¿Es posible la Custodia compartida de las mascotas en los procesos de divorcio?
El saber si es posible la Custodia compartida de las mascotas en los procesos de divorcio es una de las preguntas más frecuentes que nos hacen.
Hasta hoy, en un procedimiento de divorcio, cuando este se tramita de mutuo acuerdo se suele incluir una cláusula en el convenio regulador en relación con la mascota de la familia, normalmente el régimen de custodia que tienen los hijos es el que los padres estipulan al animal.
El problema viene en un procedimiento de divorcio contencioso, que queda a la buena voluntad del juez el destino del animal, y aunque cada vez hay más jueces que velan por el bienestar del animal, lo normal es que en un divorcio contencioso o en una separación de hecho, la mascota se la quede el cónyuge que figura en el chip como titular del animal, o bien se incluya dentro del inventario de la liquidación de gananciales, como una partida más.
Cada vez son más las parejas que, al separarse, nos plantean sus inquietudes, deseos y temores sobre la custodia legal de sus mascotas, un miembro más de la familia, sin duda. Quién abonó los gastos de compra o adopción del animal, cómo se han venido sufragando sus necesidades, quién se ha ocupado de su salud, a nombre de quien está el chip de identificación y otra serie de cuestiones, como la propia interacción del animal con cada parte, son cuestiones clave a la hora de resolver conflictos entre “humanos” a causa de sus mascotas.
La mediación enfocada a esta temática también da excelentes resultados, pudiendo redactarse un acta con acuerdos entre los particulares sobre las visitas, reparto de vacaciones y forma de contribuir a las necesidades del animal.
Fuera del ámbito de un proceso de divorcio o separación, en Vestalia Abogados de Familia llevamos de forma habitual procedimientos civiles declarativos para conseguir se reconozca la copropiedad de las mascotas, celebrándose previamente un acto de conciliación por el cual se intenta que las partes lleguen a un acuerdo.
¿Cómo cambiarán los divorcios con mascotas si se consideran seres sintientes en vez de cosas legales?
A partir de ahora, en cuanto entre en vigor la reforma, LA AUTORIDAD JUDICIAL, podrá decidir sobre las medidas que afecten a la vida del animal, es decir, con quien va a vivir, si el animal se confía a uno o ambos cónyuges, el régimen de visitas a favor del cónyuge que no conviva con el animal, el reparto de los gastos asociados al cuidado de la mascota, etc.
La importancia de las mascotas en los divorcios. Un miembro más de la familia.
Sin perjuicio de que cualquier progreso ético o social lleva sus tiempos, yo creo que de unos años a esta parte la sociedad se ha sensibilizado enormemente con los animales no humanos y cada vez son más los ciudadanos que quieren que sus animales, los cuales sienten como un miembro más de su familia, tenga derechos y estén protegidos por nuestro ordenamiento jurídico. ¿Qué persona que ama a su compañero, a su amigo, sea el animal que sea, quiere que se le trate como un objeto, como una cosa? Entiendo que NADIE.
No hay más que ver la cantidad de personas que han salido a la calle o han manifestado en sus redes sociales su repulsa con respecto al presunto maltrato al que han sido sometidos los animales en el laboratorio VIVOTECNIA. Esto ya es imparable, los animales forman una parte fundamental de nuestra sociedad y tenemos la obligación de protegerlos y de procurarles su mayor bienestar.
Una reforma histórica DEL Código Civil en materia de Derecho de los Animales #Animalesnosoncosas
Lógicamente lo deseable hubiera sido que esta importantísima y fundamental reforma legal llevara ya implantada en nuestro país desde hace años, cuando en el 2009 la Unión Europea realizó una modificación en su Tratado de Funcionamiento para reconocer a los animales como seres sintientes, consideración de la que ya venían disfrutando los animales en países como Austria (1988) o Alemania (1990) y a la que se han ido unión posteriormente Suiza, Francia y Portugal, países que ya especifican en sus leyes que los animales no son cosas.
En España, si bien hemos ido más rezagados, la realidad es que esta reforma legal ya fue aprobada por unanimidad en diciembre de 2017 por el Pleno del Congreso, pero no pudo concluirse su tramitación parlamentaria al disolverse las Cortes Generales en marzo de 2019.
Hoy, por fin, después de una larga espera, esta reforma va a salir adelante, está saliendo adelante y los animales dejarán de ser considerados COSAS.
Adriana Rodríguez
Adriana Rodríguez es abogada de familia y socia en Vestalia Asociados, proyecto al que acompaña desde sus inicios con vocación y lealtad.
Se licenció en Derecho por la Universidad Complutense de Madrid y, desde entonces, comenzó formándose de manera autodidacta y constante, desarrollando su pasión por la rama más social y humana del Derecho.
Actualmente es la responsable en las oficinas de Madrid del departamento de derecho de familia e infancia en Vestalia Asociados, así como del área del Derecho animal, especialmente en los asuntos relacionados con la custodia de mascotas en caso de separación o divorcio.
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