Supongamos que nos encontramos ante un contexto familiar en el que la guarda y custodia es monoparental o exclusiva a favor de uno de los progenitores –tendencia mayoritaria en nuestro país, aunque cada vez son más frecuentes los casos de custodia compartida-, y éste fallece.
¿Quién se queda con la custodia de los hijos menores?
Lo lógico y natural es pensar que la custodia de los niños pasa ´automáticamente´ al otro progenitor por ser el único titular de la patria potestad y representante legal de los hijos menores y, como tal, la persona que tiene la obligación y el derecho de ocuparse de los hijos y velar por su bienestar.
Sin embargo, esta cuestión no es estrictamente así, debiendo precisarse en primer lugar que, aunque el progenitor supérstite ostente la patria potestad, para ser legalmente el progenitor custodio de los niños deberá instar una procedimiento de modificación de medidas solicitando el cambio de guarda y custodia a su favor así como comunicar y acreditar el fallecimiento del progenitor que hasta ese momento tenía atribuida judicialmente la guarda y custodia; y en segundo lugar, porque en nuestro derecho existe la posibilidad de solicitar la guarda y custodia por un familiar que no sea el progenitor de los menores, siempre que se acredite que el interés superior de los mismos estará mejor protegido otorgándole la custodia a ese familiar y no al progenitor que sobrevive.
Artículo 103 del Código Civil: Excepcionalmente, los hijos podrán ser encomendados a los abuelos, parientes u otras personas que así lo consintieren y, de no haberlos, a una institución idónea, confiriéndoseles las funciones tutelares que ejercerán bajo la autoridad del juez.
A juicio de nuestros Tribunales, se deberá atender a cada caso concreto, y a cada situación y circunstancias familiares, y en cualquier caso, la custodia le corresponderá a quien pueda garantizar el mejor bienestar de los menores, no teniendo que ser necesariamente el progenitor supérstite, aunque el mismo ostente la patria potestad.
Un ejemplo de ello es la Sentencia número 492/2018, Sala de lo Civil del Tribunal Supremo, en la que se acuerda atribuir la guarda y custodia de una menor a su tía paterna, que se hizo cargo de ella antes del fallecimiento de su madre en 2012. Asimismo, establece también un régimen de visitas progresivo a favor del padre, para permitir que la niña se adapte a su entorno y poder valorar más adelante si recupera la custodia.
La solución que adopta viene determinada desde la situación actual de la tía como guardadora de hecho, desde el fallecimiento de la madre, y del interés de la menor, y no desde la condición de padre biológico titular de la patria potestad, para evitar dañar a la niña. Y es que la menor ha tenido, y sigue teniendo, un entorno estable y seguro con su tía lo que ha posibilitado la creación de unos vínculos afectivos muy distintos de los que existen con su padre, como ha puesto en evidencia la prueba practicada, expresiva de la falta de capacidad del progenitor supérstite para atender adecuadamente a la niña, dada su edad, de su trabajo y de las demás cargas familiares, al margen de los de su hija, estando los derechos del padre debidamente protegidos con las visitas y comunicaciones, a partir del régimen progresivo establecido en la sentencia del Juzgado, dirigido a la plena adaptación de la hija al entorno paterno para el posible reintegro bajo su custodia.
Añade el Tribunal Supremo, que este supuesto no es nuevo ni en la ley ni en la jurisprudencia de esta sala, invocando así:
(i) La sentencia 47/2015, de 13 de febrero admite la posibilidad de atribuir la guarda y custodia de un menor a personas distintas de sus progenitores (la tía paterna), por las especiales circunstancias que han rodeado la vida y crecimiento del niño, cuyo madre asesinó a su padre. Lo que debe primar, se dice, es el interés del menor en el marco de unas relaciones familiares complejas.
(ii) La sentencia 582/2014, de 27 de octubre , sobre guarda de hecho, interpretada bajo el principio del superior interés del menor, establece la doctrina siguiente: «cuando un guardador de hecho preste a un menor la necesaria asistencia, supliendo el incumplimiento de los progenitores de los deberes de protección establecidos por las leyes respecto de la guarda de aquel, ni se excluye ni se impone declarar la situación de desamparo, debiendo ser las circunstancias concretas de la guarda de hecho, interpretadas al amparo del superior interés del menor, las determinantes a la hora de decidir la situación jurídica respecto de su eficaz protección».
(iii) En estas circunstancias, la guarda de la niña por su tía impone a aquella el deber de injerencia en la esfera jurídica de esta mientras sea necesario para a su interés, con las únicas limitaciones que derivan de la función que desempeña, en la forma que autorizan los artículos 52 de la Ley 15/2015, de 2 de julio, de la Jurisdicción Voluntaria , y 303 del Código Civil , con la garantía que proporciona la intervención del Ministerio Fiscal, cuyo Estatuto (artículo 3.7) le impone, como defensor del superior interés del menor, «asumir o en su caso promover la representación en juicio y fuera de el de quienes por carecer de capacidad de obrar o de representación legal, no puedan actuar por si mismos, así como promover la constitución de los organismos tutelares que las leyes civiles establezcan y formar parte de aquellos otros que las leyes civiles establezcan y formar parte de aquellos otros que tengan por objeto la protección y defensa de menores y desvalidos». Y así lo hizo la recurrente mediante la formulación de la demanda para regularizar esta relación de hecho y ahora formulando el pertinente recurso de casación
Aunque en la mayoría de los casos, al fallecer el progenitor custodio la guarda y custodia pasaría al otro que continúe vivo, por ser la persona quien debe asumir el cuidado y la atención de los hijos menores, será el juez el que, tras analizar el concreto contexto familiar, tenga siempre la última palabra en cuanto a decidir sobre la persona más idónea y capaz para ejercer la custodia de los menores, garantizando con ello el mayor bienestar de los mismos.
Precisamente cuando nos encontramos ante estas situaciones familiares, donde se sufre la pérdida de uno de los progenitores, se debe proteger y garantizar más que nunca el bienestar de los niños, pues la vida les ha arrebatado, demasiado pronto, una madre o un padre, por cuanto salvaguardar sus intereses y procurar que estén lo mejor posible, debe ser nuestro deber y prioridad.
Adriana Rodríguez
Socia Abogada
Buenas noches .
Tengo un problema hace tres meses falleció el papá de mis dos menores hijos pero yo ya estaba separada de el pero continuamente tenías comunicación como padres y el dejo una tienda k proceso debo realizar XK la familia del papá de mis hijos la tienen a cargo XK yo tengo la custodia y necesito el bien patrimonial d mis hijos para cubrir todos sus gastos
Espero tener respuesta pronto bendiciones
Estimada Vilma,
Lamentamos enormemente la situación que estáis atravesando.
Indicarte que necesitaríamos conocer más en profundidad tu contexto familiar para poder ofrecerte un diagnóstico jurídico completo.
Nuestro equipo jurídico queda a tu disposición por si desearas agendar una primera consulta con nuestras letradas especialistas.
Un saludo.
Hola mi nombre es ruben
Y mi hermano falleció y dejó un hijo el cual está con la hermana de su madre porq ella tampoco se hace cargo de el y quiero saber si puedo hacer algo al respecto ya que me he enterado que no tiene buen trato ahí donde está
Estimado Rubén,
Lamentamos enormemente la situación que estás atravesando.
En relación con tu consulta, si bien deberíamos conocer más profundamente el contexto familiar, indicarte que de acuerdo con el artículo 103 del Código Civil, los hijos menores podrán ser encomendados a otros parientes, correspondiéndole la custodia a quien pueda garantizar el mejor bienestar del menor.
Nuestro equipo jurídico queda a tu disposición para agendar una primera consulta.
Un saludo.
Hola buenas Adriana Rodríguez mi nombre Jesús le comento a ver si algún tipo de solución mi padre falleció el 13 mayo del año 2022 y su mujer no cuida A sus hijos ella los deja por calle largas horas ni les ace comida por está trabando los niños kieren quedarse con Mingo en mi casa vienen Ami casa o casa de mi abuelo yo soy el ermano mayor de los niños ella los tiene desatendidos total mente ella está relación hora mismo ke novio no es buena influencia para los niños ya que a estado preso varias ocasiones por tipo de drogas mi abuelo tiene 70 años kiere pedir custodia o yo tengo 30 pedir custodia los niños tiene 10 y 16 que puedo Acer para quedarme con los niños yo o mi abuelo no dejarlo a su madre los tienen abandonados
Estimado Jesús,
Lamentamos enormemente la situación que estás atravesando.
En relación con lo que nos comentas, deberíamos conocer más profundamente tú caso para indicarte cómo proceder, si bien entendemos que el procedimiento que deberíais llevar a cabo es el de modificación de medidas solicitando (tu abuelo o tú) un cambio de guarda y custodia.
Nuestro equipo jurídico queda a tú disposición.
Un saludo.
hola mi nombre es Dianira mi hermano tiene la custodia de mi sobrino porq su mama lo abandono pero desde ese momento una hermana se ha hecho cargo q derechos puede reclamar ella ya q su padre es muy borracho y no queremos q pare en el icbf espero una pronta respuesta
Estimada Dianira,
De acuerdo con lo que nos comentas, indicarte que necesitaríamos conocer más en profundidad vuestro caso para ofreceros una respuesta jurídica fundada en derecho.
Nuestro equipo jurídico queda a vuestra disposición.
Un saludo.
buena soy maria barrios ..que se necesita para ser tutora de mis sobrinos
Estimada María,
Para poder ofrecerte un asesoramiento adecuado y valorar las posibles alternativas, es necesario analizar más profundamente tu contexto familiar.
Nuestro equipo jurídico queda a tu disposición por si desearas agendar una primera consulta con nuestras letradas especialistas y así exponer las particularidades de tu caso, un saludo.
Hola yo soy la tutora lega de mi hijo ya que con el padre no podemos estar y me dieron a mi pero a mi gustaría dejar un papel echo por si acaso algún día me pasa algo en el que diga que le cedo la custodia a mi hermana yo estoy segura de que a él no se la darían pero tengo ese miedo de que si lo agan por eso me gustaría dejar el papel echo gracias.
Estimada Atenea,
Por regla general, cuando uno de los progenitores fallece la guarda y custodia del menor pasa directamente al otro si no está privado de patria potestad.
En tu caso, sería conveniente valorar la posibilidad de incluir en tu testamento la designación de otra persona de tu confianza (tu hermana) como tutor de tu hijo.
Sin embargo, para darte un diagnóstico jurídico completo deberíamos contar con más datos.
Nuestro equipo jurídico queda a tu disposición, un saludo.
Hola me llamo Romina mi pareja falleció en un accidente me quedé a cargo de su hijo el desde q nacio su mamá nos lo entrego a nosotros la mamá me l puede quitar . necesito ayuda q puedo hacer me aconsejan
Estimada Romina,
Lamentamos tu pérdida. Sin perjuicio de necesitar conocer más en profundidad las particularidades de tu caso, la regla general es que cuando el progenitor que tiene atribuida la guarda y custodia fallece, esta pasará al otro progenitor, siempre y cuando no esté incurso en causa de privación de la patria potestad.
Puedes ponerte en contacto con nuestro equipo jurídico para agendar una primera reunión y poder analizar más detalladamente tu caso, un saludo.
Hola buenas tardes mi nombre es Ximena
Yo quisiera saber si mis padres tienen derecho de ver a sus nietas,
Le cuento, mi hermano lo mataron el 5 de diciembre del 2020 y mi cuñada ya no quiso dejarnos ver más a mis sobrinas ya que ella quería que cada 8 días fuéramos por ellas pero pues mis padres no podían cada semana ya que ellos trabajan entre semana y el fin es el día que les queda oqra hacer cosas en casa y mi cuñada quería también que le ayudarán cada semana con los gastos de las niñas y como mis papás están batallando mucho desde que mi hermano falleció 😞 pues no pueden hacerlo cada ocho días, y mi cuñada ya no quiso prestarnoslas ella ya tiene una relación con una persona y ya jamás nos va a permitir ver a las niñas que podemos hacer en este caso ?
Estimada Ximena,
Lamentamos enormemente la situación que nos comentas. Sin perjuicio de necesitar conocer más en profundidad las particularidades del caso, indicarte que la ley reconoce expresamente el derecho a un régimen de visitas de los abuelos para con sus nietos, a pesar de que sus padres se opongan.
Quedamos a vuestra disposición para agendar una reunión con nuestro equipo jurídico a fin de tratar vuestro contexto familiar y poder asesoraros.
Un saludo.
Hola soy esmeralda,mi pregunta es,la madre de los hijos de mi pareja murió y es ella quien tenía la patria potestad,y tiene dos hijos uno de 22 años y la pequeña de 17 el problema que la pequeña quiere vivir con el hermano mayor en la casa donde vivían con la madre.
Mi pareja les ayudará cómo siempre ha hecho cuando vivía la madre de sus hijos.
Habrá algún problema para mi pareja de parte de la justicia?? Saludos gracias
Estimada Esmeralda,
En este caso, necesitaríamos disponer de más datos relativos al contexto familiar de tu pareja, así como conocer quién ostenta actualmente la patria potestad de su hija menor, para poder ofrecerte un diagnóstico jurídico completo y adaptado.
Nuestro equipo jurídico queda a vuestra disposición para agendar una primera consulta.
Un saludo.
Hola mi sobrina tiene cancer terminal y tiene dos hijas una de 5 años y la otra de 9 ella es soltera y apareció el padre de las niñas y amenaza llevárselas cuando muera mi sobrina ….que puede hacer mi hermana para que no la separen de las niñas ya que ellas sólo conocen el mundo donde fueron criadas con mucho amor
Estimada Erika,
Lamentamos profundamente la situación que estáis atravesando tu familia y tú.
En este caso, deberíamos conocer quién ostenta actualmente la patria potestad, así como la guarda y custodia de las menores, entre otros datos, para poder ofrecerte un diagnóstico jurídico adaptado.
Aun así, indicarte que la regla general es que cuando uno de los progenitores fallece, el otro asume la guarda y custodia de los menores, salgo que el padre se encuentre privado de patria potestad.
En el caso de tu sobrina, sería conveniente valorar la posibilidad de incluir en su testamento la designación de un tutor para las menores.
Nuestro equipo jurídico queda a tu entera disposición.
Un saludo.
Hola tengo una pregunta muy importante la madre de mi sobrino falleció y mi hermano tiene la patria de potestad de su hijo y aún así no le han dado el niño a mi hermano y lo tiene un tío hermano de ella ella murió de momento y no tuvo tiempo de dejar nada escrito y mi hermano quiere tener a su hijo por favor que puede hacer en este caso
Estimada Nancy,
Lamentamos la situación que estáis atravesando.
De acuerdo con lo que nos comentas, indicarte que necesitaríamos conocer más pormenorizadamente los detalles de vuestro contexto familiar actual para ofreceros una respuesta fundada en derecho.
Nuestro equipo jurídico queda a vuestra disposición.
Un saludo.
Hola buenas tardes! Quisiera saber si puedo hacer un documento dejando la custodia de mi hija de 15 años a mi esposa, tengo la patria potestad y derechos de su padre que me la cedió desde Venezuela, estoy acá en Chile desde hace 5 años, y tengo mi esposa , pero quiero hacer por prevención ese documento para que en caso de mi fallecimiento mi esposa pueda tener la custodia de mi hija mientras sea menor de edad!
Acá en Chile no tengo a ningún familiar de sangre solo mi esposa, hija y yo
Estimada Ydaina,
Como regla habitual, la guarda y custodia de un hijo, en caso de fallecimiento de uno de los progenitores, será ejercida por el otro progenitor, siempre que no exista una causa legal que le prive para ello.
En tu caso particular, podría establecerse mediante testamento un tutor para tu hija.
Nuestro equipo jurídico queda a tu disposición. Un saludo.
Hola buenas tardes.
En mi caso tengo la tutela,custodia y al padre le privaron de la patria potestad de mi hijo que vive conmigo y mi pareja,mi pregunta es:si yo fallezco podría mi pareja quedar con su tutela?o el padre podría recuperarla?.
Gracias y un saludo.
Estimada Rebeca,
En tu caso sería muy conveniente que designaras a tu pareja como tutor del menor en testamento. Además, también podríais valorar que tu pareja adoptara al menor.
Quedamos a tu disposición por si desearas informarte más detenidamente acerca de estas opciones.
Buena tarde, una consulta, mi hija tiene invitación para viajar a Italia, le han dicho que haga una carta notarial para dejar la custodia a mi persona, soy la abuela materna, mi pregunta ¿es necesario hacer la carta notarial con un abogado o personalmente? Su papá de mi nietecita tiene juicio de alimentos, y deseo saber si el padre pueda reclamar a su hija a pesar que tiebe el juicio y que adeuda los devengados. Muchísimas gracias anticipadamente a ud. Espero su pronta respuesta Dios la bendiga.
Estimada Claudia,
Para poder ofrecerte un diagnóstico jurídico completo de tu caso deberíamos conocer más en profundidad los hechos acontecidos y los procedimientos judiciales en curso o finalizados.
Quedamos a tu disposición por si desearas agendar una reunión con nuestro equipo jurídico. Un saludo.
Hace un año mi sobrina que fué madre soltera falleció y dejó una niña, mi esposa y yo nos puedemos hacer cargo legalmente de la niña? Su abuelita que es hermana de mi esposa y si esposo están de acuerdo..
Estimado Benito,
Lamentamos enormemente la situación que nos comentas, deberíamos conocer más profundamente tu caso para saber quién ostenta actualmente la patria potestad de la menor, y, en consecuencia, indicarte cómo proceder.
Nuestro equipo jurídico se pondrá en contacto contigo para agendar una primera reunión.
Un saludo.
Buenos Dias, quisiera saber en caso de que yo sea la unica progenitora de la niña viva y padezca de una enfermedad termina, que debo hacer para que la custodia de mi hija pase a mi hermana en caso de que fallezca
Estimada Sandra,
En tú caso particular, al ser la única progenitora podrías designar en testamento un tutor para tu hija.
Para poder asesorarte con mayor precisión necesitamos conocer en profundidad tu situación familiar.
Puedes ponerte en contacto con nuestro equipo jurídico para agendar una primera reunión,un saludo.
Hola en mi caso mi hermano falleció y mis padres mantuvieron a mi sobrino que estaba con su mamá pero ahora ella quiere entregárselo a mis padres voluntariamente, ya que no puede con mi sobrino, mi consulta es que necesitan hacer mis padres para que lo tengan legalmente ya que ella está dispuesta a darles a mi sobrino a mis padres porque se encuentra mal sicológica mente y no está apta para cuidar a mi sobrino, que papeles tendría que realizar mis padres para que sean los apoderados de mi sobrino
Estimada July,
Lamentamos enormemente la situación que estáis atravesando tu familia y tú.
En relación con lo que nos comentas, y a falta de conocer más detalladamente el contexto familiar, el procedimiento que deberían llevar a cabo tus padres es el de modificación de medidas solicitando un cambio de guarda y custodia.
Este procedimiento se podría llevar a cabo de mutuo acuerdo si la progenitora materna y tus padres estuvieran dispuestos a que así fuera y ambas partes llegaran a un consenso, que según lo que nos comentas es lo más probable. De lo contrario, habría que acudir a la vía contenciosa.
Asimismo, indicarte que se ha de acreditar que el interés superior del menor estará mejor protegido otorgándose la custodia a tus padres, y no a la progenitora materna.
Nuestro equipo jurídico queda a vuestra disposición en caso de que queráis iniciar el procedimiento.
Un saludo.
Buenas tardes yo tengo una niña de 5 años su padre fallece cuando ella tiene 10 meses su familia nunca me quiso y ahora aparecen después de 5 años con l aintension de verla y llevársela el finde semana thoy en la actualidad estoy casada llevo 2 años y mi marido junto conmigo la hemos sacado adelante,los dos trabajamos y me la cuida la abuelita de mi marido y el finde semana es cuando me la llevo a pasear. Y esta familia me quiere poner una demanda que por qué tienen el derecho de verla y llevársela que tengo que hacer ayúdenme
Estimada Mónica Carolina,
Para poder ofrecerte un diagnostico certero de tu caso deberíamos conocer más en profundidad los hechos acontecidos y los procedimientos judiciales en curso o finalizados.
Nuestro equipo jurídico se pone en contacto contigo para agendar una primera reunión, un saludo.
Hola me podría asesorar porfavor se trata que mi cónyuge falleció y tenemos una niña de 12 años ya y mis suegros están peliando la potestad de mi hija y el notificador estuvo viniendo a mi casa a según dejarme citatorio para el caso pero yo tenía enfermo a mi padre en Hermosillo yo soy de Obregón y el notificador nunca me allo en casa y pues falleció mi papá aya y me dice hoy mi hija que el día 13 de julio da centencia el juez de la potestad de la niña sin tan siquiera consultarmelo y aparte no la dejan venir AMI casa ala niña y como k les tiene miedo por k su abuelo tiene un arma en su casa algo así me dijo la niña aparte k según mi esposa fallecida el señor manoseaba a sus hijas eso me lo contó en secreto eya y su hermana y su hermana se fue a vivir con nosotros un tiempo por ese motivo y yo no confío en k la niña va estar bien con eyos pero ala niña si le da miedo k su abuelo Aga algo con su arma aunke miedo no ai estamos en Obregón jajajaa aquí corre sangre diario donde sea pero es legal k sin tansiquiera consultarmelo le den la potestad a ellos mi hija no quiere estar con eyos se Kiere venir con migo pero les tiene miedo alo cual mi intención no es hacer esto por las malas solo que por el motivo de que no me halla encontrado en casa el notificador por motivo k mi padre enfermo y falleció pues no me encontró y me salen k el 13 ya dicta sentencia el juez ya estamos a 11 aunque yo ahorita iré al jusgado y boy a exponer mi negación por dichos motivos k les conté no estoy de acuerdo k ellos se Kieran quedar con mi hija con migo no le falta nada tengo un negocio y tengo departamentos en renta ganó lo suficiente para vivir cómodamente tengo vehículo y motocicleta y como estoy soltero me vine con mi madre k se kedo sola ya k mis hermanos están en Estados Unidos somos nomás nosotros 2 y vivimos se puede decir k más que bien ya k yo generó ingresos diariamente le está entrando $ AMI banco y a mi bolsa podrían asesorarme ya k solo faltan 2 días por su atención muchas gracias sin más quedo atento a su pronta respuesta gracias
Estimado Francisco Javier,
Nuestro equipo jurídico se pone en contacto contigo para agendar una primera reunión y asesorarte, un saludo.
Hola,me hecho esta pregunta muchas veces y necesito ayuda,tengo una niña con mi pareja hemos hablado de que si yo muero se quede el con la tutela porque sería lo más lógico,pero su idea no es la misma,el piensa de que si eso pasa se la dejará a su mamá,ósea a su abuela paterna,yo no estoy de acuerdo ya que es un ambiente tóxico en el cual ya he visto evidencias de daño en mi cuñada que es una niña de 12 años,no quisiera que mi hija sea criada en ese ambiente,que podría hacer en ese caso,podría hacer un documento en el cual prohíba esta situación en dicho caso?puedo autirizar a un tutor después de su papá en caso de que esto suceda?.Muchas gracias
Estimada Cristina,
Por regla general, cuando uno de los progenitores fallece la guarda y custodia del menor pasa directamente al otro si no está privado de patria potestad.
En tu caso, sería conveniente valorar la posibilidad de incluir en tu testamento la designación de tu pareja u otra persona de tu confianza como tutor de tu hija. Sin embargo, para darte un diagnóstico jurídico completo deberíamos contar con más datos.
Nuestro equipo jurídico queda a tu disposición, un saludo.
Hola me gustaría dejar un papel echo en el que diga que si a mi me pasa algo ella sería la única responsable de mi hijo yo soy la tutora legal de mi hijo ya que con su padre hemos tenido problemas y me la dieron ami pero yo tengo miedo de que algún día me pase algo y se la den a él por eso me gustaría dejar ese papel echo para que se la den a mi hermana gracias.
Estimada Atenea,
Por regla general, cuando uno de los progenitores fallece la guarda y custodia del menor pasa directamente al otro si no está privado de patria potestad.
En tu caso, sería conveniente valorar la posibilidad de incluir en tu testamento la designación de otra persona de tu confianza (tu hermana) como tutor de tu hijo.
Sin embargo, para darte un diagnóstico jurídico completo deberíamos contar con más datos.
Nuestro equipo jurídico queda a tu disposición, un saludo.
Hola mi sobrina llevaba el caso de la custodia de su hija para dejársela a mi hermana puesto que ella sabía que el no era apto para tenerla golpeaba a mi sobrina aún cuando ella se encontraba muy mala ya de su cáncer en el esófago no la cuidaba y aparte la niña cuando mi sobrina se fue a la casa de mi hermana traía una infección muy fuerte en su vagina y la niña decía a mi hermana ponme pomada así mucho como mi papá y pensamos que el le hacía tocamientos a la niña ya hay una denuncia sobre eso y aún así han hecho convivir a la niña con el la niña no se orinaba en la cama y ya lo hace le puso una demanda a mi hermana que x maltrato pero pueden revisar a la niña y no tiene nada qué maltrato sicológico y no se qué pero más maltrato sicológico que ver cómo golpeaba a su madre y se la quitaron a mi hermana y se la dejaron a otra hermana en resguardo x 60 días x qué la niña no se quiere ir con el ni con su familia la niña salió hasta afónica de ahí de ciudad niñez x que pedía a gritos a su mamá Cuca y a los de ahí les valió y ahora mi hermana no la puede ver hasta que se arregle eso que podemos hacer
Estimada María Dolores,
Lamentamos mucho la situación por la que estáis pasando. Para poder asesorarte mejor necesitaríamos revisar las resoluciones judiciales que nos indicas.
Quedamos a tu disposición para agendar una primera reunión, un saludo.
Hola, tengo una hija que va a cumplir 10 años en agosto de este año, me separé de su padre biologico cuando ella era bebé, el cual jamas ha ejercido como padre y nunca fué su prioridad a dia de hoy el sigue con si vida y viene a recogerla cuando le
Corresponde, tenemos patria y potestad compartida pero la guarda y custodia es mia, ha dia de hoy yo estoy casada con mi pareja con la que llevo 5 años y el es quien esta criando a mi hija junto conmigo y ejerce la paternidad real de mi hija desde que ella tan solo tenia 4 años y medio. Si a mi me pasase algo tanto mi marido como yo mi familia y la suya queremos que la
Guarda y custodia de mi hija pasase a ser de mi marido, ya que su padre biologico munca ha aportado inportancia ni estabilidad en ella, el tampoco tiene familia ni está en condiciones psicologicas para quedarse con ella. Se podría hacer algo al
Respecto?
Estimada Cristina,
Por regla general, cuando uno de los progenitores fallece la guarda y custodia del menor pasa directamente al otro si no está privado de patria potestad. En tu caso, sería conveniente valorar la posibilidad de incluir en tu testamento la designación de tu marido como tutor de tu hija.
Nuestro equipo jurídico queda a tu disposición, un saludo.
Buenas noches mi duda es si me llegará pasar algo ami que soy la madre. Yo podría dejar un papel donde mis hijos se quedarán con mis papas. Por motivos de que su padre es un irresponsable y tomadoŕ y su familia un poco disfuncional. No quisiese que ellos los tengan
Estimada Nareli,
Por regla general, cuando el padre que tiene atribuida la guarda y custodia fallece, esta pasará al otro progenitor, siempre y cuando no esté incurso en causa de privación de la patria potestad. En tu caso sería conveniente que se designara a tus padres como tutores mediante testamento.
No obstante, deberíamos contar con más datos para darte una respuesta adecuada a tu caso concreto. Nuestro equipo jurídico queda a tu entera disposición.
Un saludo.
Buenas noches abogados necesito asesoría.
Mi hija falleció el 11 de julio 2022 y dejo 1 niña de cumplirá 5 años y un niño de 7 años 3 meses.mi yerno se los llevo a Tula Hidalgo y me niega las llamadas y su mamá de el q los cuida me bloqueó y niega videollamadas fui a septiembre a verlos y la sra platicaba con un familiar y le decía q quería q me largara de su casa, casa q renta mi yerno porque ahí trabaja. y después de q me regresé a Minatitlán veracruz.ya no me reciben llamadas y me bloquean.y ahora q me pensé q vendrían a visitarme mi yerno argumento q no podía porq tiene q trabajar de guardia y Vi unas fo tos de nietos llorando y le marcamos por el celular y nunca nos contestó y le marcamos a su mamá y tampoco.hadra q mi hijo solo le contesto q estaban en Tonalá chiapas de vacaciones por wat sap. Mis nietos yo los cuidaba y aquí nacieron y crecieron y mi hija q falleció siempre se hizo cargo de ellos y el trabajo q el tiene mis hijos le ayudaron haciendo un examen de inglés y fue q lo contrataron y empezó as trabajar y por problemas q le era infiel mi hija se deprimió mucho y tuvo el accidente viajando de mina a Villahermosa Tabasco a su trabajo.despues de de 20 días internada fallecio.
No pago gastos funenarios y la se enterró y vino a cobrar el seguro se compró un coche y se llevó mis nietos.y ahorita estoy sufriendo por el no lo cumplio de traerlos.ayudenme q hago? Envío correo de mi hna.
Estimada María Dolores,
De acuerdo con la gran complejidad que reviste tu situación, es necesario conocer las particularidades de tu caso y tu contexto familiar completo para ofrecerte un diagnóstico jurídico adecuado.
Nuestro equipo jurídico queda a tu disposición para agendar una primera consulta.
Un saludo.
buenas tardes , mi hermana fallecio hace 20 dias tuvo un bebe antes de fallecer el desde que salio del hospital esta conmigo soy yo quien lo cuida y vive conmigo tiene apenas 2 meses , el papa no se puede hacer cargo que debo hacer ?
Estimada Juliana,
Lamentamos enormemente tu caso. Necesitaríamos analizar más pormenorizadamente tu caso para valorar las alternativas posibles.
Nuestro equipo jurídico queda a tu disposición por si desearas agendar una primera consulta con la letrada especialista para poder exponer las particularidades de tu caso, un saludo.
Disculpe mi pareja falleció vivíamos juntos ahora el ya no está con nosotros como haría para solicitar la guardia y custodia de mi niña y cuánto me costaría el proceso y qué requisitos nesecitaria
Estimada Rosa,
Lamentamos tu pérdida, sin perjuicio de necesitar conocer más en profundidad las particularidades de tu caso, la regla general es que el progenitor sobreviviente asumirá o continuará ejerciendo de forma exclusiva la Patria Potestad de la niña en común, así como su guarda y custodia.
Puedes ponerte en contacto con nuestro equipo jurídico para agendar una primera reunión y poder analizar más detalladamente tu caso, un saludo.
Estoy enferma de cáncer, y nos estamos divorciándose, él no se ha ocupado de las niñas nunca, es un maltratados sicológico, Un borracho y me negó auxilió ante mi enfermedad. Ahora quiere la custodia para no pasar manutención y me pregunto qué puedo hacer para que si fallezco antes de que ellas sean mayores de edad como pasar la custodia a mis padres?
Estimada Sandra,
En primer lugar, es posible designar un tutor para las menores en testamento. En caso contrario, debería acreditarse ante el juez competente quién podría satisfacer mejor el Interés Superior de estas menores.
Nuestro equipo jurídico se pone en contacto contigo para agendar una primera reunión, un saludo.
Mi amiga está enferma. No le queda mucho. Tiene una niña de 6 años de la cual se han ocupado siempre los abuelos maternos. Su marido, aconsejado por sus padres, quiere quitarle a la niña. Podría??? El casi no se ocupa d su hija y los abuelos paternos menos. Podrían los abuelos maternos pedir la custodia??? Q tendrían q hacer? Muchas gracias.
Estimada Bimba,
Por regla general, cuando el progenitor que tiene atribuida la guarda y custodia fallece, esta pasará al otro progenitor, siempre y cuando no esté incurso en causa de privación de la patria potestad.
En este caso, sería conveniente valorar la posibilidad de incluir en el testamento de la madre la designación de los abuelos maternos como tutores de su hija.
No obstante, deberíamos contar con más datos para ofrecerte un diagnóstico adecuado a las particularidades del caso. Nuestro equipo jurídico queda a tu entera disposición.
Un saludo.
buena snoches:
tengo un niño de 3 años la custodia total es mia tengo una conciliacion con el padre pero sin embargo no lo visita solo 1 vez a 2 aveces al mes poeor si cumple con la pension en caso que yo falleciera podria haber la posibilidad de dejar la custodia a mis padres ?? ya que siempre han estado conmigo y velaron por mi hijo desde el nacimiento mientras el padre recien se acerco al niño despues del nacimiento pero no lo viene a ver .
Estimada Karol,
La regla general es que cuando uno de los progenitores fallece, el otro asume la guarda y custodia del menor, salgo que el padre se encuentre privado de patria potestad. En tu caso, sería conveniente valorar la posibilidad de designar en testamento un tutor para el menor.
Nuestro equipo jurídico queda a tu disposición, un saludo.
Buenas noches tengo un nieto por parte de mi hijo la madre del niño murió y el niño quedó con su abuela materna mi hijo se había dejado de la madre del niño pero el está cumpliendo con el niño a quien le queda la custodia del niño
Estimado Julio,
Lamentamos enormemente la situación que nos comentas, quedamos a tu disposición por si deseas conocer tus derechos que tienes como abuelo y cómo ejercerlos.
Un saludo.
Buenas.
En caso de que muera, ya que no tengo familia directa y el padre está desentendido, puedo dejar la custodia de mi hijo a otra persona ¿no?
¿Esta persona puede ser de un país diferente?
Estimada Núria
La regla general es que cuando uno de los progenitores fallece, el otro asume la guarda y custodia del menor, salgo que el padre se encuentre privado de patria potestad. En tu caso, sería conveniente valorar la posibilidad de designar en testamento un tutor para el menor.
Nuestro equipo jurídico queda a tu disposición, un saludo.
Buenas tardes.
Tengo dos hijos uno de 11 años y otro de 9 años. Si llego a fallecer podrían darle la custodia a mi hija mayor de 22 años, o a mi hermana?
El padre de mis dos hijos siempre ha Sido muy responsable con la manutención, pero no quisiera que quedaran con el. Los niños están en capacidad de decidir con quién pueden quedarse. Gracias
Estimada Andrea,
Lo habitual es que los menores, queden bajo la custodia del padre al ser titular de la patria potestad. En casos excepcionales, la custodia puede ser otorgada a otros familiares.
Nuestro equipo jurídico queda a tu disposición para agendar una primera reunión y poder asesorarte sobre la posibilidad de designar a un tutor en testamento para los menores, un saludo.
HOLA BUENOS DIAS DONDE O Q PAPELES REQUIERO PARA DEJAR MI PATRIA POTESTAD A MIS PADRES DE MI HIJA SI POR ALGUNA RAZON ALGUN DIA ME SUCEDE ALGO
Estimada Laura,
En tu caso sería oportuno designar a tus padres como tutores de la menor en testamento.
Quedamos a tu disposición para asesorarte en el proceso, un saludo.
Soy madre custodia de dos hijos menores de edad, estoy enferma y me van a intervenir, el padre debe quedarse con mis hijos durante mi convalecencia?. Gracias
Estimada Tejuga,
Deberíamos entrar a avalorar tu caso concreto, no obstante, si no se establece lo contrario en sentencia o convenio regulador, podría ocuparse de los menores cualquier persona designada de tu confianza. El padre, en su caso, podrá seguir disfrutando del régimen ordinario de visitas.
Un saludo.
Buenas noches como estan yo tengo una hermana con discapacidad si mi madre llegara a morir que se podria hacer porque mi papa no se haria cargo de la custodia de mi hermana que tramite se puede hacer ya que mi hermana no tiene la pension de mi padre
Estimada Martha Cristina,
La situación que nos comentas reviste de una gran complejidad, siendo necesario conocer las particularidades de tu caso para ofrecerte una respuesta fundada en derecho.
Nuestro equipo jurídico queda a tu disposición para agendar una primera consulta en la que ofrecerte un diagnostico jurídico completo tras conocer tu contexto familiar en profundidad.
Un saludo.
Hola buenas tardes, mi madre falleció hace casi 9 meses, y mi padrastro se fue de la casa a los 6 meses, se llevó a nuestro hermano, único hijo que tuvo con mi mamá, nos amenaza a mis abuelos y a mi con ya no dejarnos verlo, él ya vive con otra mujer e incluso ya tendrá otro hijo.
¿Puedo demandar o que puedo hacer en este caso?
Estimada Yuli,
Tanto tú como tus abuelos tenéis derecho a relacionaros con tu hermano, salvo que se estime que es contrario al Interés Superior del Menor.
En caso de que el progenitor custodio no lo facilite de mutuo acuerdo, debe interponerse una demanda de visitas.
Quedamos a tu disposición para cualquier duda, un saludo.
Hola buenas noches quisiera aserle una consulta tengo 2 hijos con mi primer compromiso y me denunció por alimentos por un mes que no le deposite estábamos en ese denuncia y falleció y que pasa en ese entonces fui por mis hijos y como ya estaba separado de ellos su abuela se quedó con mis hijos y pensé c que todo ahy quedaba por qué mi familia y ellos quedamos que se quedaban por el bien de mis hijos y yo tengo mi compromiso y tengo un hijo y puedo recogerme los Ami hijo ya que la abuela suplantó la denuncia y me ase la vida imposible y eso que paso pensión gracias
Estimado Roel,
Lamentamos la complicada situación que nos comentas, no obstante deberíamos conocer más en profundidad tu caso para poder ofrecerte una solución adaptada a tus necesidades.
Quedamos a tu disposición para agendar una primera reunión con el equipo.
Buenos días .me gustaría saber como puede tener la patria potestad mi sobrino . para su hermana . le cuento su madre falleció hace un año .ella era viuda y su hijo de 25 años quiere tener la patria potestad de su hermana de 13 años .por una herencia de parte de mamá cómo lo puedo hacer . La corporación municipal se puede hacer muchas gracias espero su respuesta
Estimada Norma,
En tu caso debemos conocer si el padre se encuentra privado de patria potestad, así como de la situación personal de sus sobrinos.
Nuestro equipo jurídico se pone en contacto contigo para agendar una primera reunión, un saludo.
Buenas mi caso es el sgte mi hija murió hace 9 meses dejo a mi nieto la mamá del papá es el q lo tiene por malos entendidos ella no me deja ni ver ni hablar con el niño tengo yo como abuela materna derecho tener la custodia de el
Estimada Inés,
Lamentamos mucho la situación por la que estás pasando, quedamos a tu disposición para agendar una primera reunión en la que valorar cómo ejercer tus derechos como abuela, un saludo.
Hola, mi hermano falleció el mes pasado, estaba separado y la patria potestad la tiene su madre, ya que no había conseguido la custodia compartida.
Quisiéramos saber qué derechos tiene mi sobrina con respecto a su familia paterna en cuestión de visitas, vacaciones, etc y si está recogido por ley.
Gracias.
Estimada Silvia,
Tu sobrina tiene derecho a relacionarse con sus tíos y abuelos paternos en virtud del artículo 160.2 del Código Civil «no podrá impedirse sin justa causa las relaciones personales del menor con sus hermanos, abuelos y otros parientes y allegados».
Si la madre no favorece las visitas de forma amistosa, deberías acudir a un procedimiento contencioso en aras de solicitar un régimen de visitas al juez competente.
Un saludo.
Hola a mi me pasa un caso similar mi hermano murió hace 5 años y la mamá de su hijo ( mi sobrino) no deja que vaya de visita a mi casa ni a casa de mi madre y el vive llamándome que quiere ir para allá y además mi madre la ayuda con la manutención y yo cuando puedo
Estimada Katiusca,
Como nos comentas, la madre de tu sobrino de debería prohibir las visitas con su familia paterna, ya que tu sobrino tiene derecho a mantener un contacto regular con sus parientes. En todo caso, si la situación no mejora de mutuo acuerdo entre las partes, podría plantearse la posibilidad de solicitar un régimen de visitas a tu favor y a favor de la abuela paterna.
Nuestro equipo jurídico se pone en contacto contigo para agendar una cita, un saludo.
hola buen dia, mi esposa (nos casamos legalmente) fallecio y ella tiene una hija de 15 años pero con sus mismos apellidos ya que no registro al papa biologico, vivia con mi esposa desde que su hija tiene 6 años ahora tiene 15 años, que se puede hacer para que yo pueda tener la custodia?
Estimado Jorge
Deberíamos conocer con mayor profundidad el contexto familiar a fin de poder facilitarte una solución adaptada.
Tal y como nos comentas, no eres el progenitor biológico de la menor por lo que podrías adoptar a la hija de tu difunta esposa.
Nuestro equipo jurídico queda a tu disposición por si desearas agendar una primera consulta con la letrada especialista para poder exponer las particularidades de tu caso, un saludo.
Muy buenos días doctora queria hacerle una pregunta.. esque tengo
Una niña mi pareja falleció
Mi niña quedo con los abuelos pues yo siempre
Estado con mi hija pendiente, después de todo tuve unos inconvenientes con los abuelos de la niña, yo sé que mi error fue pegarle solo era la primera vez , pero ellos me calumniaron de que yo abuse de la niña y por injuria por qué yo mate ala mamá de la niña donde no es así ella falleció de cáncer ..
Y todo pero en los papeles disen , que no se le encontró nada ala niña ella está muy bien …
Y dañaron mi hoja de vida ahí q puedo hacer y lo otro pierdo la constodia de mi niña.. muchas gracias
Estimado Leandro,
Para poder ofrecerte un diagnostico certero de tu caso deberíamos conocer más en profundidad los hechos acontecidos y los procedimientos judiciales en curso o finalizados.
Quedamos a tu disposición para agendar una primera consulta con nuestras letradas especializadas en derecho penal familiar, un saludo.
Hola buenos días, mi pregunta es esta. Mi madre falleció hace un año, ya estaba divorciada de mi padre, pero ella tenía la custodia de mi hermano de 10 años y ahora mi hermana mayor quiere tener la custodia de él, tanto mi padre como yo estamos de acuerdo en que ella puede tenerlo. Pero no sabemos que hacer para que eso suceda.
Estimada Andrea,
En este caso deberíamos conocer si tu padre continúa ostentando la patria potestad de tu hermano menor. En caso contrario, tu hermana podría ser determinada como tutora legal del menor.
Un saludo.
U
Hola buenas noches doctora.. Mi pregunta es mi hermano falleció antes q naciera mi sobrina.. Ahora ya tiene dos años y su mamá lo dio a su madre para q lo crié por ella aduce q esta estudiando por eso no lo puede tener pero su madre también trabaja.. Y anosotros no nos quiere hacer ver.. Q puedo hacer en ese caso
Estimada Janina,
En todo caso, tu sobrino tiene derecho a mantener un contacto regular con sus parientes. Si la madre no facilitara este contacto, deberíamos plantear la posibilidad de solicitar vía contenciosa un régimen de visitas a vuestro favor. Aún así, necesitaríamos más detalles para poder dar un diagnóstico jurídico completo.
Quedamos a tu disposición para agendar una primera consulta con nuestras letradas especializadas, un saludo.
Hola,queria hacerles una consulta.Dios me la tenga muchisimos años en vida a los dos en primer lugar,mi hija tiene dos hijas con su pareja que le dio sus apellidos pero no estan como pareja de hecho ni estan casados,el es mucho mas mayor que ella 25 años,la madre del padre es mas vieja aun.Sin embargo el es de estas personas que cuando ve un problema como una enfermedad siempre le deja las niñas a su madre se va a su casa.En caso de que mi hija dios me la guarde muchos años,pero en caso de que falleciera mi hija esta claro que la custodia se la cederian al padre y este se las daria a su madre ya que el no se ve capacitado para afrontar los problemas de sus hijas.en el supuesto caso de que fallecieran los dos o el renunciara a la custodia queriendola ceder a su madre.legalmente quien se quedaria con la custodia de las dos niñas. su abuela paterna o su abuela materna? gracias
Estimada María,
En primer lugar, es posible designar un tutor para las menores en testamento. En caso contrario, debería acreditarse ante el juez competente quién podría satisfacer mejor el Interés Superior de estas menores.
Un saludo.
Hola. Una pregunta, en caso de que fallecieran los padres y quedarán su dos hijos, el cual uno es menor (12 años) y su hermana (23 años) su hermana se hace cargo de él, pero ella no quiere que sus abuelos lo vean. ¿Que se puede hacer para que los abuelos tengan la custodia? ¿Pueden ellos derecho a quitarle al niño?
Estimada Roxana,
Sería oportuno que los padres designaran como tutora en testamento a la hermana mayor. Para el caso de los abuelos, estos gozan de un derecho de visitas, el cuál si no se ejerce voluntariamente, podrán solicitarlo ante el tribunal competente.
Un saludo.
Mi hermana falleció hace dos años, mi madre quedó a cargo de su hija de 4 años, por dos años la niña vivió con nosotros bien atendida, su padre llega y se la quita dónde el ya tiene la custodia de ella, cabe recalcar que ellos ya no estaban juntos porque el la maltrataba incluso la golpeaba, mi madre aún puede pelear la custodia de la niña?
Estimada María Fernanda,
En España, en casos excepcionales y graves, los juzgados y tribunales podrían otorgar la guarda y custodia de los pequeños a favor de los abuelos y privar a los padres de la patria potestad.
No obstante, estos casos revisten una gran complejidad por lo que para darle una respuesta ajustada a su caso particular necesitaremos conocer su contexto familiar en profundidad.
Nuestro equipo jurídico queda a su disposición si desea agendar una reunión con alguna de nuestras letradas especializadas, un saludo.
Saludos una pregunta esta es la situación d mi hermano y sus hijos si esposa murió el año pasado a lo k mi hermano se kedo con su hijo menor ya k el mayor ya esta casado al cumplir el año mi cuñada d muerta detienen a mi hermano xk le dictaron orden d aprensión x parte d lafamilia d mi cuñada acusando d su muerte ala fecha tiene 4 meses preso el lic defensor revisó la nocrapsia junto con un medico legista para kitar el vínculo k había d saber si mi hermano habia tenido alguna culpa d la muerted su esposa ya k cuando pasaron los hechos el le dio un golpe en la frente a ella y ella murió ocho dias después Lic tiene la prueba junto al medico legista k mi hermano no es culpable d su muerte mi pregunta es si mi sobrino puede pedir la custodia d su hermano temporal ya k mi cuñada dejo un seguro d vida para mi sobrinito alo k le yego un cheke a nombre d mi hermano pero como el esta detenido pues no puede cobrar entonce x eso me gustaría k me dijeran si sobrino el mayor puede pedir la custodia d su hermano para poder cobrar y di se tarda mucho ese tramite gracias
Estimada Mary,
Deberíamos conocer más en profundidad tu caso para poder ofrecerte una respuesta completa. Es necesario saber si con anterioridad al fallecimiento de la progenitora materna tu hermano tenía atribuida la custodia y/o patria potestad del menor, así como las actuaciones obrantes en el procedimiento penal.
Nuestro equipo jurídico queda a tu disposición por si desearas agendar una primera consulta con la letrada especialista para poder exponer las particularidades de tu caso, un saludo.
Hola, yo soy madre soltera tengo 1 hijo de 5 años y deseo q nunca me pase nada pero el otro día tuve un accidente de tráfico y me he asustado mucho, mi madre tiene problemas con la cocaina y no quiero que el día q me pase algo se quede con ella, por otro lado tengo una familia muy desestrucuturada por lo tampoco quiero q nadie se quede con el, la familia del padre nada pq el jamás lo reconoció tiene solo mis apellidos lo q quiero sabes q como dejarle la custodia a mi mejor amiga q es como la tía del niño en caso de q a mi me pase algo q debo hacer?
Estimada Jenifer,
Puedes designar, como tutor de tu hijo, a una persona en testamento. Para poder asesorarte sobre el procedimiento, puedes ponerte en contacto con nuestro equipo jurídico.
Quedamos a tu disposición. Un saludo.
Buenas tardes queria hacer una consulta .. En caso de yo fallecer quiero dejar a mis nenes con Capacidades Especiales a mi pareja ya qué su papá nunca sé hizo cargo de ellos y nunca más los vio y mi pareja es quién me ayuda a criarlos y quién me acompaña en sus terapias y quieciera dejarselos en caso de yo fallecer !!! Gracias
Estimada Nidia,
En tu caso es esencial otorgar testamento nombrando un tutor personal para tus hijos. Una de nuestras letradas se pone en contacto contigo para asesorarte, un saludo.
Buenos días,
Me ocurre algo similar, quisiera dejar constancia de los tutores de mi pequeño en caso de nos sucediese algo.
Un saludo
Estimada Rosa,
Nuestro equipo jurídico se pone en contacto contigo para asesorarte, un saludo.
Hola una pregunta mi hija falleció y d3jo una niña de 3 años ella estaba separada de su pareja y al ella ser hospitalizada el sr llevó a la niña y ahora no permite que la veamos yo como abuela de la niña quisiera saber que derechos tengo sobre ella.
Estimada Neyda,
Los abuelos tienen derecho a relacionarse con sus nietos. En el caso que lamentablemente uno de los progenitores no facilita esta relación es necesario solicitar al Juzgado competente el establecimiento de un régimen de visitas.
Nuestro equipo jurídico se pone en contacto contigo para asesorarte, un saludo.
Buenas mi hermano tenía la custodia y fallece y la madre tiene medida de protección la juez me da custodia provisional pero la madre quiere la guarda y crianza que probabilidades tengo de que me los den a mi
Estimada Damaris,
Existen sentencias en las que se atribuye la guarda y custodia de menores a familiares. Para indicarte las probabilidades de una custodia a tu favor deberíamos conocer más en profundidad tu caso, pues esto dependerá de quien satisfaga mejor el Interés Superior de estos menores.
Un saludo.
Quisiera preguntar si yo llegara a fallecer . Quisiera seder la patria potestad a mi hermano para que se quede con mis 4 hijos.
Aunque el papa de mis hijos viva. Se puede hacer eso.
Lo que pasa que me operarán de un problemaa de salud. Y solo quiero que mi hermano se quede con la patria potestad.
Estimado Antonio, la norma general, salvo excepciones es que en caso de que un progenitor fallezca será el otro quién asumirá la guarda y custodia de los hijos en común.
No obstante, puede haber excepciones a la regla pero deberíamos analizar su caso en profundidad para saber si su caso encaja en alguna de ellas.
Si desea una análisis de su caso no dude en ponerse en contacto con nuestro equipo jurídico.
Que pasa si firmas aún hijo la custodia de sus hermanos para un trámite ,y después el decide quitarte los puedes recuperarlos
Estimada Cristal,
Los trámites de cesión de guarda y custodia son complejos. Bajo esta premisa, la situación planteada requiere un análisis en profundidad de sus antecedentes y contexto familia.
Nuestro equipo legal queda a su disposición si desea agendar una consulta con alguna de nuestra letradas especializadas.
Hola tuve una hija y su mamá falleció cuando nació
.Yo le firme la guarda a sus abuelos maternos. En principio yo quería tener vínculo con ella,pero ellos me echaron y no me permitieron ver más a la niña.Ahora han pasado más de 9 años que no la veo y los abuelos me exigen que cumpla con mis roles.Yo Psicologicamente no estoy apto para verla y para responder como padre.Que se debe hacer en estos casos
Estimado José,
Deberíamos conocer más en profundidad tu caso para conocer si ostentas la patria potestad de la menor.
Un saludo.
Buenas tardes, pretendo realizar un proceso jurídico ya que mi hermana murió y tenía una bebé de dos años que todo el tiempo vivió con Migo y mi hermano pero el papá se la llevó al momento de fallecer la mamá y ya no no la deja ver, quisiera saber exactamente qué derechos tengo como tía de la menor
Estimada Leydi,
Lamentamos enormemente la situación que estáis atravesando, en vuestro caso sería interesante valorar la posibilidad de solicitar la atribución de la guarda y custodia de la menor a vuestro favor. En todo caso tenéis derecho a que se establezca un derecho de visitas y comunicaciones respecto a la menor a vuestro favor, dicho derecho de visitas se puede solicitar judicialmente vía un procedimiento contencioso.
Nuestro equipo queda a vuestra disposición, un saludo.
Hola soy madre soltera. Quisiera saber en caso que me pase algo como dejar que a mi hijo lo cuide mi hermana hasta su mayoría de edad. Tengo pareja y otra hija con mi pareja pero quisiera que mi hermana sea la que se haga cargo en caso que me pase algo. Como hacerlo legal. Gracias
Estimada Adriana,
Nuestro equipo jurídico se pone en contacto contigo para informarte de las opciones en la caso que planteas. Un saludo.
Mi hija falleció en mayo estaba con la monoparental. Al fallecer se hizo cargo el padre de mi nieta. Lleguemos a un pacto de que yo tendría la peque una vez por semana y un finde semana cada uno . Mi pregunta es el solicito la paga de orfandad y creo que se la han denegado eso es posible ? Que puedo hacer yo ?
Otra pregunta es puedo solicitar la custodia compartida?
Un saludo
Estimada Isabel,
Para darte una respuesta certera deberíamos conocer los motivos por los que han denegado la paga de orfandad a tu nieta.
El régimen de visitas acordado es el usual para abuelos u otros parientes, solo en caso de que el progenitor paterno no sea idóneo para el cuidado de su hija o incumpliera los deberes parentales podrían solicitar que se atribuyera la custodia de la menor a tu favor.
Un saludo.
buenas tardes la mama de los hijos de mi esposo fallecio y quisiera saber si es posible que yo quede como madrastra en custodia compartida con el padre y que debemos hacer
Estimada Daniela,
En primer lugar debes adoptar a los hijos de tu pareja, lo cual debe realizarse mediante una solicitud de adopción presentada ante el Juzgado de Primera Instancia donde residas.
Nuestro equipo jurídico se pone en contacto contigo para asesorarte en el inicio y tramitación de este procedimiento, un saludo.
Buenas tardes doctora mi hermano falleció y dejo un hijo desde el momento que el faltó nosotros hemos estado pendiente de todo lo del niño al principio la madre nos dejaba compartir con el pero ahora ya tiene pareja nos niega el niño que debemos hacer muchas gracias
Estimada Adriana,
En primer lugar lamentamos la situación que nos relatas. Si no es posible alcanzar un acuerdo con la madre del menor, será necesario interponer un procedimiento contencioso en aras de solicitar un régimen de comunicaciones y visitas.
Un saludo.
Mi hija va a entrar en un centro de desitosicacion,tiene un niño de cuatro años en custodia compartida con el padre,en este tiempo de reclusión como podriamos hacer para que la semana que le tocaria el niño a mi hija la pasara con nosotros,en su misma casa,el niño no saldria de su entorno,su colegio etc.Gracias.
Estimada Eva,
En el caso que nos presentas, sería oportuno intentar alcanzar un acuerdo temporal de forma amistosa con el padre, en caso contrario, deberíais solicitar un derecho de visitas a través de un procedimiento contencioso.
Una compañera del equipo jurídico se pone en contacto contigo para asesorarte, un saludo
hola buenas, la madre de una de mis mejores amigas fallecio hace unos meses y solo están ella (12 años) y su hermana (16 años) y su padre al que no soportan y el padre y su familia paterna hacen muy malos comentarios y no tienen ningún tipo de tacto con el tema de su madre, las dos se llevan muy mal con su padre y no querrían estar con el, están esperando a que su hermana mayor cumpla 18 para irse de casa, pero de momento lo están pasando muy mal y no saben q hacer, con la familia de su madre se llevan bien, tiene una tía que tiene un bebé y sus abuelos también.¿que pueden hacer para no tener que soportar a su padre, por lo menos todo el tiempo?
Estimada Berta.
Existe la posibilidad de que la tía matera de tu amiga solicite a su favor la atribución de la guarda y custodia de sus sobrinas menores, no obstante, deberíamos conocer más en profundidad el caso que nos expones para indicarte si esta solicitud sería viable.
Quedamos a tu disposición para cualquier duda, un saludo.
Buenas noches. Pretendo realizar tramite de retiro total de fondos de afore a nombre de mi menor hija por fallecimiento de su padre. Tengo la Resolución de Pensión por Horfandad y demás documentación como son Acta de Nacimiento, Acta de Defunción etc. Mi duda es porqué me exigen documento de Patria Potestad, cuando estoy presentando el Acta de Nacimiento de mi hija y todos mis documentos de identidad, con lo que considero estar acreditando mi ejercicio pleno de la Patria Potestad. Será acaso necesario solicitar una Declaración Judicial de Patria Potestad a mi favor?
Buenos días Maricela,
En atención a tu consulta, en casos de hijos menores para efectuar este tipo de trámite se requiere una Identificación oficial de quien ejerza la patria potestad o del tutor.
Esperamos haber solucionado tu duda.
Un saludo,
Saludos quisera saber que puedo hacer mi hermana facellecio y su esposo tambien ellos dejaron una nena de 8 años yo la cuidaba antes de que pasara esto la nena se la di ami madre x ser abuela la quiso tener ella ahora mi otra hermana esta peliando la custodia y dice que se la quitaran a mi madre x no tener esposo y ser una persona de bajo recursos la nena estudia yo estoy siempre al pendiente de ella yo la llevo y la traigo de estudiar que podriamos hacer en este caso cabe de mencionar que mi hermana ya se aserco ala pgn y dice que si nosotros no cedemos ala nena con ella la pgn la quitara y nunca mas la veremos ayuda x favor
Estimada Elisabeth,
Lamentamos mucho tu caso. Debido a la complejidad del asunto, te recomendamos que concretes una cita con nuestras letradas para que, tras analizar detenidamente tu contexto familiar, te puedan mostrar las distintas alternativas posibles.
Un saludo.
HOLA BUENAS TARDES, MI HERMANA FALLECIO HACE UNOS MESES, MI SOBRINO DE 9 AÑOS SIEMPRE HA VIVIDO CON SUS ABUELOS MATERNOS, INCLUSIVO ESTANDO EN VIDA MI HERMANA, POR SU TRABAJO Y EL DE MI CUÑADO EL NIÑO DESDE QUE NACIO HA ESTADO A CARGO DE LOS ABUELOS, AHORA AQUI ELLA FALLECIO Y MI CUÑADO POR DECISION DE MIS PAPAS ESTA VIVIENDO EN SU CASA, PERO AL NIÑO LO DESCUIDA, TOMA MUCHO Y LLEGA HASTA ALTAS HORAS TOMADO, MI MAMA TIENE QUE ANDAR DETRAS DE EL PARA QUE LE HAGA EL MANDADO DEL NIÑO, SI EL NIÑO OCUPA ALGO PARA SU ESCUELA O BINESTAR NUNCA TIENE DINERO, APESAR QUE RECIENTEMENTE LO AUMENTARON DE PUESTO, MIS PAPAS NO QUIEREN DECIRLE NADA POR MIEDO A QUE SE MOLESTE Y DECIDA LLEVARSE AL NIÑO, MIS PAPAS QUISIERAN TENER LA CUSTODIA DEL NIÑO, ….
Estimado Viri,
Lamentamos enormemente tu pérdida. Nos ponemos en contacto contigo para asesorarte.
Un saludo
Buenas noches mi nombre es Esteban carías el día 4 de noviembre ha muerto la madre de mi hija la cual ha tenido la custodia de Ella desde hace 7 años no se nos divorciamos hace 5 años y lamentablemente ya fallecido y me pongo en contacto con su hermano mayor y me dice que te deja un documento acreditando la guardia custodia de mi hija que debo hacer en este caso. agradeciendo de antemano cualquier asesoramiento que me puedan dar….
Estimado Esteban,
Nuestro equipo jurídico se pone en contacto contigo para asesorarte.
Un saludo
Buenas noches. Estoy enferma y no se se voy a poder recuperarme, tengo un hijo de 14 años que ha sido criado por mí y mí pareja desde que el tiene 4 años ya que me separé del padre y el jamás se hizo cargo del niño y solo paso una cuota mínima mensual. Quiero saber si mí pareja puede quedarse con el después que yo ya fallezca. Mí hijo no quiere vivir con su papá, pero quiere seguir viviendo con su padrastro. Me pueden asesorar si puedo hacer algo para quedarme más tranquila.
Estimada Milena
Lamentamos enormemente la situación que nos relatas, no obstante, para poder dar una respuesta a la consulta planteada necesitaríamos conocer en profundidad tu contexto y situación familiar. Nuestro equipo jurídico se pone en contacto contigo a la mayor brevedad. Un saludo.
Buenas noches que sucede cuando ambos padres fallecen y existen hermanos mayores? También se debe realizar este procedimiento?? Para que los hermanos mayores (25 ños) se encarguen de ellos… gracias.
Estimada Ana,
En efecto, tal y como índicas, este procedimiento también es el previsto para los casos en que son los hermanos mayores de edad quienes desean ostentar la guarda y custodia de los pequeños, un saludo.
Mi caso es el mismo que la chica pero con un niño de dos años
Mi hija murió hace ocho meses y me dejó un niño de diez años y una niña de tres años no son hijos del mismo papá ella era madre soltera y se casó años despues . Ya casada nació la niña siempre vivieron conmigo x su enfermedad de mi hija el papá de la niña venía cada semana a ver ala niña pero ahora me pidió ala niña prestada x quince días y yo acepte pero ya no me la quiere regresar y dice que se la va a llevar a Sinaloa puedo hacer algo para evitar se la lleve y me la devuelva
Estimada Eva,
Lamentamos enormemente la situación que nos relatas, nuestro equipo jurídico se pone en contacto contigo para actuar a la mayor brevedad posible.
Un saludo.
Hola soy madre de tres niños y he caído enferma quisiera información sobre algo se podría poner en contacto conmigo gracias
Estimada María del Mar,
Nuestro equipo jurídico se pone en contacto contigo a la mayor brevedad posible. Un saludo.
Hola soy madre soltera el padre biológico vive muy cerca de mi hogar pero en los tres años de vida de mi hija jamas se ha hecho cargo de ella en estos momentos me encuentro en una situación de salud algo delicada asi que mi duda es que pasaría en caso de fallecer.
* si el no la busca xon quien se quedaria mi hija?
* si el se entera tiene derechos a reclamarla?
*
Estimada Rocio,
Lamentamos la situación que nos cuentas, nos ponemos en contacto contigo para actuar preventivamente con rapidez.
Un saludo.
Buen día
Soy madre soltera y tengo una bebe de un año, el padre de mi bebe y yo le registramos al nacer, sin embargo el no se hizo responsable ni visito a la bebe hasta hace unas semanas.
Entiendo que en caso de mi muerte todos los derechos pasarían a él, sin embargo me preocupa ya que es una persona emocionalmente inestable y podría hacerle daño.
¿Hay alguna manera de ceder mis derechos a la abuela de mi pequeña en caso de muerte?
Estimada Estefanía,
En tu caso deberíamos valorar la posibilidad de nombrar a la abuela como tutora de las menor en testamento.
Nuestro equipo jurídico se pone en contacto contigo para agendar una reunión, un saludo.
Buenas tardes, mi hermano acaba de fallecer y tiene dos niños, la mamá nunca estuvo casada con mi hermano y los abandono desde que tenían 2 y 3 años, mis sobrinos actualmente tienen 12 y 13, la mamá regreso y se los llevo de la casa paterna donde vivían con mi hermano. Es alcohólica y aunque actualmente está en casa de sus papás, uno de ellos es alcohólico. Quiero pedir la guardia y custodia de mis sobrinos pues me preocupa su situación emociónal. Que puedo hacer?
Estimada Estela,
En tu caso es importante actuar rápidamente para solicitar la atribución de la guarda y custodia de tus sobrinos a tu favor.
Nuestro equipo se pondrá en contacto contigo, un saludo.
Buenas tardes, mi hermana quedó viuda , a dos meses de separarse de su esposo, al mes su suegra le quitó a sus hijas la señora se las llevó a vivir a otra parte , ya llevan 2 años en los juzgados y no se resuelve nada mi hermana esta desesperada y que más se puede hacer por favor alguien que nos pueda orientar por favor…
Estimada Lizbeth,
Para poder darte una solución necesitaríamos conocer más en profundidad tu caso, así como, el estado del procedimiento judicial que nos indicas.
Nuestro equipo se pondrá en contacto contigo para intentar ayudarte, un saludo.
Voy a tener un bebé pronto, pero el papá es violento y alcohólico acudí al juzgado por medidas de restricción el no se me puede acercar. Por haberme golpeado ya embarazada insultando al bebé. Si yo falleciera por alguna razón, el se quedaría con mi bebé? O mi madre podría pedir la patria potestad? El bb nace en enero y las medidas se renovarían en febrero. Si tengo maneras de demostrar que es violento y que consume alcohol en gran cantidad y me amenaza con quitármelo. Respondan por favor
Estimada María
La situación es muy delicada y entendemos que lo estés pasando mal. Sería conveniente iniciar un procedimiento de medidas y solicitar la restricción en el ejercicio de la patria potestad del padre. Nos ponemos en contacto contigo para ayudarte. Un saludo
Buen día, mi nombre es yurani sanchez de Colombia, mi hermano vivió algún tiempo con la mamá de su hijo que actualmente tiene 18 meses , ellos se separaron y la madre se fue a vivir con sus papás , la mujer murió este mes y ahora y desde antes; los abuelos le ponían Trabas a mi hermano para ver el niño , Quién debe quedar con la custodia del niño?
Estimada Yurani,
El caso que nos presentas es complejo, pues debemos saber si tu hermano ostenta la patria potestad del menor hoy en día. En todo caso, los tribunales otorgaran el guardia y custodia del bebé a aquella persona que satisfaga el interés superior del menor.
Quedamos a tu disposición.
Buenas tardes mi nombre es Catmen Garcia de Acapulco guerrero hace 10 años mi papá le dieron la custodia de mis dos hermanas por que la mamá es muy irresponsable y ella no tenía ningún derecho a llevárselas ya que ella misma firmó que no podía hacerse cargo de las menores , ahora mi papá tiene 6 meses que murio desgraciadamente afuera de mi casa le arrebataron la vida Yo como hermana mayor decidimos decirle ala mamá que se hiciera cargo de las niñas y si acepto le dimos la casa de mi papá para que ahí estuvieran y no peligraran con ella por fuera ya que ella renta un cuarto pero en el transcurso del tiempo de la muerte de mi papá la señora de la pasa golpeando ami hermana de 14 años la humilla y las deja solas en la casa no llega a dormir y debes en cuando las manda con una señora y no se preocupa si comen o ono mi hermana de 14 años me a dicho que ya no aguanta más de estar con ella por qué se va a tomar no llega a dormir no compra comida y mete ala casa de mi padre asu pareja . Yo como hermana mayor quisiera saber si puedo pelear la custodia de las niñas o de la mayor de 14 años mi otra hermana tiene 11 años
Buenos días Carmen,
No existe problema en solicitar y atribuir la guarda y custodia a un tercero, distinto los progenitores, como son los abuelos, tíos o hermanos mayores, aunque estos casos revisten de una cierta complejidad por lo que sería necesario analizar tu contexto familiar en profundidad a fin de poder ofrecerte el mejor asesoramiento posible.
Un saludo,
Puedo pedir la custodia de mi sobrina después de la muerte repentina de su madre , el padre siempre estuvo ausente y no estuvo al día nunca en la manutención.
Estimada Evelyn,
Si bien conseguir la custodia de una sobrina no es sencillo, existen sentencias que otorgan la guardia y custodia de menores a tías cuando uno de los progenitores fallece, y el otro no está capacitado para el cuidado diario de los menores.
Nos ponemos en contacto contigo, un saludo.
buenas tardes tengo a mi cuñada que acaba de fallecer deja una hija en custodia de su hermana pero hace uno dias el papa de la hija se aparecio pidiendo la custodia de ella pero despues de su fallecimiento de mi cuñada encontramos en su celular pruebas que el papa la tenia amanenazada de muerte por ello no sabemos que acciones tomar para tener la custodia de la hija que se encuentra en custodia de su hna.
Estimado Miguel.
Lamentamos la situación que nos expones.Nuestro equipo se pondrá en contacto contigo lo más rápido posible para poder ayudarte.
Un saludo
Son hermana mayor de 26 año, mi hermana menor tiene 15 años, de padres diferentes ella es hija de la pareja de mi madre q fallecio q derecho tiene el nuestra casa
Estimada Yisel,
Nuestro equipo se pondrá en contacto contigo para poder ayudarte, un saludo.
Mi hermana falleció hace ya 11 años y mis sobrinos los estamos criando con mi mama quería saber como hacer para hacer la guarda legal
Estimada Rocio,
Nos ponemos en contacto contigo por email para indicarte los pasos a seguir. Un saludo.
Hola, porfavor quiero me ayude. Mi hermano falleció y sin saber dejo a la enamorada embarazada de gemelos y quisiéramos convivir con los bebes la chica no la conocemos mucho ahora ya tiene pareja la mamá de ella es quien ve por los bebes en sus cuidados aparte mi hermano dejo bien económicamente a los bebes sin saber pero mensual reciben su pensión esta chica quiere llevar a los bebes a que los cuide la actual suegra que tiene pero su mamá nos cuenta que no le parece que mejor se los quitemos es posible eso?
Estimada Jhossily,
En circunstancias excepcionales la guarda y custodia de los menores puede ser atribuida a personas distintas de los progenitores es decir a abuelos o parientes, como los hermanos del progenitor paterno fallecido ante la imposibilidad del otro progenitor de ejercer de forma adecuada la guarda de sus hijos.
En este sentido, resulta especialmente importante la ausencia de convivencia con los padres para conceder la guarda y custodia a abuelos, tíos… Si deseas un asesoramiento en profundidad acerca de la viabilidad de la situación que nos expones no dudes en poner en contacto con nuestro despacho, estaremos encantadas de ayudarte.
Un saludo.
La mama de mis hijas ESTA a Punto de fallecer de cancer, pero me di cuenta que su familia la hizo que grabara UN video diciendo que quiere que Las niñas SE queden con SUS padres poniendo como argumento que yo usaba droga cuando empece la relacion con su ella, mi vida es estable y Tengo donde pueden vivir Las niñas , es seguro libre de drogas y de violencia, en casa de mis padres mientras yo construyo mi casa en UN terreno de enfrente de con mis padres, que puedo hacer en mi Caso,,solo una niña tiene mis apellidos la Otra no porque me metieron preso (delito del que fui absuelto) y su mama necesitaba registrarla por cosas del seguro.
Buenos días Alfonso,
Lamentamos la situación que te está tocando vivir. En atención al caso que nos describes, lo más conveniente sería concertar una primera reunión con alguna de nuestra abogadas especializadas a fin de que podamos asesorarte de la mejor forma posible ante las circunstancias que estas atravesando.
Un saludo,
Hola, convivio con mi pareja, legalmente establecida como pareja de hecho, cada uno de nosotros tenemos un hijo; tanto el padre de mi hijo, como la madre del hijo de mi pareja han fallecido, ¿cómo podemos tener la tutela de los niños ambos? o ¿es inherente al hecho de ser pareja de hecho?
Gracas.
Estimada Soraya,
En el caso que nos presentas resultaría beneficioso que ambos adoptarais al hijo del otro. Quedamos a vuestra disposición para iniciar los trámites pertinentes, un saludo.
Hola mi ex cuñada murio el 24 12 2021 mi hermano estuvo pendiente todo el tiempo y tienia comunicación cn la niña de 4 años el fue y no la kisieron entregar los abuelos y bisabuelos que pude ase
Estimada Magali,
Las relaciones de un menor con sus abuelos no pueden impedirse sin justa causa en atención al artículo 160.2 del Código Civil. Por ello, en tú caso, si los progenitores no facilitan estas relaciones, deberíais acudir a un procedimiento contencioso para solicitar las pertinentes visitas ante el juez competente.
Un saludo.
Buenas tardes quisiera asesoramiento, la madre de mí hijo acaba de fallecer de covid. Y en este momento yo viaje a misiones para estar con el y poder llevarlo conmigo. Yo soy padre presente y quisiera saber si el niño puede irse conmigo siendo que está reconocido legalmente. Y teniendo en cuenta que en ambito dónde se encuentran no es muy apto para la crianza
Estimado Garay,
Si la madre era la progenitora custodia, deberás instar una procedimiento de modificación de medidas solicitando el cambio de guarda y custodia, para ser legalmente el progenitor custodio de tu hijo. En este procedimiento, también es posible solicitar el cambio del lugar del domicilio del menor. Un saludo.
Falleció mi esposa ase dos años y ahora mi suegra mepelea la guardia y custodia apesar que cuando eya tenía tres meses misuegra la de mandé por restricción de menor que puedo Aser para que no me sigamolestando
Estimado Marcos, lamentamos tu pérdida. Solicita una consulta y te orientaremos sobre los pasos a seguir.
Saludos
Facelle la madre de mis hijos y yo me quiero hacer cargo de ellos, yo tengo una relación en la cual vivo hace 4 años con ella y la familia de la madre me impide que yo me los lleve. Que puedo hacer. Ya que puedo demostrar mi estabilidad económica y como familia.
Estimado Diego,
Nos ponemos en contacto contigo vía email. Tienes derecho a solicitar la custodia.
Un saludo
hola, he estado consultando sobre el tema porque tengo dos hijos pequeños y convivo con mi pareja, pero últimamente he pensado que si falleciera, deseo que mis hijos se queden con mi mama (abuela materna) debido que ella siempre me ha ayudado con el cuidado y protección de mis hijos. Mi pareja es el padre biológico, pero he notado que los vínculos afectivos de mis hijos con su padre no es fuerte, el es una persona que trabaja por el sostenimiento del hogar. Seria posible que le otorguen custodia mi mama?, he pensado en dejar un documento notariado donde se exprese mi voluntad, esto es valido?
Gracias
Estimada Luz,
Efectivamente dejar constancia de tu voluntad podría ayudar. Te aconsejamos solicitar una consulta con nuestro equipo de especialistas. Un saludo
Buenas noches: Como se solicita la custodia de un niño con condiciones especiales, y que su madre falleció? Ella nunca reveló quien fue el padre del niño. En este momento el menor va ser desafiliado de la EPS. Requiere un tratamiento especial por su condición de salud. No sé cómo afiliarlo a la EPS. Yo soy su madrina. No sé q hacer. Gracias
Estimada Nora
Nuestro equipo se pone en contacto contigo.
Un saludo
Buenas tardes quisiera una asesoría ya q el padre de mi hija hace 3 años tenía la custodia de la niña y el hace ya casi 2 años se la dejo a mis papás, yo vivo fuera de Bogotá y por temas de tiempo de el nunca fue posible q el le cediera la custodia a mi papá de la niña como en varias ocasiones ellos lo hablaron, él papá de mi niña falleció hace 20 días y no se que debo hacer ahora para q la custodia quede a mi nombre o a él nombre de mi papá, la familia de él no me quiere dar ningún documento q diga q el falleció. En este caso q debo hacer ya q temo q la familia de él me quite a mi hija. Y yo con la familia de él no la voy y tengo miedo de q vuelvan a aislarmen de mi hija.
buenas tarde Dr mi hija le da un dolor estando trabajando 17 de julio 2017 se yebo al medico la Evaluan y suben a Cirujia x q hay q operar el caso es q no regreso c vida de una APENDICETOMIA AGUDA ,deja una menor el caso es q le suspenden las quincena en el mes de abril 2022 yo tutora de la menor ya que tambien fallecio el padre cuando la zona educativa del Edo Cojedes. meda la l4 100 es x q les entrego acta de Funcion de anbos tutela, declacion de herederos universales, autorizacion judicial en fecha 2019 biene la pandemia la cuarentena y los dias flexibles de repente no subieron la imformacion al ministerio yo notifico a la tibunal del menor Dr juan ferrer elabora un escrito al jefe de zona Lic. Cesar hernandez contesta altribunal la Abg. Maribel Mariño dc asi CABE DESTACAR QUE PARA EL MOMENTO DEL FALLECIMIENTO DE LA FUNCIONARIA NO LE NACIA TAL DERECHO PARA INCOAR LA DEVIDA SOLICITUD. NOTA SI POR ALGUN MOTIVO USE QUINCENA DE LAS DEPOSITADAS EN CUENTA YO, LE EXPONGO AL MINISTERIO DE EDUCACION QUE LAS TOME DE LAS PRESTACIONES SOCIALES DE LA CUJUS, Y TAMBIEN DE LAS MIA SOY PERSONAL ADMINISTRATIVO
Estimada Delfina,
Lamentamos enormemente tu caso. Sin embargo, debido a la complejidad del asunto y para darte una respuesta ajustada a derecho necesitaríamos contar con más datos.
Nuestro equipo jurídico queda a tu entera disposición, un saludo.
Hola mi nombre es silvana ovando y quisera saber si puedo pelear la guarda de mi sobrino de 4 años ya que su padre desde su nacimiento estuvo ausente tiene su apellido y mi hna fallecio el 5 de agosto de 2020 y el 13 de agosto 2021 pidio tener contacto se lo permiti y ahora no nos quiere restituir al nene que por sobre todo nunca vio a su padre ahora esta con un completo desconocido. Lo crie yo ya que mi hna subria hiv( sida) enfermo muy grave y murio desde entonces el siempre estuvo conmigo y mi mama su abuela
Estimada Silvana,
Lamentamos tu perdida. Nuestro equipo se pondrá en contacto contigo para ayudarte y orientarte en tu objetivo de solicitar la guarda y custodia de tu sobrino.
Mi pareja tiene dos hijos en custodia compartida con los que convivo desde que eran prácticamente bebés, y además tenemos un hijo en común.
No estamos casados, aunque lo haremos en breve, ¿tendría derecho a un régimen de visitas con los niños de mi pareja en caso de fallecimiento?
Me gustaría saber esto tanto en el supuesto de estar casados como de no estarlo.
Estimada Mónica,
Tendrías derecho a visitas por ser allegada, pero recomendamos que hagáis un acuerdo (que podemos redactaros nosotros) por el que quede constancia del deseo de tu pareja en que esto sea así si él falta. Te escribimos por email para explicarte. Un saludo
Mi esposo tiene un hijo pero no vive con el vivía con la madre pero ella acaba de fallecer ahora el niño vive con la familia de la madre como el puede tener asu hijo q debe hacer
Estimada Ana,
Te recomendamos ponerte en contacto con nuestro equipo urgentemente para explicaros como proceder.
Un saludo
Buenos días, tengo la custodia y el ejercicio de la patria potestad de mi hija y convivo con mis padres, puedo dejar un documento escrito de acuerdo con el padre de mi hija donde dejamos constancia que sí me pasara algo mi madre tendría la custodia? Muchas gracias
Estimada Tamara,
Te contactará nuestro equipo para explicarte como proceder.
Saludos,
Buenas noches: Como se solicita la custodia de un niño con condiciones especiales, y que su madre falleció? Ella nunca reveló quien fue el padre del niño. En este momento el menor va ser desafiliado de la EPS. Requiere un tratamiento especial por su condición de salud. No sé cómo afiliarlo a la EPS. Yo soy su madrina. No sé q hacer. Gracias
Buenos días , mi hija de 7 años vive con su padre desde hace un año, yo me fui con mI hija al separarme de el de su casa y alquile 2 años nunca recibí ayuda de ningún tipo , no pude seguir sosteniendo la situación y el padre tiene un buen nivel económico por lo cual la compartimos pero esta mas con el. Hace.dos meses que el tiene problemas de corazón y tengo miedo le suceda algo en ese caso que sucedería por ej con el.hogar donde vive mi hija??ella ama su casa y yo alquilo un monoambiente y no podría darle la vida la que se encuentra acostumbrada
Estimada Silvia,
Para poder asesorarte mejor y darte un diagnóstico jurídico completo, necesitamos tener más datos sobre tus circunstancias concretas. En este sentido, puedes ponerte en contacto con nuestro equipo jurídico, estaremos encantados de atenderte.
Un saludo.
Hola mi hermana murió hace un mes y dejo dos niñas 11 y 12, su papá estába con otra persona y yo vi a mi hermana en los últimos años kien puede quedarse con las niñas ya que el se kiere juntar de nuevo y quiere llevarse alas niñas. Hojala m pueda ayudar
Estimado Diego, siendo un tema complejo recomendamos que solicites una consulta. Un saludo
Hola buenas tardes bendiciones, mi exesposa falleció, tengo 1niña de 5 años la cual tiene la abuela materna, no quiere entregármela, soy responsable, trabajo mantengo a mi hija, tengo una nueva pareja, no tengo hijos con ella quisiera quedarme con mi niña, como debo actuar porfa
Estimada Piedad,
Lamentamos enormemente la situación que estás atravesando. Nuestro equipo se pondrá en contacto contigo para poder asesorarte.
Un saludo.
Hola soy Sebastian, por favor si me ayudan, con mi esposa tenemos un hijo, pero ella está grave de salud y temo su fallecimiento, quiero saber como hago para obtener la patria potestad de mi hijo, porque quieren que la custodia sea compartida con la abuela materna, ella nunca estuvo a cargo de mi hijo, y soy yo el que ha estado con el, la que me ayudado es la tía el tiempo que no puedo por motivos de trabajo, pero la tía abuela está de acuerdo conmigo que sea yo quien obtenga la patria potestad, gracias.
Estimado Sebastian,
Te enviamos un email para poder ayudaros. Un saludo
Hola mi hermana fallecio hace un año dejo una niña de 2 años hasta entonces la niña a estado con su padrastro y abuela y tias materna 15 dias con cada uno pero ahora el padrastro ya no quiere k la niña ste con su abuela ni tias materna ahi alguna posibilidad de k abuela o tia se queden con la custodia de la niña
Lamentamos tu pérdida. Nos ponemos en contacto contigo vía email. Un afectuoso saludo,
Hola… Mi tia hace 1 año y medio fallecio. Dejo 2 nenas menores. El padre de las nenas no se quiere hacer cargo. Quiero saber si yo como prima me dan la guarda o tenencia?? Ya hace 8 meses q viven conmigo.
Estimada Mishel
Podemos ayudarte en la gestión, contacta con nuestro equipo.
Un saludo
Buenas tardes tengo una pregunta mi hermano falleció y nosotros queremos saber del niño mis papás quieren estar pendientes y ella dice q no q podamos a ser por favor nosotros adoramos ese niños q podemos hacwr
Estimada Nataly,
Los abuelos del menor podrían solicitar un régimen de visitas a su favor, nuestro equipo jurídico se pone en contacto contigo para asesorarte.
Un saludo.
Hola tengo una hija la madre falleció ahora la niña la tiene la abuela cómo puedo pedir la custodia de mi hija
Estimado César
Nos ponemos en contacto contigo para ayudarte.
Un saludo
Hola mi hermano y su polola tuvieron un bebe y ella lamentablemente fallecio mi hermano siempre estubo presente en el embarazo mi sobrinito estaba en neonatologia y el haciendose cargo desde el pricipio lo registro con su apellido y su prevision todos sus tramites y al momento del alta del niño le entregaron los cuidados provisorios a la pareja del hermano de ella que se puede hacer en este caso ya que estamos bastante tristes con todo esto…
Estimada Katherine,
Tu hermano deberá solicitar en un procedimiento judicial la atribución de la guarda y custodia del menor a su favor. Un saludo.
Hola, buen dia.
Hace dos meses fallecio mi hermana ella deja a dos menores de edad, el cual viven conmigo ( tia materna ) pero sobrevive el padre, en este caso ¿puedo solicitar guardia y custodia de los menores para que ellos sigan viviendo conmigo?
En determinadas circunstancias sí, de hecho hace poco conseguimos una custodia para una abuela. Ponte en contacto con nosotros vía email info@vestaliaasociados.es Un saludo
que ocurre en el caso de parejas de hecho? si fallece uno de los progenitores , y no hay pacto entre los progenitores, quien se queda con la custodia del menor?? se atribuye al progenitor superviviente o puede otorgarse a un tercero.
y si el progenitor superviente tiene una discapacidad visual, ceguera? supone un impedimiento total para obtener la custodia del menor
Estimada María
Nuestra especialista se pone en contacto contigo vía email. Saludos
Buenos días
Vivo con mi pareja, nuestra hija en común y mi otro hijo de una relación anterior (tengo Yo la custodia y el padre un regimen de visitas). En caso de Yo fallecer, hay algo que pueda hacer legalmente, para asegurarme de que mi hijo siga haciendo vida con mi pareja (es como un padre para él) y con su hermana? Mi hija tiene su vida y colegio Donde Vivimos. Su padre vive a unos 50 km de aquí. Gracias
Estimada Anabel,
Nuestra especialista se pone en contacto contigo. Un saludo
Estoy en la misma situación que tú, que te han contestado?
Buenas tardes Esther, te enviaremos un email. Un saludo,
Buenos días
Vivo con mi pareja, tengo dos hijos de otras relaciónes uno es menor y el otro mayor (tengo Yo la custodia y el padre un regimen de visitas). En caso de Yo fallecer, hay algo que pueda hacer legalmente, para asegurarme de que mis hijos sigan juntos haciendo vida con mi pareja (es como un padre para éllos) Mi hijaotiene su vida y colegio, sus abuelos, amigos, tíos… Donde Vivimos. Su padre vive a unos 20 km de aquí. Gracias
Estimada Esther,
Te recomendamos hacer un acuerdo privado y elevarlo a público donde dejes constancia de tu deseo de establecer, cuanto menos, un régimen de visitas de allegados. Te explicamos en una primera consulta. Un saludo
Tengo la patria potestad y custodia de mi hija.
Es mejor que la adopte mi pareja actual (si se puede?) o que deje un poder tutelar a mis padres ?
Estimada Blanca,
Es necesario conocer si la patria potestad de la menor es compartida con otro progenitor o no para valorar la adopción por parte de tu pareja actual. En caso de que el otro progenitor de la menor tenga también atribuida la patria potestad este deberá consentir la adopción o estar incurso en causa de privación de la patria potestad.
También es posible designar un tutor en testamento.
Nuestro equipo jurídico se pone en contacto contigo para asesorarte.
Buen día mi hermana falleció hace 7 meses deja dos hijos menores uno de ellos con quien era su esposo al momento del fallecimiento desde su fallecimiento yo su tía materna estoy con ellos en su casa ayudándolos y cuidándolos junto con el esposo de mi hermana quien ahora tiene nueva pareja y ha manifestado la voluntad de traerla a vivir acá con los niños que me aconsejas el puede hacerlo traer una extraño a la vida de los niños a la casa q era de mi hermana? La niña mayor tiene 14 años y no es hija de el que acciones pudiese yo ejercer en salvaguarda de sus intereses ya q al no ser su padre se ha demostrado molesto incluso con su presencia en la casa
Estimada Lucía, lamentamos tu pérdida. Nuestra especialista se pondrá en contacto contigo. Un saludo
Mi pareja falleció el sábado pasado y mis suegros no me quieren devolver a mi hija ya e intentando ir por ella recuperarla pero toda la familia es muy violenta ocupo ayuda porfavor mi numero es el 4426601553 soy de Queretaro me llamo Omar Cornejo
Estimado Omar,
Lamentamos tu pérdida. Nuestro equipo se pone en contacto contigo inmediatamente. Saludos
La ex pareja de mí marido está por fallecer y tienen 2 niños en común. Pero mí marido no tiene relación con ellos hace 7 años pero si les pasa la cuota alimentaria. Que pasaría si ella fallece? Los niños con quién quedarían?
Estimada Gisella,
En este caso debemos conocer si tu marido tiene atribuida la patria potestad de sus hijos conjuntamente con la madre. En este caso, al fallecer la madre, el progenitor sobreviviente asumiría en exclusiva la patria potestad de los menores.
Si existen otros familiares que quieran ejercer la custodia de los niños también es posible solicitarlo al juzgado. En todo caso, se deberá instar un procedimiento de modificación de medidas solicitando el cambio de guarda o custodia.
Un saludo.
Hola buen día mi hermana falleció hace 2 años y dejo a una bebé recién nacida la niña ahorita tiene 2 años y pero esos 2 años yo he visto a la niña y cuidado de ella desde que falleció mi hermana quiero saber si mi mamá o yo podemos pelear la patria potestad de la niña ya q su papá se la quiere llevar
Estimada Edith:
El padre en este caso goza de la patria potestad de la menor. Sin embargo, se podría instar un procedimiento para que se le prive de la misma si ha incumplido sus deberes de forma grave y reiterada, para lo que deberíamos previamente analizar en profundidad vuestro contexto familiar.
Nuestras letradas del equipo jurídico quedan a vuestra disposición para agendar una primera consulta, un saludo.