no lícita; lo que acarrea en todo caso una responsabilidad extracontractual, por existir culpa.
PREVISIBILIDAD.- Al hilo de lo dicho, se exige una prudencia para evitar daño o riesgo a los demás. El demandado pudo prever que la ocultación y el conocimiento de la noticia en tales condiciones causaría un daño a la madre, en aplicación del principio de presunción del daño.
CONDUCTA DOLOSA.- Existe en el demandado conducta dolosa y hasta culposa. Era previsible que causaría daño a la madre tal ocultación aunque entre ella y el hijo no existiera relación.
NEXO CAUSAL.- Existe claramente entre la conducta del demandado y el daño causado, pues la forma y circunstancias en que la madre tuvo conocimiento de la desaparición y posterior fallecimiento de su hijo, con el consiguiente daño moral y sufrimiento psicológico sufrido.
INTENSIDAD DEL SUFRIMIENTO E INDEMNIZACION.- La juzgadora para fijar la cuantía indemnizatoria toma en consideración la intensidad del padecimiento y sufrimiento de la madre de Pedro, su carácter continuado e irreversible, consustancial a su condición de madre.
Por todo ello, la Juzgadora entiende, y en este sentido falla, que debe fijarse la indemnización en la suma de 40.000 euros.
Existen otras muchas circunstancias en las que una persona puede tener derecho a solicitar una indemnización por el daño moral o psicológico sufrido. Infórmate con nueste equipo de abogados de familia en Madrid.
Hola quería hacer una pregunta, mi hermano mayor a fallecido, y mi hermano menor me lo dijo el mismo día que falleció, pero mi padre va a cumplir 91 años y hemos decidido no decirle nada por la salud de él que está delicada, porque si le decimos algo podría darle algo, pasaría algo si se lo ocultamos, de echo no teníamos contacto con él desde hace más de 5 años y mi padre ni yo sabíamos que mi hermano estaba enfermo, gracias
Estimada Marga,
Tu supuesto concreto podría englobarse dentro del mandato general de actuar diligentemente que recoge el art. 1902 del Código Civil.
No obstante, deberíamos estudiar con profundidad tu supuesto, ya que, podría haber alguna excepción para el caso en el que vosotros estáis intentando preservar el bienestar de tu padre, el cual, por su edad, tiene una salud delicada y queréis evitar que pueda empeorar.
Así pues, nuestro equipo jurídico queda a tu disposición para agendar una primera consulta en la que ofrecerte un diagnóstico jurídico que se corresponda con tu caso particular.
Un saludo.
buenas , mi cuñado no me informo que mi hermana se estaba muriendo, ni cuando fallecio , puedo denunciarlo por ello?
Estimada Caroli,
El caso que nos comentas podría encuadrarse dentro de una responsabilidad civil por falta de información del art. 1902 C.C.
No obstante, necesitaríamos tener más información respecto de tu caso para darte una respuesta fundada en derecho.
De este modo, quedamos a tu disposición para agendar una primera consulta y poder analizar de manera personalizada tu situación particular y darte una respuesta que se ajuste a tus circunstancias.
Un saludo
Buenas mi marido falleció y su familia apaño la lápida pero Ami no me puso solo puso tu familia no te olvida , estamos casados legal mente , se puede denunciar?
Estimada María,
Por lo que nos comentas, tu caso reviste una especial complejidad, por lo cual, para poder darte una respuesta acorde a Derecho, vamos a necesitar que nos proveas de más datos.
En este sentido, nuestro equipo jurídico se queda a tu disposición de cara a agendar una primera reunión donde poder analizar detalladamente tu caso y darte una respuesta personalizada que te ayude a resolver esta difícil situación.
Un saludo.
Buenas tardes, el pasado 29 de Octubre «domingo» falleció mi padre, somos cuatro hermanos de los cuales tres incluyéndome a mi mantenemos muy buena relación menos la cuarta «mi hermana» que a partír de Agosto se ha hecho dueña de la casa de mis padres, mi padre padecía de cáncer en los pulmones y últimamente solucionaba sus dolores con fentanilo, mi hermana llegó a hacerse necesaria para mi padre llenándole la cabeza de mentiras y barbaridades sobre nosotros tres hasta el punto de echarnos de su casa y no poder atenderle como veníamos haciendo con su enfermedad, cada vez que nos acercábamos a la casa llamaba a la policia diciendo que la pegábamos y más barbaridades falsas, pues bien, no supimos que había fallecido hasta el día siguiente y nos percatamos por las redes sociales, nos dirigimos ràpidamente al tanatorio y teníamos prohibido el poder asistir al crematorio y poder dar nuestro último adiós a nuestro padre ya que, mi hermana así lo decidió mediante un escrito y su firma.
No puedo estár en paz y tranquila, es un gran sufrimiento y no entiendo cómo puede mi hermana tener el poder de ocultarnos su muerte y prohibirnos el poder habernos despedido de mi padre.
Estimada Julia,
Lamentamos enormemente tu caso. Sin embargo, necesitaríamos más datos para poder darle respuesta a tu pregunta.
De este modo, nuestro equipo jurídico queda a tu disposición para agendar una primera consulta en la que ofrecerte un diagnóstico jurídico que se corresponda con tu caso particular.
Un saludo.
El padre de mi hijo a fallecido pero la pareja de el no lo a comunicado a su hijo menor.
Estimada Yolanda,
Lamentamos profundamente la situación que estás viviendo.
El supuesto que nos indicas podría encajar dentro del mandato general del actuar diligentemente que establece el artículo 1902 del Código Civil, especialmente teniendo en cuenta que tanto tu hijo como el menor al que haces referencia son herederos forzosos del fallecido, sin perjuicio de que el progenitor haya otorgado testamento o no.
Para poder ofrecerte un asesoramiento íntegro a tu pregunta, necesitaríamos más datos. De este modo, nuestro equipo jurídico queda a tu disposición para agendar una primera consulta en la que ofrecerte un diagnóstico jurídico que se corresponda con el caso particular que estás viviendo.
Buenas tarde
Me llamo Estrella
Soy divorciada desde hace 15 años, tengo tres hijos, nos acabamos de enterar que hace 48 horas ha fallecido y su familia no ha comunicado nada a mis hijos del fallecimiento de su padre. Pueden ponerles una demanda mis hijos a sus abuelos y tías?
Muchas gracias
Un saludo
Estrella yuste
Estimada Estrella,
Lamentamos profundamente la situación que estás atravesando.
El supuesto que nos indicas podría englobarse dentro del mandato general de actuar diligentemente que recoge el art. 1902 del Código Civil, en particular teniendo en cuenta que tus hijos son herederos forzosos del fallecido, sin perjuicio de que su progenitor paterno haya otorgado o no testamento.
Si tus hijos son menores de edad, tienes además la posibilidad de defender sus derechos e intereses, cualesquiera que sean estos, en un procedimiento judicial, ya que eres su representante legal.
Si los derechos de tus hijos no se están viendo respetados, nuestro equipo jurídico queda a tu disposición para agendar una primera consulta en la que ofrecerte un diagnóstico jurídico que se corresponda con tu caso particular. Puedes ponerte en contacto con nosotros a través del número de teléfono 638 043 345 o el correo electrónico info@vestaliaasociados.es
Un saludo.
Buenas tardes en mi caso ocurre que mi hermana no me informa de nada en relación a mi madre . Por ejemplo , se la encontró en el suelo llamó a urgencias la ingresaron por COVID aislada y yo me enteré de casualidad porque al día siguiente la llamé para felicitarla por su santo y no contestaba nadie en casa , entonces empecé a sospechar algo y al ser yo la titular la de línea fija vi las llamadas al 061 y también entré en la meva salut y por los informes supe que estaba ingresada . Y así varios casos más . Mi madre tiene 92 años y ahora también la ha ingresado en una residencia por su cuenta sin consultarme para nada . Mi madre ha firmado el ingreso pero toma antidepresivos , no está incapacitada pero si influenciada y mucho por mi hermana. Son denunciables todos estos hechos ?
Estimada Nuria,
El supuesto que nos mencionas podría englobarse dentro del mandato general de actuar diligentemente que recoge el art. 1902 del Código Civil.
No obstante, para llegar a la responder tu cuestión sobre si es posible que pongas en conocimiento de la autoridad judicial estos hechos, necesitaríamos estudiar a fondo tu caso, para poder facilitarte un diagnóstico jurídico.
Por tanto, nuestro equipo jurídico queda a tu disposición para agendar una primera consulta y poder analizar de manera específica tu situación concreta.
Un saludo.
Hace 11 años falleció mi esposa. Abintestato. No tenemos descendientes. Heredero es su padre que sobrevive. Está enterrada en cementerio privado. La relación de su familia conmigo es desastrosa. Únicamente yo pago los gastos de mantenimiento de la parcela a la empresa del cementerio; es una carga anual de 250 euros. Creo que ellos no la visitan. He decidido venderla y antes de hacerlo ya les he comunicado por dos cartas mi decisión y se la ofrezco en propiedad por lo que quieran pagarme o por donación. No me han contestado en dos plazos que les he concedido, así que he encargado la exhumación e incineración. No les he comunicado esto último (aunque es fácil deducirlo), pues se lo comunicaré cuando la parcela esté vacía.
¿Tengo obligación de comunicar a su familia que voy a exhumar e incinerar?
Gracias por su atención.
Estimado Emilio,
La situación que nos comentas reviste de cierte complejidad, si bien se podría valorar que la familia de tu esposa
exigiera responsabilidad civil por falta de información, en base al artículo 1902 del CC.
No obstante, es necesario conocer las particularidades de tu caso para ofrecerte una respuesta fundada en derecho.
Quedamos a tu disposición para agendar una primera consulta en la que poder valorar la situación que nos comentas y ofrecerte un diagnóstico jurídico personalizado.
Un saludo.
La esposa de mi tío me mandó un mensaje diciéndome que habían incinerado a mi tío y era mentira lo incineran al día siguiente es denunciable
Estimada María Julia,
La situación que nos comentas reviste de cierte complejidad, si bien se podría valorar
exigir responsabilidad civil por falta de información, en base al artículo 1902 del CC.
No obstante, es necesario conocer las particularidades de tu caso para ofrecerte una respuesta fundada en derecho.
Quedamos a tu disposición para agendar una primera consulta en la que poder valorar la situación que nos comentas y ofrecerte un diagnóstico jurídico personalizado.
Un saludo.
Mi marido ayer se le murió un hermano el está delicado de salud y no pudo ir al hospital a despedirse de su hermano pero su mujer hijas y unos cuantos de hermanos no nos dejan verlo porque dicen que el que no haydo a despedirse es porque no ha querido y mi marido lo está pasando muy mal por qué es su hermano eso lo podemos denunciar
Estimada Carmen,
Lamentamos profundamente la situación que estáis atravesando. Para poder asesorarte mejor, necesitaríamos conocer más profundamente tu contexto familiar, ya que la situación que nos planteas es de gran complejidad familiar por los matices que presenta.
Por ello, te recomendamos concertar una primera consulta con nuestro equipo jurídico especializado, donde poder tratar estas cuestiones y resolverte todas las dudas que presentas.
Un saludo.
Buenas tardes puede mi sobrina prohibirme entrar en el tanatorio a ver a mi hermano fallecido? Gracias
Estimada María Carmen,
Si el tanatorio es un lugar de acceso público, en principio tu sobrina no tendría capacidad de limitar o restringir el acceso a ningún familiar ni conocido del fallecido.
Sin embargo, si el tanatorio es un lugar de acceso privado (véase, la casa de tu sobrina), propiedad de tu sobrina, esta sí tiene la opción de hacer uso de dicha restricción.
Lo anterior sin perjuicio de aquellas restricciones que el tanatorio imponga, con independencia de la persona que se encuentre en las instalaciones (restricciones relativas al aforo máximo, a la vestimenta, el decoro y comportamiento…).
Nuestro equipo jurídico queda a tu disposición para agendar una primera consulta en la que ofrecerte un diagnóstico para solventar cualquier cuestión jurídica que surja en relación con el contexto de conflicto familiar. Puedes ponerte en contacto con nosotros a través del número de teléfono 638 043 345 o el correo electrónico info@vestaliaasociados.es
Un saludo.
Hola, hace unos meses falleció mi padre, él tenía otra pareja y ya otra hija de este segundo matrimonio. Nuestro relación siempre fue complicada con ellas, el día que estaba en el tanatorio mi hermano pequeño y yo nos enteramos por mi madre, evidentemente fuimos al tanatorio y ya allí su mujer no nos dejó despedirnos de él, a su hija y la pareja de esta si y quisiera saber si es legal
Estimada Encarna,
Lamentamos enormemente tu caso. Sin embargo, necesitaríamos más datos para poder darle respuesta a tu pregunta.
De este modo, nuestro equipo jurídico queda a tu disposición para agendar una primera consulta en la que ofrecerte un diagnóstico jurídico que se corresponda con tu caso particular.
Un saludo.
Buenos días mi caso es el siguiente
Cuido de mi madre (80) años desde 2019 Tengo firmado por ella un poder general notarial
Tengo 2 hermana que desde hace años no se preocupan por ella
No saben nada médicos no han cambiado un pañal nada
El día que falte mi Madre tengo obligación de avisarlas ?
No tengo ningún trato con ellas
Estimado Fernando,
En el caso que nos expones, comentarte que lo recomendable sería avisar a tus hermanas del fallecimiento de tu madre, para no incurrir en una posible responsabilidad civil por falta de información en base al art.1902 CC, un saludo.
A muerto mi tío hace 2 años mis tía no avisan a mi madre , hermana del fallecido , se puede denunciar por daños morales ya que nos enteramos después de que lo enterraron?
Estimado Sergio,
El supuesto que nos indicas podría englobarse dentro del mandato general de actuar diligentemente que recoge el art. 1902 del Código Civil.
No obstante, necesitaríamos tener más información respecto de tu caso para darte una respuesta fundada en derecho.
Así pues, nuestro equipo jurídico queda a tu disposición para agendar una primera consulta en la que ofrecerte un diagnóstico jurídico que se corresponda con tu caso particular. Puedes ponerte en contacto con nosotros a través del número de teléfono 638 043 345 o el correo electrónico info@vestaliaasociados.es
Un saludo.
Buenas noches, falleció mi madre el día Sábado a la noche, somos 5 hermanos y una hermana, llevo más de 8 años sin tener una relación con 4 de los 5 hermanos el sexto soy yo. Solo con 1 tenemos una linda relación. Si hubiera sido por los otros 4 mayores no hubiera sabido nada, suerte que con el hermano apenas más grande que yo, el me avisó. Para no discutir en esos días ( Sábado noche estuve afuera de donde falleció mí madre, el domingo fui al velatorio cuando ya solo estaba el único hermano que tengo una relación y el lunes cuando la cremaron estuve afuera para que no hubiera ningúna discusion ya que no me quieren. Ahora las cenizas las tiene mi hermana, pero en ningún momento pidió a todos los hermanos que se quisiera hacer en bien con ellas, si no que solo 3 de los mayores y el que me llevo bien le dijo que Hiba hacer, diciendo que yo ni otro de los hermosos mayores les iba ni a preguntar ni a dar nada. Pues entonces después de tener que esperar a que decidieron, yo le comenté por audio a mi hermana, que las posibilidades serían o poner un nicho y que todos puedamos ir a visitar sus cenizas o repartir las cenizas entre todos los hermanos. Yo a mi madre la adoraba, la quería mucho y por no llevarme con ellos porque no me aceptaron me la perdí los últimos años. Que tengo que hacer? Yo solo quiero que todos tengamos las misma cosas, no que uno o que el otro digan o decidan algo que no es corecto. Sigo diciendo que lo del nicho sería genial la tomadora sería mi hermana y la segunda firma uno de los hijos(hermanos) de mi mamá y no que ella queria poner a su hija( mi sobrina) que no tiene nada que ver porque si respeta que es la abuela pero no es si madre es la mía unica que tenía. O si no repartir entre los 6 en parte iguales las cenizas, en ningún momento las quiero solo para mí o quitar ningún derecho a nadie de mis hermanos solo quiero lo correcto. Me dijeron que valla por abogados porque las cenizas ni en el nicho ni repartir las, que yo soy un sinvergüenza y no voy a tener nada. Me parece terrible el comportamiento, y no se que debo realmente hacer, pero si que se que quiero tener un recuerdo de mi madre si o si.
Espero vuestra respuesta ayuda
Estimada Vignoly,
En primer lugar, desde Vestalia lamentamos mucho la difícil situación que estás afrontando, revistiendo de especial complejidad, por lo cual necesitaríamos de más datos para darte una respuesta a medida.
En segundo lugar, respecto de la duda que nos planteas, no existe en el régimen jurídico español regulación específica sobre la disposición de las cenizas de un difunto, pues se considera que es un bien fuera del comercio de los hombres
En lo que respecta a la jurisprudencia de nuestro estado, encontramos jurisprudencia menor que otorga el derecho a decidir sobre el destino de las cenizas al cónyuge supérstite, siendo que, a falta de él, se les otorga este derecho a sus descendientes.
El principal problema de tu particular caso, es que ya se encuentran en la posesión de tu hermana las cenizas, por lo cual habría que analizar con más detalle los procedimientos que ha seguido para tenerlas en su propiedad.
En todo caso, nuestro equipo jurídico queda a tú disposición para agendar una primera consulta donde poder ofrecerte un diagnóstico jurídico personalizado y completo.
Un saludo.
Tenga derecho cobrar uerfanda de mi padecen toda la documentación tirada
Estimado Víctor Manuel,
Si no dispones de la documentación necesaria para solicitar la pensión de orfandad, puedes ponerte en contacto con la Seguridad Social, los cuales te podrán facilitar de nuevo estos documentos y ayudarte con los trámites necesarios.
Para cualquier duda con estos trámites no dudes en contactar con nuestro equipo jurídico, donde te podremos asesorar y dar una respuesta detallada a tus necesidades.
Un saludo.
Mi madre falleció y me lo ocultaron mis hermanas el dinero que tenía en el banco,las pertenecias y la casa se la quedaron.Me han amenazado para que no reclame nada.Que debo hacer?
Estimada Lucía,
El supuesto que nos indicas podría englobarse dentro del mandato general de actuar diligentemente que recoge el art. 1902 del Código Civil, así como la posibilidad de impugnar la partición de la herencia, ya que parte del patrimonio ha sido ocultado.
No obstante, necesitaríamos tener más información respecto de tu caso para darte una respuesta fundada en derecho.
Así pues, nuestro equipo jurídico queda a tu disposición para agendar una primera consulta en la que ofrecerte un diagnóstico jurídico que se corresponda con tu caso particular. Puedes ponerte en contacto con nosotros a través del número de teléfono 638 043 345 o el correo electrónico info@vestaliaasociados.es
Un saludo.
Una tercera persona me informó de la muerte de mi madre, mi hermana no me informó de donde estaba mi madre ni qué ceremonia se haría, luego supe que dispuso la cremación del cuerpo de forma inmediata, yo no pude despedirme de mi madre.
Que puedo hacer
Estimado Enrico,
Es una situación que reviste de cierta complejidad, pero podría valorarse exigir responsabilidad civil por falta de información, en base al artículo 1902 del CC.
No obstante, es necesario conocer las particularidades de tu caso para ofrecerte una respuesta fundada en derecho.
Nuestro equipo jurídico queda a tu disposición para agendar una primera consulta en la que ofrecerte un diagnóstico jurídico completo tras conocer tu contexto familiar en profundidad.
Un saludo.
Muy buenas. Os cuento el siguiente caso. Mi hermana enfermó gravemente hace unos 2 años y mi otra hermana, enfermera y cuidadora, no me informó de nada y puso a mi hermana enferma en mi contra cuando teníamos una relación cordial. No me han permitido ir a verla durante su enfermedad, viviendo en la misma ciudad. Mi hermana falleció hace unos días y no me han informado de nada y no me permitieron ir ni al tanatorio ni al cementerio bajo la amenaza típica de «que no se te ocurra aparecer por aqui». Ahora lo estoy pasando fatal y me gustaría saber si esto es denunciable, ya que considero que esta conducta no puede ser más cruel. Muchas gracias y espero su repuesta
Estimado Ángel,
La coyuntura en la que te encuentras es realmente compleja.
Sí que existe la posibilidad de exigir a tu hermana una indemnización por responsabilidad civil conforme al artículo 1902 de nuestro Código Civil, aunque deberíamos conocer más a fondo tu situación para poder darte una mejor orientación jurídica.
Nuestro equipo queda a tu disposición para agendar una primera consulta en la que ofrecerte un diagnóstico más personalizado.
Un saludo.
Mi la esposa de mi hermano y mis hermanas me ocultaron la muerte de la mama demi hijo para impider qe no estuviera sercas yo de el y me di cuenta asta 4 años despues desu muerte. Las. Puedo demandar
Estimado Ramón,
Podría valorarse exigir responsabilidad civil por falta de información, en base al artículo 1902 del CC.
Sin embargo, es necesario conocer las particularidades de tu caso para poder ofrecerte una respuesta detallada y correcta.
Nuestro equipo jurídico queda a tu disposición para agendar una primera consulta en la que ofrecerte un diagnóstico jurídico completo tras conocer tu contexto familiar en profundidad.
Un saludo.
La guardia civil encontró el cadáver de mi marido el 25 febrero 2022 yo me entero el 27 por un amigo que lo escucha en un bar que frecuenta por qué lo comenta la guardia civil se persona mi hija en el cuartel de la guardia civil donde lo encontraron no la dicen nada y el trato fue muy brusco nos dirigimos al tanatorio y nos dicen que no pueden decirnos nada por qué está en secreto de sumario pues vamos al juzgado no se las veces y tampoco por último me dicen que haga un escrito al juez para pedir información la cual hice el día 3 de junio no recibo contestacion y voy y en la última me dicen que lo an enterrado el 18 de agosto porque nadie se a echo cargo pordios tengo los escritos y todo y no sé qué puedo hacer
Estimada María,
La situación que nos comentas reviste de una gran complejidad, siendo necesario conocer las particularidades de tu caso para ofrecerte una respuesta fundada en derecho.
Nuestro equipo jurídico queda a tu disposición para agendar una primera consulta en la que ofrecerte un diagnóstico jurídico completo tras conocer tu contexto familiar en profundidad.
Un saludo.
Buenas tardes. En mi caso no hay muertes pero sí un ex marido que luego de nuestro divorcio (en Argentina) se vino a vivir a España. Adquirió la nacionalidad española siendo nuestro hijo menor de edad y no lo declaró en la solicitud. Cuando mi hijo tenía 11 años, mi ex tuvo una hija en España a la que reconoció pero nunca le dijo a mi hijo que tenía una hermana a pesar de que mi hijo siempre se lo preguntaba. Ahora, luego de 18 años, le confiesa a mi hijo su existencia pero no quiere darle si quiera el nombre de su hermana para evitar que la ubique y se conozcan. A pesar de que mi hijo ya es un adulto, carga con el abandono de su padre durante años, con varios intentos frustrados de relacionarse con él como hijo y ahora con esta noticia y la imposibilidad de poder conocer a su hermana. Hay alguna figura legal que lo proteja ante esta situación? Muchas gracias.
Estimada Inés,
La situación que nos comentas reviste de una complejidad, siendo necesario conocer las particularidades de tu caso para ofrecerte una respuesta fundada en derecho.
Nuestro equipo jurídico queda a tu disposición para agendar una primera consulta en la que ofrecerte un diagnostico jurídico completo tras conocer tu contexto familiar en profundidad.
Un saludo.
Hola, tengo dos hermanas que desde hace 4 años no han visto ni hablado con mi madre. Tengo derecho a llamar cuando ella fallezca. Gracias
Estimada Mari.
En efecto, el artículo 160 del Código Civil reconoce el derecho de los menores a relacionarse con abuelos, hermanos y otros familiares.
Sin embargo, si te surgiera alguna duda más con relación a tu situación no dudes en ponerte en contacto con nosotros a través del número de teléfono 638 04 33 45 o, si lo prefiere, a través de nuestro correo electrónico info@vestaliaasociados.es
Saludos.
Buenas tardes, somos cinco hermanos, mis padres solamente tienen relación con 3 de nosotros, con los otros dos no quieren saber nada porqué se han portado muy mal con ellos. En el caso de que ellos fallezcan en algún momento o uno de los dos, estamos obligados los hermanos a notificarselo a los otros hermanos aunque mis padres no quieran ni tengan relación? Ellos no quieren que vayan al entierro ni saber nada de ellos… No entiendo de leyes pero pregunto porqué quiero hacer las cosas bien y no tener problemas ya que ellos van a malas siempre…muchas gracias.
Estimada Azalea,
En el caso que nos expones, comentarte que entendemos que lo recomendable sería avisar a tus hermanos del fallecimiento de tus padres, para que así no incurrir en una posible responsabilidad civil por falta de información en base al art.1902 CC.
No obstante, sería conveniente valorar si concurre causa de desheredación, para que tus padres así puedan establecerlo en testamento.
Nuestro equipo jurídico queda a tu disposición para agendar una primera consulta en la que ofrecerte un diagnóstico jurídico completo tras conocer tu contexto familiar en profundidad.
Un saludo.
Me enteré hace unos días, y porque les hace falta, que mi padre falleció el 21de Julio del 2021. Él y yo apenas teníamos relación, pero él tenía una minusvalía y el vehículo que conduce mi madre estaba a nombre de él. Al ir a Tráfico para hacer (ha buenas horas) la Transferencia no ha podido, y es entonces cuando a través de WhatSapp, una tía mía se lo comunica a mi mujer, para que yo vaya un Notario a renunciar a una herencia que desconozco, con deudas si las hay que desconozco, cuentas que desconozco, vamos que no sé nada………..ellos estaban Divorciados Legalmente, y mi padre junto con otra mujer sin casar. Así que ahora tengo que buscar abogados, y comenzar a investigar todo lo que pueda existir, bienes ( lo dudo mucho), deudas eso seguro, pero imagino que aceptaré cuando me entere a efectos de inventario y ver que pasa, pero vamos, soy hijo único y el coche que lleva mi madre, ahora creo que es mío, y si pasa algo………………..no sé, veremos a ver que pasa. Gracias.
Estimado Rafa,
La situación que nos comentas reviste de una complejidad, siendo necesario conocer las particularidades de tu caso para ofrecerte una respuesta fundada en derecho.
Nuestro equipo jurídico queda a tu disposición para agendar una primera consulta en la que ofrecerte un diagnostico jurídico completo tras conocer tu contexto familiar en profundidad.
Un saludo.
Buenos días,
Os comento mi caso para ver si entra en los parámetros que se narran aquí:
El sábado falleció mi padre, este lunes lo enterraron. Sin embargo, ninguno de mis hermanos me ha dicho absolutamente nada al respecto, me he enterado a raíz de que diversas personas del municipio en el que residimos me hayan parado por la calle para darme el pésame (imaginaos mi cara).
Es sin duda una situación surrealista, la relación con ellos no era diaria, pero sí lo suficientemente correcta para que algo así ni se me pasara por la cabeza. Es más, hará unos años falleció mi madre y para entonces sí que me avisaron, me dio tiempo a despedirme de ella, a ir a su sepelio, etc.
No comprendo la rapidez y el secretismo con el que se ha hecho todo. Justifican la actuación con «ha pasado todo muy rápido, no dio tiempo», pero yo, personalmente, lo veo cruel y desproporcionado, ¿tanto tiempo lleva escribir un simple mensaje para informar? (amistades y vecinos, para sorpresa mía, sí que han sido avisados).
En fin, es una situación muy desagradable, me han negado el poder despedirme y ver por última vez a mi padre, y a mis hijos hacer lo propio con su abuelo. Mi intención sería emprender acciones legales, ¿podría acogerme a este artículo 1902 del CC para ello?
Gracias por este artículo, me ha sido de gran utilidad, y por supuesto, les tendré en cuenta de cara a iniciar los trámites.
Estimado Pedro,
Lamentamos mucho la situación que estás atravesando.
De acuerdo con lo que nos comentas, deberíamos realizar un estudio de viabilidad de responsabilidad civil por falta de información (artículo 1902 del Código Civil).
Nuestro equipo jurídico queda a tu disposición por si desearas realizar una primera consulta con una de las letradas especialistas.
Un saludo
Lo mismo le está pasando a mi marido. Hace 15 días falleció su padre, nos enteramos por un vecino y nadie le llamo, sospecho que su hermano, que es un manguante, pensará así hacer y deshacer a su antojo con el dinero, una pena
Estimada Begoña,
Lamentamos la situación que nos comentas.
Un saludo,
Mi hijo falleció en la calle hace año y medio por culpa de los monitores y de la ambulcia porque tardaron puedo denunciar aún
Estimada Antonia.
Dado a que es una situación compleja y muy particular, nuestro equipo jurídico queda a tu disposición para agendar una primera consulta en la que ofrecerte un diagnóstico jurídico completo tras conocer tu contexto familiar en profundidad, puedes ponerte en contacto con nosotros a través del número de teléfono 638 04 33 45 o, si lo prefieres, a través de nuestro correo electrónico info@vestaliaasociados.es.
Saludos.
Mi esposa, Susana Peña Fandiño, ciudadana colombiana con DNI español 47924890c falleció en su país, en agosto 19, en circunstancias que yo consideré y denuncié ante la justicia colombiana como compatibles con un delito de malos tratos con resultado de muerte
Mi familia política se ha negado reiteradamente a comunicar a las autoridades españolas, en este caso, la legación consular en Bogotá el fallecimiento de mi esposa. Me consta que una de las causas fue para seguir cobrando a través de una oficina bancaria en Colombia las prestaciones que percibía del INSS, lo que me ha impedido obtener mi derecho a la prestación de viudedad reconocida por la ley.
Por consejo legal presenté ante la justicia (juzgado 48 civil de Barcelona) una demanda de jurisdicción voluntaria para que se reconozca su fallecimiento sin llegar al plazo preceptivo de diez años desde su desaparicion en los términos establecidos por los articulos 193 y 194 del código civil, y como mínimo para aclarar juridicamente cual es mi estado civil actual, ya que técnicamente puedo considerarme casado y viudo simultáneamente.
Pese a los indicios de su defunción, que incluyen el certificado de defunción colombiano apostillado legalmente, la justicia, aún reconociendo su muerte me comunicó que no hay nada que hacer
Mi pregunta es:
Es legal ocultar por tiempo indefinido la muerte de una ciudadana española ante nuestras autoridades?
Esta situación estaria dentro de lo establecido en el artículo 1902 del código civil, especificamente por una conducta deliberadamente dolosa por parte de mi familia política?
Estimado Jorge,
Lamentamos muchos tú pérdida. Para poder estudiar tu caso concreto deberíamos agendar una primera reunión con nuestras letradas especialistas con la finalidad de valorar la posibilidad que presentas.
Un saludo.
Buenas mis hermanos se an desecho de las cenizas de mis padres y las an arrojado al Guadalquivir no se en que parte de el, sin avisarme ni decirme nada , me enteré por el wassap de un grupo de primos , no me dijeron nada ni para ver si estaba de acuerdo o si lo estaba ir con ellos yo quería las cenizas de mis padres donde poder ir a visitarles y ahora no sé dónde están que puedo hacer
Estimado Karlos,
Lamentamos mucho la situación en la que te encuentras. Para poder asesorarte mejor, necesitamos conocer el caso en profundidad. Puedes ponerte en contacto con nuestro equipo jurídico.
Un saludo.
No le han informado a mi madre el fallecimiento de su hija y no sabe dónde está.
Qué se viola en las leyes? Gracias
Estimada Roxana,
Lamentamos mucho la situación por la que estáis pasando. Desconocemos la situación en la que estos hechos se han producido, y no podemos ofrecerte un asesoramiento personalizado. Puedes ponerte en contacto con nuestro equipo jurídico, para agendar una primera consulta en la que conocer más en profundidad tu contexto familiar.
Quedamos a tu disposición. Un saludo.
Yo vivo en Narón (A Coruña).
Mí hermana vivía en Almería y, falleció el 14 de los corrientes y no he sido informado ni por su viudo (mí cuñado) ni por su hija (mí sobrina).
Por esa razón, no he podido asistir a las honras fúnebres ni a su cremación.
Me gustaría saber qué puedo hacer al respecto.
Gracias
Saludos
Estimado Jose,
Lamentamos enormemente tu caso. Sin embargo, para ofrecerte un diagnóstico jurídico ajustado a tu situación necesitaríamos contar con más datos.
Nuestro departamento jurídico se encuentra a tu disposición para lo que pudieras precisar, un saludo.
Buenos días!
Mi padre estaba en prisión desde hace 14 meses.
Mi hermano me comunicó que estaba en el hospital el día de su muerte cuando ya estaba sedado y no pude hablar con él ni despedirme como hubiera querido. Llevaba ingresado desde hacía 12 días. Cuando me avisó me dijo que no fuera porque no quería verme y con el CIVID no me dejarían pasar (no fue así porque pude verlo)…
Mi hermano se ampara en que mi padre no quería que lo supiera porque le habían envenenado (él y la mujer de mi padre) diciéndole que era mala hija y que no le quería (fui testigo de intento de homicidio de mi padre a mi madre y testifiqué lo que vi y viví). A pesar de todo, tengo varias cartas que le escribí con el deseo de ayudarle y estar con él siempre.
¿Debería haber sido avisada como hija?
¿Es denunciable este hecho? Entiendo que han primado intereses económicos (mi hermano vive desde hace 13 años en el piso de mi padre gratis y manejaba sus cuentas bancarias)
Gracias!
Estimada Mercedes,
Lamentamos enormemente tu situación. Sin embargo, necesitaríamos conocer más en profundidad las particularidades del caso para poder ofrecerte una respuesta fundada en derecho.
Nuestro equipo jurídico queda a tu entera disposición, un saludo.
Llevo más de 5 años sin poder ver a mi madre de 96años. Me lo impide mi hermana bajó amenazas. Todo empezó cuando falleció otra hermana y no mencionó en el testamento a mi hermana mayor, habían tenido malas relaciones toda la vida, mi herma mayor la vejaba y maltrataba verbalmente. Yo cuide de mi hermana hasta que falleció, éramos almas gemelas. Mi hermana me dejó heredera universal de sus bienes al 50% con mi madre. A partir de ahí mi hermana mayor prohibió a ni madre cualquier relación conmigo, han sido años de mucho sufrimiento, amenazas, demandas (pues mi hermana es abogada). Ha convencido a mi madre con mentiras, de que no me acerque a ella, y es una situación horrible, me estoy perdiendo unos años cruciales de relación que no podré recuperar jamás. No me han dejado vivir el duelo por mi hermana fallecida, cuando es para mi un duelo continuó, no poder ver a mi madre y ni siquiera saber, como se encuentra de salud. Mi hermana lo intentó todo, impugnar el testamento con malas artes, y pleitos absurdos que han llevado a pasar más de cinco años de sufrimiento para mí.
Estimada María Jesús,
Lamentamos profundamente la situación que estás atravesando.
En este caso necesitaríamos tener más información respecto de tu caso para darte una respuesta fundada en derecho, ya que existen mecanismos para intentar revertir los efectos que pueda tener tu contexto familiar en un futuro procedimiento sucesorio de tu madre. Además, tienes la opción de interponer denuncia contra tu hermana por las amenazas proferidas, y con ello dar inicio a un procedimiento penal.
Así pues, nuestro equipo jurídico queda a tu disposición para agendar una primera consulta en la que ofrecerte un diagnóstico jurídico que se corresponda con tu caso particular. Puedes ponerte en contacto con nosotros a través del número de teléfono 638 043 345 o el correo electrónico info@vestaliaasociados.es
Un saludo.
Buenas tardes!!!
– Mi primo (el más pequeño)vive con su madre desde que falleció su padre, tiene dos hermanas y un hermano. Hasta ahora mi primo al vivir con su madre se ha hecho cargo prácticamente de cualquier ayuda de su madre/padre cuando estaba en vida de los asuntos diarios. Un hermano vive con su familia en la misma localidad en otra casa, otra hermana recién divorciada la mayor de todos también viven cerca de su madre, y la otra hermana vive en otra provincia. Cuales son los derechos y obligaciones de cada uno respecto a su madre si tiene cumplidos 75 años de edad? Mi primo puede ser denunciado si ante alguna complicación de su madre decide no avisar, e informar a sus hermanos ante cualquier conflicto, si estos tengan por hábito no atender las llamadas de mi primo?.
Estimado Antonio,
Buenas tardes,
Deberíamos conocer más en profundidad tu caso para poder ofrecerte una respuesta completa. Es necesario conocer la situación económica familiar, sobre todo de la progenitora materna y si esta necesita de ayuda económica para subsistir.
Nuestro equipo jurídico queda a tu disposición por si desearas agendar una primera consulta con la letrada especialista para poder exponer las particularidades de tu caso, un saludo.
Quisiera orientación al respecto. Mi hermano falleció hace un mes fuera del país y decidí no decirle nada a mi mamá pues ella hace poco le dio un infarto y su corazón quedó delicado, adicionalmente a eso mi mamá tiene 90 años y no vi la necesidad de darle ese dolor siento que no lo soportaría. Pero me siento mal al quitarle el derecho de saber la Verdad. ¿Que me pueden sugerir?
Buenos días, se puede demandar a un hermano por no comunicar la muerte de nuestra madre?.
Gracias
Estimada Adela,
Es viable demandar a un hermano por la ocultación del fallecimiento de una madre siempre y cuando sea posible probar una conducta dolosa o incluso culposa de tu hermano.
Nuestro equipo jurídico se pone en contacto contigo, un saludo.
Buenos días. Mi madre falleció en éstos días,mis hermanos no me comunicaron nada. Me enteré por gente del pueblo, exactamente no sé ni el día ni la hora. Qué debo hacer? Puedo pedir responsabilidades?
Un saludo.
Estimada Amaya,
En primer lugar lamentar la delicada situación en la que te encuentras. En tu caso debería realizarse un estudio de la viabilidad de responsabilidad civil por falta de información (artículo 1902 del Código Civil).
Nuestro equipo jurídico queda a tu disposición por si desearas realizar una primera consulta con una de las letradas especialistas, un saludo.
Buenas tardes, la otra hija de mi madre, no me aviso de la muerte de mi madre, me entere por una compañera mia q me aviso, eso tiene delito., gracias!! Buena tarde.,
Estimada Carmen,
Lamentamos enormemente la situación que nos comenta, quedamos a tu disposición por si deseas valorar las distintas acciones legales que pueden derivar de esta ocultación, un saludo.
No lo dudes con un buen abogado todo es denunciable. Para eso está la justicia.
Es más, cuando fallezca «el que falta» obvio se ejercitará el derecho de subasta publica ya que lo que mal empieza acaba peor.
Mi tío falleció en junio del 2022 y apenas nos enteremos en 31 de diciembre del 2022 y eso porque nos dieron el pésame. Empezamos a investigar y nos llevamos 2 días hasta que al final la pareja que el tuvo no los confirmó. Y evidentemente sus hermanos y hermanas no se explican el porqué la señora oculto tantos meses su muerte sin avisarle aún familiar. Ahora mis tíos quieres si cuerpo pero la señora lo insenero y tampoco quiere entregar sus ceniza a los familiares.
Estimada Adriana,
Lamentamos la situación que estás atravesando.
Nuestro equipo jurídico queda a tu disposición para agendar una consulta en la que puedas detallar más pormenorizadamente vuestro contexto familiar a fin de ofrecerte una respuesta jurídica adaptada.
Un saludo.
Buenas me gustaría saber su opinión sobre mi caso, el 29/04/2019, fallece mi hermana mayor en Lérida, dejando una niña de 14 años la cual es dada en acogida a una supuesta amiga de mi hermana, por los servicios sociales de agramunt y el eaia.
Mi hermana además de la menor, tenía 4 hijos que en su día dejó abandonados, 2 los crío su suegra y los otros 2 mi madre con nuestra ayuda, de hecho hacía años que no sabíamos de ella, se marcho un día y no regreso.
La supuesta amiga de mi hermana, tenía conocimiento de que mi hermana tenía, tanto hijos como hermanos y demás familia, resulta que mi madre decidió buscar a mi hermana y un amigo de mi ex pareja, inició una investigación, descubrió que mi hermana llevaba 19 meses fallecida, dicha señora con ayuda de otra persona, supuestamente se deshacen de todas las pertenencias de mi hermana y mienten para apropiarse de la menos, de toda la documentación de mi hermana y ocultan el fallecimiento a los hijos y demás familia.
Por otra parte tanto asuntos sociales como el eaia, hacen una dejación de funciones en el tema de la menor, puesto que parece que la menor es propiedad de esta señora y ni siquiera se le permite ver a los hermanos de dicha menor.
Muchas gracias por su atención..
Buenos días
Mi primo mayor de edad tiene un tutor ajeno a los primos hermanos, pues así lo decidió el. Al fallecimiento de mi primo el tutor ocultó su muerte durante un mes y tanto primos hermanos y hermanos de su padre y pasado ya 7 meses no nos ha indicado donde están los restos de nuestro familiar, solo por medio de juzgado que fue incinerado.
A incurrido en algún delito que podamos acusarle, o solo nos queda quedar sin saber nada.
Estimado Mario.
Lamentamos enormemente la situación que nos relatas. Podríamos estudiar la posibilidad de interponer una indemnización por daño moral, quedamos a tu disposición.
Un saludo.
Mi madre falleció por una enfermedad y un hermano nos oculto esa enfermedad que se puede hacer
Estimada Pilar,
Es una situación que denota de cierta complejidad, pero podría valorarse exigir responsabilidad civil por falta de información, en base al artículo 1902 del CC.
No obstante, es necesario conocer las particularidades de tu caso para ofrecerte una respuesta fundada en derecho.
Nuestro equipo jurídico queda a tu disposición para agendar una primera consulta en la que ofrecerte un diagnóstico jurídico completo tras conocer tu contexto familiar en profundidad.
Un saludo.
Buenos días ,me pongo en contacto para exponerle lo más breve posible mi caso .Hace tres semanas me enteré que mi madre había fallecido hace dos años y tres meses ,nadie me dijo nada .Ella estaba en una residencia tutelada por un hermano que me prohibía verla con el único fin de hacerme daño .Tras tres años de juicios ,en los que hubo juicio falso por parte de ellos y en el que yo tuve que abonar dinero porque perdí debido a la pésima defensa que tuve . Recibí fallo favorable del juzga para poder verla .Aún así cu iba a la residencia el personal de esta lo llamaba y me encontraba con él ,vivía justo al lado ,y aguantaba insultos y amenazas .Dado que yo si tenía una familia y él nada que perder porque su segunda casa son los juzgados tuve que tomar la decisión de no visitar la residencia .Pese a ello llamaba y no había manera que nadie de la residencia me informará de nada que tuviera que ver con mi madre enferma de Alzheimer.
Me gustaría saber si se puede hacer algo al respecto .Se me prohibió cuidar de ellos ,darle cariño , estar en sus últimos momentos comerle la mano y decirle cuánto la quería .No tenían ni el ni mi hermana ningún derecho hacerme esto ni a mí ni a mi madre .
Tengo que decirles que mi madre no tenía bienes solo su paga y sus muebles que de seguro los habrán vendido y quedado con sus patas extras .Pero aunque hubiera dinero no me interesaría porque es más las ganas de justicia que tengo que otra cosa .
No sé si se podrá hacer algo porque el abogado que tuve en abril del 2.020 recibió en su despacho un auto donde el se daba de baja como tutor y explicaba que la causa era el calle de mi madre .Este abogado no me informo de nada hasta que !o llamé ,así me fue con el fatal .
Quedo a la espera de recibir noticias .
Reciban un cordial saludo
Estimada Mari Carmen, nuestro equipo se pone en contacto contigo para valorar la posibilidad que nos propones.
Un saludo.
Hola,mi marido de 58 años falleció hace 16 meses,su madre está en una residencia tiene 90 años.Tiene otro hijo fallecido,o sea dos,con dos hijos cada uno.Viven otros tres y firmaron un papel,para qué ningún nieto pueda sacarla un día a casa a comer…..Con el fin ,de qué mis hijos no puedan sacarla.Que derechos tienen mis hijos en, representación de su padre????.
Estimada María del Carmen,
Lamentamos la situación que nos relatas, no obstante, deberíamos conocer más en profundidad las particularidades de tu caso para poder darte una respuesta fundada en derecho.
Quedamos a tu disposición, un saludo.
Buenas tardes.
Hace unos días falleció mi madre y fue incinerada. Tenemos que llevar las cenizas a un pueblo para ponerlas en el nicho con mi padre. Tengo dos hermanas y una de ellas, durante tres años, se ha despreocupado totalmente de atenderla; la otra no quería que se le avisase del fallecimiento y del traslado.
Yo le avisé del fallecimiento y ahora me pide que le avise del traslado.
Tiene derecho a estar presente y nosotros la obligación de avisarle? Gracias
Estimado Joaquín,
Lamentamos tu perdida. Existe la obligación únicamente de informar del fallecimiento del familiar, estar presente en el traslado de las cenizas no forma parte de esta obligación.
Un saludo.
HAN OCULTADO LA MUJER E HIJOS LA MUERTE DE SU HERMANO A MI MADRE.
HA FALLECIDO HACE TRES MESES DESPUÉS DE UNA LARGA ENFERMEDAD.
ELLA AÚN NO SABE NADA
NOS ENTERAMOS SUS HIJAS AYER.
Estimada Susana,
En primer lugar lamentamos vuestra pérdida. Nuestro equipo jurídico queda a vuestra disposición por si desearais emprender acciones legales específicas, un saludo.
Hola buenas tardes, mi marido tiene una hija que no quiere saber de él, no tienen una buena relación,(por parte de la hija) y mi marido me pide que ,si se muere que no avises a la hija y claro si eso pasa, la hija puede denunciarme? Un saludo.Muchas gracias.
Hola Vilma,
No es tu hija ni tienes relaciones familiares directos, entendemos que no puede denunciarte. Un saludo
Hola la pareja de mi padre que no es mi madre pues ya murio’ no me ha llamado por tlf para comunicarme el fallecimiento de mi padre el jueves 25 del corriente pero si que llamo’ a mi hermana esta lo incinero’ y ha día de hoy no me ha llamado.me he enterado porque llame ayer a las 9 de la noche a su amiga si no estaría aquí ignorando los hechos.
Estimado Antonio, sentimos tu pérdida.
Nuestra abogada especialista se pone en contacto contigo. Saludos
Mis hermanas e hijos me ocultaron el fallecimiento de mis padres ,me entero tres años después y hay unas deudas de gastos de escalera,IBI, aguas residuales,etc que se generan por una vivienda a heredar donde reside mi hermana y mi hijo sin pagar nada , hasta donde soy responsable de hacerme cargo de la parte proporcional de esa deuda sí no sabía nada ? Gracias
Estimada Consuelo,
Lamentamos enormemente tu situación. Sin embargo, necesitaríamos conocer más en profundidad las particularidades del caso para poder ofrecerte una respuesta fundada en derecho.
Nuestro equipo jurídico queda a tu entera disposición para agendar una consulta.
Un saludo.