¿Cómo se calcula la pensión de alimentos tras un divorcio?

Calcular pensión de alimentos - Vestalia Abogados

Cuando estamos ante la tramitación de un divorcio, las dudas respecto al establecimiento y al alcance de la pensión de alimentos son unas de las cuestiones que más preocupan debido a las repercusiones económicas que de ello se deriva.

Antes de adentrarnos más en este asunto, no viene mal recordar que, tal y como sostiene el artículo 142 del Código civil, se entiende por “alimentos” todo lo que es indispensable para el sustento, habitación, vestido y asistencia médica. También comprende la educación e instrucción del alimentista mientras los hijos sean menores de edad y aún después cuando no hayan terminado su formación.

Dicho esto, ¿en qué nos basamos para calcular la pensión de alimentos que corresponde en cada caso? Hay que tener en cuenta algunas cuestiones que analizamos a continuación.

Claves para calcular la pensión de alimentos

1.- La capacidad económica de los progenitores.

A tales efectos, será necesario recabar toda la información pertinente relativa a los ingresos que se perciben por la realización de la actividad laboral, patrimonio mobiliario e inmobiliario, productos financieros, etc. Del mismo modo, también han de tenerse en consideración los gastos a los que tengan que hacer frente los progenitores, tales como préstamos hipotecarios, seguros, letras, suscripciones, impuestos recurrentes, etc.

2.- Necesidades reales de los hijos.

En este extremo, ha de tenerse en cuenta que, en función de la edad de los hijos e hijas, resultará necesario cubrir unas necesidades u otras, y que desafortunadamente, los hay que requieren de ciertas atenciones médicas que encarecen, por tanto, garantizar sus necesidades básicas. 

3.- Régimen de guarda y custodia.

Existe la creencia de que quien ostenta la guarda y custodia en exclusiva, no está obligado a abonar pensión de alimentos alguna, lo cual no es cierto puesto que, tal y como ya se pronunció hace años el Tribunal Supremo en la Sentencia Nº 55/2016 de fecha 11 de febrero de 2016, “la pensión de alimentos no se calcula únicamente en función del tiempo de estancia con cada progenitor, sino también conforme a sus respectivas capacidades económicas”.  

4.- Estilo de vida previo a la ruptura de los progenitores.

Este factor tiene relevancia en cuanto a que lo que se persigue es mantener las circunstancias sociales y económicas que existían antes de poner fin a la relación. A efectos de que sirva de ejemplo, si un menor contaba con seguro médico privado, acudía a clases de guitarra e inglés y acudía en los veranos a un campamento de inglés antes de que sus padres decidieran divorciarse, hay que intentar siempre que sea posible mantener ese estatus por el bien del menor.

El papel de las tablas orientativas del CGPJ

A la hora de calcular la pensión de alimentos, otro de los factores que suelen tenerse en cuenta son las tablas orientadoras elaboradas por el Consejo General del Poder Judicial, que tiene en consideración estos parámetros que permiten ayudar a su cálculo:

Estimación pensión de alimentos

Insistimos, que estas tablas son meramente orientativas y pueden servir como punto de partida, pero hay que tener en cuenta los factores que hemos mencionado en el anterior epígrafe del post y que son los que verdaderamente son claves para calcular la pensión de alimentos.

En todo caso, lo que se persigue es atender al principio de solidaridad familiar, que tal y como se menciona en la sentencia del Tribunal Supremo de fecha 17 de febrero de 2015, tiene un fundamento constitucional en el artículo 39.1 y 3 CE, debiendo garantizar en siempre la protección social, económica y jurídica de la familia.

Si tienes dudas sobre cómo puede influirte el establecimiento de una pensión de alimentos, no dudes en ponerte en contacto con Vestalia Abogados de Familia e Infancia.

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