¿Tengo derecho a la pensión compensatoria? Respondemos dudas frecuentes
¿Tienes preguntas sobre el derecho a la pensión compensatoria? En este post te resolvemos todas tus dudas. No olvides que tenemos varios post donde tratamos esta cuestión.
La pensión compensatoria es un derecho del que goza uno de los cónyuges cuando el otro debe pagarle una cuantía fija, como consecuencia del desequilibrio económico sufrido durante el matrimonio. Este posible derecho a la pensión compensatoria aparece cuando un matrimonio se separa o divorcia.
En nuestra legislación, la pensión compensatoria está recogida en el artículo 97 de nuestro Código Civil, disponiendo que “el cónyuge al que la separación o el divorcio produzca un desequilibrio económico en relación con la posición del otro, que implique un empeoramiento en su situación anterior en el matrimonio, tendrá derecho a una compensación que podrá consistir en una pensión temporal o por tiempo indefinido, o en una prestación única, según se determine en el convenio regulador o en la sentencia”.
¿Cuáles son las circunstancias que se tienen en cuenta para establecer la pensión compensatoria?
El artículo 97 CC establece las circunstancias que se deben tener en cuenta a la hora de analizar si es conveniente fijar el derecho a esta pensión compensatoria a favor de uno de los cónyuges. Así, se tendrá en cuenta:
- Si hay un acuerdo de los cónyuges sobre esta pensión
- Edad y estado de salud
- Cualificación profesional y probabilidad de encontrar trabajo
- Dedicación a la familia, tanto en el pasado como en un futuro
- Colaboración durante el matrimonio en el trabajo del otro cónyuge
- Duración del matrimonio y de la convivencia
- Pérdida de otro derecho de pensión (por ejemplo, si perdió el derecho a la pensión de viudedad de un matrimonio anterior por contraer matrimonio de nuevo)
- Capacidad económica y necesidades de cada cónyuge
- Cualquier otra circunstancia relevante
¿Qué significa desequilibrio económico?
El Tribunal Supremo ha sentado las bases para saber cuándo se da desequilibrio económico entre los cónyuges. Así, destaca que el “desequilibrio implica un empeoramiento económico en relación con la situación existente constante matrimonio; que debe resultar de la confrontación entre las condiciones económicas de cada uno, antes y después de la ruptura” (STS de 19 de febrero de 2014, Rec. 2258/2012).
Por lo tanto, para establecer la pensión compensatoria no es necesario que alguno de los cónyuges se encuentre en una situación de necesidad, sino que su economía se haya visto perjudicada por su dedicación a la familia durante el matrimonio. Debe probarse que con la ruptura ha sufrido un empeoramiento “en su situación económica en relación a la que disfrutaba en el matrimonio y respecto a la posición que disfruta el otro cónyuge” (STS de 20 de febrero de 2014, Rec. 2489/2012).
Además, este empeoramiento debe venir producido como consecuencia de una mayor dedicación al cuidado de la familia, por la que el cónyuge haya perdido oportunidades laborales.
¿Cómo se cuantifica la pensión compensatoria?
Tal y como establece el artículo 97 CC, si los cónyuges no alcanzan un acuerdo, será el Juez quien determinará el importe de la pensión compensatoria, teniendo en cuenta las circunstancias que ya hemos mencionado.
Será necesario que, o bien las partes o bien el Juez, establezcan “la periodicidad, la forma de pago, las bases para actualizar la pensión, la duración o el momento de cese y las garantías para su efectividad” (art. 97 CC).
Ahora bien, es importante señalar que el Tribunal Supremo ha recalcado que “la pensión compensatoria queda configurada, así, como un medio para evitar el desequilibrio producido a uno de los cónyuges tras la ruptura, pero no, en ningún caso, constituye un medio para obtener una igualación o equiparación patrimonial” (STS de 19 de enero de 2010, Rec. 52/2006).
¿Cuándo se valora si existen las circunstancias necesarias para establecer pensión compensatoria?
El momento de analizar las circunstancias recogidas en el art. 97 CC no es otro que cuando el matrimonio decide poner fin al mismo. En este momento será cuando, si comenzamos un procedimiento contencioso, bien en la demanda o bien en la contestación a la demanda, cualquiera de los cónyuges podrá poner sobre la mesa el derecho al cobro de una pensión de alimentos por los años de dedicación al cuidado de la familia.
Por su parte, si el procedimiento es de mutuo acuerdo, las partes serán quienes lleguen a un acuerdo y lo plasmen en el Convenio Regulador, que deberá ser aprobado en sede judicial.
¿Cuánto tiempo dura la pensión compensatoria?
Como ya hemos señalado, la duración de la pensión la establecerán los cónyuges en el Convenio Regulador, o el Juez en la sentencia. Para determinar la misma, serán factores claves la edad, salud y probabilidad de encontrar o de mejorar el trabajo del cónyuge al que se le va a conceder la pensión.
Si bien es cierto que cada vez con menos frecuencia, pero es posible la estimación del derecho a la pensión compensatoria con carácter vitalicio, como consecuencia de la difícil o nula posibilidad de vuelta al mundo laboral del cónyuge que se ha dedicado a la familia y su consecuente desequilibrio económico permanente.
Por su parte, la posibilidad de que se establezca una duración limitada dependerá de que “cumpla la función reequilibradora por concurrir presupuestos conocidos que acrediten una base real para dicha limitación temporal” (STS de 10 de febrero de 2005, Rec. 1876/2002).
¿Se puede modificar la pensión una vez recaída sentencia firme?
La modificación de la pensión es posible, siempre que se cumpla el objetivo principal de la misma, esto es, que se acabe con el desequilibrio económico generador en un primer momento de la pensión compensatoria. En este sentido, el artículo 100 CC establece lo siguiente: “Fijada la pensión y las bases de su actualización en la sentencia de separación o de divorcio, sólo podrá ser modificada por alteraciones en la fortuna de uno u otro cónyuge que así lo aconsejen”.
¿Se puede renunciar a la pensión compensatoria?
La pensión compensatoria tiene un claro carácter disponible y esto supone que es posible la renuncia a este derecho por cualquiera de los cónyuges, tanto en el Convenio Regulador como haciéndoselo saber al Juez en sede judicial.
¿Cuáles son los motivos para la extinción de la pensión compensatoria?
Tal y como recoge el artículo 101 CC, el derecho a la pensión compensatoria se extingue por los siguientes motivos:
- El cese de la causa que lo motivó, es decir, por terminar el desequilibrio económico generado por la dedicación de uno de los cónyuges a la familia
- Por contraer nuevo matrimonio
- Por vivir maritalmente con otra persona. El Alto Tribunal ha definido qué entiende por convivencia marital, esto es, una convivencia, con una cierta estabilidad, realizada de forma conocida y pública
Otras preguntas
Ahora bien, en varias ocasiones nuestros clientes nos han planteado dudas sobre la extinción del derecho a la pensión compensatoria, que se salen de lo que el Código Civil recoge, así que vamos a intentar resolverlas a continuación.
¿Si fallece el cónyuge que debía pagar la pensión se extingue el derecho?
La extinción por la muerte del deudor de la pensión no es algo automático, serán los herederos de este quienes deban solicitar al Juez la reducción o supresión de la misma (art. 101 CC).
¿Si el cónyuge que recibe la pensión encuentra trabajo se extingue automáticamente el derecho?
No, tal y como hemos ido comentando a lo largo de este post, la finalidad de la pensión compensatoria es contrarrestar el desequilibrio económico de uno de los cónyuges, no responde a un estado de necesidad. De hecho, es normal que tras la disolución del matrimonio, el cónyuge que antes se dedicaba por completo a la familia rehaga su vida y busque nuevas oportunidades laborales.
Ahora bien, el Tribunal Supremo ha recogido que si el cónyuge con derecho a la pensión consolida “su situación laboral y mantiene un nivel de vida suficiente y adecuado y que, si bien no es igual al de su esposo, ello no significa que deba serle equiparada, ya que el principio de dignidad contenido en el art. 10 CE debe servir de argumento para justificar la independencia económica de los cónyuges una vez extinguido el matrimonio, a salvo los casos previstos en el art. 97 CC” (STS de 20 de junio de 2013, Rec. 876/2011).
¿Si el cónyuge que recibe la pensión se da de alta como demandante de empleo se extingue el derecho a cobrar la misma?
Después de haber leído la anterior pregunta, seguramente ya sabrás la respuesta… No, no se extingue. La búsqueda de empleo es lo habitual y lo recomendable cuando dos personas se divorcian, ya que lo que hasta ese momento era una unidad familiar, ahora se convierten en dos, lo que implica que ambos progenitores seguramente tendrán que afrontar solos todas las cargas familiares (vivienda, suministros, transporte, etc.).
¿Si heredo pierdo la pensión compensatoria?
El Tribunal Supremo ha establecido que “el hecho de recibir una herencia es una circunstancia en principio no previsible, sino sobrevenida, susceptible de incidir favorablemente en la situación económica del beneficiario o acreedor de la pensión, y como tal determinante de su modificación o extinción” (STS de 17 de marzo de 2014, Rec. 1482/2012). Así pues, habrá que atender a la cuantía de la herencia recibida para establecer si es necesaria la modificación, e incluso extinción, de la pensión.
¿Si le toca la lotería se extingue el derecho a la pensión compensatoria?
Que te toque la lotería es también algo imprevisible, por lo que es de aplicación la respuesta dada en el apartado anterior. Deberemos atender a la cuantía del premio que ha recibido el cónyuge, para valorar la conveniencia de modificar o extinguir la pensión compensatoria.
¿Si tengo separación de bienes también puedo obtener pensión compensatoria?
Sí, es doctrina reiterada del Tribunal Supremo que en el régimen de separación de bienes, el cónyuge que haya contribuido a las cargas del matrimonio con trabajo doméstico tiene derecho a obtener la pensión compensatoria. Además, “se excluye, por tanto, que sea necesario para obtener la compensación que se haya producido un incremento patrimonial del otro cónyuge” (STS de 26 de marzo de 2015, Rec. 1490/2015).
Delia Mª Rodríguez
Delia Rodríguez es abogada de familia y mediadora, doctoranda en Derecho Civil por la Universidad Complutense de Madrid.
Apasionada de la protección de los derechos de la infancia desde sus comicios profesionales, la letrada fundó en el año 2015 la boutique legal ‘Vestalia Abogados de Familia’, proyecto que lidera desde la máxima del interés superior de los niños y los principios de honestidad y vocación en el ejercicio de la abogacía.
Actualmente Delia Rodríguez es Secretaria en funciones de la Asociación Madrileña de Abogados de Familia e Infancia (AMAFI), socia fundadora de la Plataforma Familia y Derecho y miembro de la Asociación Española de Abogados de Familia (AEAFA).
Hola, estoy en proceso de divorcio y resolución de custodia por mis 2 hijos menores. y mi ex a solicitado la pensión compensatoria.
Lo incredible es que el es autónomo (tiene una empresa de reciclaje) Con una nave en propiedad. Nunca ha ejercido de padre familiar ni colaborando en el hogar.
Hasta que punto tiene derecho de pedir una pensión compensatoria?
Estimada Lili
La pensión compensatoria se atribuye al cónyuge que se ha visto económicamente más perjudicado como consecuencia del divorcio, causándole un desequilibrio económico.
Concretamente se recogen en el Código Civil una serie de circunstancias a fin de valorar la existencia o no de dicho desequilibrio (edad, cualificación laboral, duración del matrimonio, dedicación pasada a la familia…)
A fin de poder darte una respuesta adaptada a su contexto familiar deberíamos conocer la situación a mayor detalle.
Nuestro equipo jurídico queda a tu disposición por si desearas agendar una primera consulta con la letrada especialista para poder exponer las particularidades de tu caso, un saludo.
Tengo 68 años casada 2018 reg. separación de bienes y capitulaciones.
Mi marido 98 años incapacitado.
Sus hijos quieren obligarme a dejar a mi marido, divorciarme o separarme.
Me ofrecen una compensación única de 1000 su abogado dice que no tengo derecho a nada más por estar casada sepacion de bienes.
Mi marido es propietario de 3 pisos y antes de casarnos hizo testamento a sus hijos.
Un saludo y gracias.
Estimada Carmen,
En caso de que se extinguir el vínculo matrimonial en separación de bienes existe una posible compensación. Sin embargo, responde a una serie de requisitos: haber contribuido en el trabajo para el hogar y haberse dedicado de forma exclusiva a ello.
Deberíamos conocer más en profundidad tu caso concreto para darte una respuesta más detallada y personalizada. Nuestro equipo jurídico se pone en contacto contigo a la mayor brevedad.
Un saludo
Buenas tardes, hace como 6 años que me divorcié, ahora quiero modificar el convenio regulador ya que uno de mis hijos se vino a vivir conmigo y tambien quiero aprovechar para que la hipoteca de la casa que tenemos en comun se pague a media ya que es ella la que vive con mi otra hija. Mi pregunta en cuestión es, ¿me prodria pedir ella una pensión comensatoria aprovechando que se solicita la modificación si su situacion económica hubiese empeorado en estos años, cuando en el momento del divorcio no me la solicitó?
Estimado Carlos,
La naturaleza de la pensión compensatoria es una prestación que se da cuando la separación entre los cónyuges causa un desequilibrio entre ambos, siempre que se den los requisitos establecidos por el Tribunal Supremo, por lo que en tu situación no tendría cabida.
Nuestro equipo se pone en contacto contigo para asesorarte sobre la modificación del Convenio Regulador.
Un saludo.
Buenas tardes, mi padre está pasando una pensión vitalicia a su exmujer desde hace más de 30 años. Además la dejó una casa la cual ha vendido ahora por más 300.000€, Además ella está cobrando una incapacidad permanente gran invalidez. Algunos de estos dos motivos son suficientes para extinguir la pensión? Por haber ya un equilibrio económico? Mi padre tiene 77 años jubilado con 1200 euros y 400 son la pensión.
Gracias un saludo
Estimado Rafael,
Para poder dar una respuesta a tu consulta, debemos conocer más en profundidad el contexto familiar que nos detallas, y la situación actual.
Nuestro equipo se pondrá en contacto contigo, un saludo.
Resido en España, estoy casado en Escocia y me voy a divorciar. ¿Tengo derecho a la pensión compensatoria? Tengo 65 años y una grave enfermedad cardíaca.
Estimado Oscar, ¿resides con tu esposa en España? ¿Está el matrimonio inscrito aquí?
Nos pondremos en contacto contigo para ayudarte. Un saludo
No está inscripto en España, no sabía que había que hacerlo. Ambos residimos en España, yo llevo aquí 23 años y mi esposa 30.
No hay problema, porque los tribunales son competentes.
Solicita una consulta con nuestro equipo en info@vestaliaasociados.es
Un saludo
Hola tengo 40 años llevo casada 12 años y medio tengo un hijo de 2 años y dejé mi trabajo hace 5 años porque ayudar en el trabajo de mi marido y después por
Problemas para tener a nuestro hijo y ora dedicarme a él.// ahora nos separamos porque
Me lo a pedido el … tengo derecho a paga compensatoria hasta q entre en mercado
Laboral? Eso q significa hasta cuando y q cantidad
Estimada Olga,
En atención a las circunstancias personales y familiares que nos relatas, en tu caso sería posible solicitar una pensión compensatoria durante un tiempo prudencial en aras de que tú tengas un plazo para la reinserción en el mundo laboral. También es importante conocer su situación económica, así como el incremento de ingresos y expectativas de tu marido durante estos años en los que le has ayudado con su trabajo.
Un saludo.
Me divorsio hace 2 años y solo tengo la sentencia de divorsio donde dice que le debo devolver la mitad de la casa ami ex pero el me pide que nos volvamos a casar pero no se ha se ha llevado a cabo dicha devolución debido al coste de escritura nueva el me dice que nos volvamos a casar para solucionar este problema aquí que pasa si yo acepto volver a casarme sabiendo que debo devolver a el la propiedad y el meda la compensatoria que pasa con la devolución del bien si me vuelvo a casar
tengo 24 años de casado y estoy separado y me voy a divorciar. pago el piso de alquiler social, agua, teléfono y educación de mi hija de 17 años. Me puede pedir pensión compensatoria mi ex mujer?
Estimado Eduardo
Dependerá de muchos factores (años del matrimonio, edad de ella, formación, si ha trabajado o trabaja, salario/ingresos, posibilidad de acceso de ella al mercado laboral), así como tus ingresos/gastos. Te aconsejamos solicitar una primera consulta. Saludos.
Soy jubilada y cobro una ayuda compensatoria porque mi paga de jubilación es mínima. Sé que no puedo exceder en ingresos la cantidad de 7000€ anuales, pero quiero pedir un préstamo bancario de 10000 para arreglos de vivienda. Me retiraran la ayuda por pedir ese crédito?. Gracias.
Estimada Yolanda, lo mejor es que preguntes en la Seguridad Social para cerciorarte de las repercusiones que esto tenga. Un saludo
Buenas noches, estuve casado 30 años, llevo 6 años sin vivir con ella, tengo 58 años sin trabajo fijo.Estamos separados de hecho sin tramitar el divorcio Ella tiene 60 debo pagar pensión? Gracias
Estimado Héctor
Dependerá del tiempo transcurrido desde que os separasteis de hecho. Aconsejamos que solicites una consulta, un saludo
Concepción me e separado hace tres meses. Tengo 68 años tengo un convenio regulador. Mi exmarido me tiene que pasar la mitad de la.pencion de mutuo acuerdo. Mi ex tiene una invalidez permanente. Mi pregunta le vajarian la pensión por separación. O cobraría la misma pensión.
Estimada Concepción,
En atención a tu caso particular y en base a las circunstancias que nos expones, si a tu exmarido le ha reconocido la invalidez permanente con carácter posterior a la firma de vuestro Convenio y en el que se recogía lo que se te debía de abonar en concepto de pensión compensatoria, esta nueva circunstancia podría ser tenida en cuanta para la reducción de la cuantía de la misma. En el caso de que necesites asesoramiento en tu caso, estaremos encantadas de ayudarte.
Un saludo,
Tengo 2 años divorciado legalmente puede mi ex pedir manutención después de ese tiempo después de finalizar el divorcio
Estimado Raymundo,
La pensión compensatoria solo es posible solicitarla en el momento de la petición de divorcio, siendo improcedente si se solicita dos años después del divorcio, un saludo.
Si me divorcié hace 8 años pero después de este tiempo de ejercer una custodia compartida de no funcionar puedo solicitar custodia íntegra y pensión compensatoria ya que la vivienda la pagamos entre los dos pero escritura solo aparece el nombre de el
Gracias
Estimada Mar, nos ponemos en contacto contigo vía email. Un saludo
Hola bue as, llevo casada desee agosto del 2018 en octubre de 2019 me dieron una incapacidad permanente total y no trabajo fuera de casa, me dedico a las labores del hogar y aporto lo que puedo con mi pensión en comida y cosas así, ahora mi marido quiere separación de bienes. Que derechos tendría en caso de divorcio ya que mi paga es de 590 euros y por la salud no tengo posibilidad de trabajar fuera de casa. Muchas gracias.
Estimada Yolanda, nos ponemos en contacto contigo por email. Un saludo
Divorcio de comun acuerdo en 2016 sin fijar pension compensatoria ni de alimentos. En 2021 mi ex solicita modificacion de medidas para tener la guardia y custodia de mi hijo menor y tengo q pagar una pension segun sentencia.No cumple regimen de visitas ni vacaciones ni me informa cuando esta enfermo
Ahora me amenaza con solicitar un increnento de la pension de slimentos y una compensatoria para el.¡¡¡ Estoy muy precocupada.
Estimada María,
La situación que nos comentas reviste una complejidad, siendo necesario conocer las particularidades de tu caso para ofrecerte una respuesta fundada en derecho.
Nos ponemos en contacto contigo para realizar una consulta con nuestras letradas especialistas, en la que ofrecerte un diagnostico jurídico completo tras conocer tu contexto familiar en profundidad.
Un saludo.
Deseo pedir el. divorcio, después de 20 años casados, sin hijos.
Mi mujer tiene 55 años y actualmente trabaja regularmente.
Puede pedirme una pensión compensatoria si se queda en paro?..
Estimado Javier
Ya no podría solicitarla.
Saludos
Buenos dias,
Me divorcie en el extranjero y alli no me dieron pension compensatoria.
Podria al volver a Espana (aunque divorciado ya en el extranjero) hacer una una peticion de pension compensatoria?
Pilar
Estimada Pilar,
Entendemos que ya se han juzgado las medidas del divorcio. Para estudio más a fondo del asunto, solicita consulta. Saludos
Si llevo casado 13 años, con 1 hijo de 6 años, casados por bienes separados, y quizás me divorcié, mi pareja le pague su carrera y es titulada, la casa apenas lá estoy pagando por infonavit. A parte de la pensión para el niño, que le corresponde a mi esposa?.
Estimado cliente,
Tendríamos que valorar los ingresos de ambos y si existe un desequilibrio en el momento del divorcio.
Saludos cordiales,
Hola, llevo 20 años casada, no tenemos hijos por no haber podido. Yo excepto temporadas cortas en las que me ha salido trabajo, me he dedicado en cuerpo y alma a él y a nuestro hogar. Tengo 50 años y escasas posibilidades de acceder al mercado laboral. Cuáles serían mis opciones. Gracias de antemano.
Estimada Mónica,
La pensión compensatoria es un derecho del que goza uno de los cónyuges cuando el otro debe pagarle una cuantía fija, como consecuencia del desequilibrio económico que causa la ruptura matrimonial. Como nos comentas, tu economía se ha visto perjudicada por tu dedicación a la familia durante el matrimonio, por lo tanto, tras probarse que con la ruptura has sufrido un empeoramiento en tu situación económica en relación a la que disfrutabas en el matrimonio, cabría la posibilidad de solicitar una pensión compensatoria.
No obstante, nuestro equipo jurídico queda a tu disposición para agendar una primera consulta en la que ofrecerte un diagnóstico jurídico que corresponda con tu caso particular.
Un saludo.
Tengo 10 años de matrimonio sin hijos. Llevamos separados 9 meses y recién él solicitó el cese de convivencia. Estoy hace un año y medio sin trabajo . Tengo derecho a solicitar la pensión compensatoria? Cómo se hace?
Estimada Erica, podrías solicitar pensión compensatoria si existe desequilibrio entre vuestros ingresos. Solicita una primera consulta, saludos cordiales
Hola, 39 años de casada 2 hijos casados mi marido percibe 2400 euros pr por discapacidad absoluta osea no paga hacienda y tengo 62 años años y nunca trabaje cuando tendría de pensión compensatoria?
Estimada Xelo
Para valorar cuantía y duración deberíamos estudiar tu caso en una primera consulta. Puedes solicitarla en info@vestaliaasociados.es
Un saludo
Tengo la separación y divorcio desde noviembre 2019 . Es posible pedir la pensión compensatoria?
Qué plazo hay ?
Estimada Loli, la pensión se solicita cuando tramitas el divorcio. Saludos
Hola, mi pregunta es. Llevamos juntos 11 años, no estamos casados ni pareja de hecho, hemos hecho un convenio regulador esperado resolucion en el sea puesto que tengo que pasarle 300€ a cada hijo,, yo me hice cargo de los niños desde que nacieron,sin poder trabajar, ahora puedo pedirle la pensión compensatoria y como,, gracias
Estimado Carmelo, sin estar casados no se puede solicitar la pensión compensatoria. Saludos
En mi caso no estoy casada pero estabamos en concubinato ante el registro civil hace 19 años , una casa a nombre de ambos y no tenemos hijos en común mi ex me hecho de la casa y yo nunca trabaje me corresponde el derecho compensatorio?
Estimada Alba
No hay pensión compensatoria cuando no estás casado. Saludos
Cuanto tiempo después de haberme separado, sin haberme divorciado, puedo pedir la pensión conyugal??
Estimada Kary,
La pensión compesatoria debe solicitarse en el momento de tramitar el divorcio, no siendo conveniente cesar en la convivencia y dejar transcurrir el tiempo. Saludos
Hola me gustaría saber si yo he trabajo dentro y fuera de casa pero ahora sólo trabajo dos días en semana tendría derecho a la pensión compensatoria?
Hola Solanyi
Dependerá de una serie de factores, como el tiempo de matrimonio, la economía de tu marido, la pérdida de oportunidades legítimas por dedicarte al hogar o a los hijos … Para hacer un informe de viabilidad te recomendamos solicitar una primera consulta. Saludos
¿si me divorcio después de 30 años de casados , sin hijos en común ,tengo 66 años y mi marido 62 tengo derecho a una pensión compensatoria?
Zulema,
Debemos analizar el contexto familiar para determinar si existe el derecho, cuantía y duración. Te aconsejamos solicitar una cita con nuestro equipo de abogados. Saludos