Las 10 sentencias más consultadas por los abogados de familia españoles en 2024.

Abogados de familia españoles - Vestalia Abogados

El año 2024 ha sido testigo de una notable actividad jurisprudencial en el ámbito del Derecho de Familia. Desde la nulidad del matrimonio por falta de consentimiento de una persona con una enfermedad degenerativa hasta el rechazo del reconocimiento de filiación por gestación subrogada, los abogados de familia españoles han estado especialmente atentos a las decisiones que marcan precedentes clave para la práctica del derecho familiar en este país.

Y por ello, en este artículo hemos querido hacer un repaso abordando las 10 sentencias más consultadas en 2024 por los abogados españoles de esta rama del derecho.

¿Por qué estas 10 sentencias han sido las más consultadas por los abogados de familia españoles?

 

1.-Rechazo del reconocimiento de filiación por gestación subrogada:

La reciente sentencia 1626/2024, de 4 de diciembre, del Tribunal Supremo reafirma la postura del derecho español en relación con la gestación subrogada.

En este caso, los demandantes habían solicitado el reconocimiento de la filiación de menores nacidos mediante un contrato de gestación subrogada en Texas (EE. UU.). El Alto Tribunal desestimó la demanda, considerando que dicho contrato vulnera el orden público español al contravenir principios fundamentales como la dignidad de la madre gestante y el derecho del menor a conocer sus orígenes.

En su argumentación, el Supremo recordó que, según el Código Civil español, la filiación debe basarse en criterios de filiación biológica o adopción, rechazando de plano cualquier intento de aplicar contratos extranjeros que no respeten el marco legal español.

2.- Limitación al derecho de visita de los abuelos:

En la sentencia del Tribunal Supremo 918/2024, de 27 de junio, se examina es la solicitud de una abuela para establecer un régimen de visitas con su nieto.

El Tribunal Supremo dictamina que el establecimiento de un régimen de visitas solo es pertinente cuando existe un obstáculo real que dificulte o afecte negativamente la relación entre los abuelos y los nietos. En este caso, el Tribunal resalta que la falta de una controversia sustancial impide la solicitud de los abuelos de un régimen de visitas formal, priorizando la estabilidad familiar y el respeto al interés superior del menor.

3.- Parejas de hecho y atribución de la vivienda:

La Audiencia Provincial de Barcelona desestimó el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia, que rechazó la solicitud de atribución del uso de la vivienda tras la ruptura de una pareja de hecho.

La sentencia de la Audiencia Provincial de Barcelona 546/2024, de 18 de octubre, confirma que, en cuanto a la vivienda en una convivencia more uxorio, y al no haber hijos menores, no es posible la aplicación del criterio de «necesidad» para atribuir el uso del hogar a uno de los convivientes, al no estar esta posibilidad contemplada por la Ley. Este fallo reafirma la distinción en el tratamiento legal de las parejas estables y los matrimonios en materia de atribución del domicilio familiar.

4.- Improcedencia del sistema de ‘casa nido’ en custodias sin acuerdo de los excónyuges:

En cuanto a la custodia compartida, la sentencia 1312/2024, de 14 de octubre del Tribunal Supremo volvió a poner de manifiesto que el modelo de ‘casa nido’ solo es viable cuando ambos progenitores están de acuerdo.

En este caso, la falta de consenso entre los padres y sus malas relaciones llevaron al Tribunal a desestimar la posibilidad de aplicar este modelo, que había sido decidido sin acuerdo previo entre las partes. El Supremo destacó que, si bien el interés del menor es primordial, el sistema de ‘casa nido’ no puede imponer tensiones adicionales entre los progenitores.

 5.- Ruptura familiar y el mantenimiento de la obligación alimentaria:

La Audiencia Provincial de Cantabria resolvió mediante la SAP Cantabria 583/2024, de 15 de octubre, un recurso de apelación contra una sentencia que había extinguido la pensión alimenticia a favor de un hijo mayor de edad, alegando la falta de relación entre ambos.

El tribunal revocó la decisión del juzgado y desestimó la demanda de extinción, argumentando que la ruptura no podía ser atribuida exclusivamente al hijo. Destacó que la extinción de la pensión debe basarse en causas objetivas y pruebas claras, y en este caso, la acusación que originó la ruptura no fue probada (desaparición de 500 euros). La sentencia subrayó la falta de intentos de reconciliación por parte de los progenitores y mantuvo la obligación alimentaria.

6.- Pago de deuda ganancial con dinero privativo:

En una cuestión de gran relevancia en el ámbito de los bienes gananciales, la sentencia 556/2024, de 24 de abril, del Tribunal Supremo abordó el caso de un excónyuge que, tras la disolución de su matrimonio, pagó con dinero privativo una deuda ganancial pendiente.

El Tribunal dictaminó que dicha deuda debía incluirse en la liquidación de la sociedad de gananciales, reconociendo al excónyuge el derecho a reclamar el 50% de la cantidad saldada a su exmujer, resaltando la necesidad de garantizar una liquidación equitativa de los bienes y deudas, incluso cuando uno de los cónyuges haya utilizado fondos privados para abonar obligaciones comunes.

 7.- Nulidad de matrimonio por falta de consentimiento:

El Tribunal Supremo dictó la sentencia 1312/2024, de 24 de enero, declarando la nulidad del matrimonio, a instancia del hijo, de una persona diagnosticada con Alzheimer.

La sentencia consideró que el esposo no era capaz de comprender el alcance y las consecuencias del compromiso matrimonial debido a su deterioro cognitivo. Este fallo resalta la importancia de que el consentimiento matrimonial sea libre, pleno y consciente, especialmente en situaciones donde existen problemas de salud que afecten a la capacidad mental de uno de los cónyuges.

8.- Validez del testamento y respeto a la voluntad del testador tras el divorcio:

Otra de las sentencias más consultadas por los abogados de familia españoles vuelve a ser de la Audiencia Provincial de Cantabria, que en la sentencia 555/2024, de 1 de octubre, resolvió un recurso de apelación contra una sentencia que había anulado la institución de heredero en un testamento otorgado por un hombre a su esposa, debido al divorcio posterior de la pareja.

En primera instancia, se había declarado la ineficacia del testamento y se abrió la sucesión intestada. Sin embargo, la Audiencia consideró que el testamento no contenía ninguna condición tácita sobre el estado civil del heredero al momento del fallecimiento y que la voluntad del testador era clara al instituir a su esposa como heredera, teniendo que respetar la voluntad expresada en el testamento y la claridad de las disposiciones testamentarias.

9.- Legitimación de un progenitor para reclamar alimentos para hijo mayor a su cargo:

En la sentencia 92/2024 de 24 de enero, El Alto Tribunal determina la legitimidad de un progenitor para reclamar alimentos para un hijo mayor de edad si el hijo convive con él y es este progenitor quien administra los recursos.

Asimismo, subraya que ambos progenitores deben contribuir según sus capacidades económicas, asegurando el nivel de vida previo a la ruptura. No obstante, se exime al progenitor custodio de pagar alimentos en metálico, al considerar que los provee a través de la convivencia con el hijo.

10.- El derecho del menor a ser oído:

El Tribunal Supremo resalta en la sentencia 731/2024, de 27 de mayo de 2024, que el derecho del menor a ser oído es indisponible a partir de los 12 años, según el artículo 92.6 CC y la jurisprudencia. En este caso, los tribunales no escucharon directamente al menor, a pesar de tener más de 10 años en primera instancia y más de 12 en apelación, lo que se considera una omisión.

El Supremo anula la sentencia y ordena que se garantice este derecho antes de decidir sobre la custodia y el régimen de visitas. Además, desestima la alegación del fiscal de que el informe psicosocial suplió esta audiencia, destacando que el menor debe ser oído directamente en el proceso.

 

En conclusión, las diez sentencias más consultadas por los abogados de familia españoles en 2024 destacan la consolidación de principios clave en derecho de familia como el interés superior del menor, la validez del testamento y los límites a prácticas como la gestación subrogada. Los tribunales han reforzado la protección de derechos fundamentales, garantizando equidad y respeto en las relaciones familiares.

Como ves, estar al tanto de la jurisprudencia emitida sobre las cuestiones más controvertidas es prioritario para quienes nos dedicamos al ejercicio de la abogacía. Por eso es importante que acudas siempre a especialistas actualizados en la rama del derecho que necesites, en este caso, Derecho de Familia.

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